Resolución SRT Nro. 14 / 1997

Cesión de cartera de "Orbis compañía Argentina de Seguros S.A." a "Liberty Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.".  

BUENOS AIRES, 13 DE FEBRERO DE 1997

VISTO la Resolución Nº 43 del 17 de abril de 1996 y la Nº 136 del 4 de julio de 1996 de la Superintendencia de riesgos del Trabajo, y las Resoluciones Nº 24876 y 24975 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SSN Nº 24876 se aprueba la cesión de cartera de Riesgos del Trabajo de “Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.” a “Liberty Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.”

Que las Subgerencias de Control de Prestaciones y de Higiene y Seguridad en el Trabajo manifiestan que la cesionaria cuenta con la capacidad técnica suficiente para brindar las prestaciones exigidas por la LRT, a la totalidad de los beneficiarios incluidos en la cesión de cartera.

Que la Subgerencia de Control de Entidades se expide en el sentido que se han resguardado los intereses de los asegurados y garantizado la continuidad de la cobertura normada por la Ley Nº 24557, al reconocer “Liberty A.R.T. S.A.” la totalidad de los empleadores y condiciones de los contratos cedidos por Orbis.

Que por la Resolución SSN Nº 24975 se revoca la autorización conferida a “Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.” para operar en el ramo de Riesgos del Trabajo.

Que la presente de dicta en virtud de las facultades conferidas a estas Superintendencia pro el Artículo Nº 26 de la Ley Nº 24557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.– Apruébase la transferencia de los afiliados, inscriptos en el “Registro de Contratos”, de Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. a Liberty Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

ARTÍCULO 2º.– Déjese sin efecto la autorización para operar como Aseguradora de Riesgos del Trabajo, a “Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.”, otorgada por las Resoluciones SRT Nº 43/96 y Nº 136/96.

ARTÍCULO 3º.– Autorízase la baja en el “Registro de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo” a Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.

ARTÍCULO 4º.– Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones, Biblioteca y archívese.

RESOLUCION S.R.T. Nº: 014/97

LIC. OSVALDO E. GIORDANO

SUPERINTENDEN DE RIESGOS DEL TRABAJO