Resolución SRT Nro. 19 / 2018

Campaña Global Visión Zero. ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (AISS). Adhesión de la SRT. Guía de las 7 reglas de oro.

Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2018

 

VISTO el Expediente EX-2018-08809217-APN-SRI#SRT, las Leyes N° 24.557, N° 26.773, N° 27.348, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) es un Organismo creado por la Ley N° 24.557, bajo la jurisdicción de la Secretaría de Seguridad Social del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) de la Nación y su objetivo primordial es garantizar el efectivo cumplimiento del derecho a la salud y seguridad de la población cuando trabaja y reducir los accidentes laborales y enfermedades profesionales a través de la prevención de los riesgos.

 

Que la S.R.T. en su carácter de Organismo de regulación y control del Sistema de Riesgos del Trabajo, debe adoptar medidas que tiendan a tutelar el bien jurídico “salud de los trabajadores”, y una de las formas de llevar a cabo esta tutela resulta de la interacción con otros actores sociales vinculados a la materia.

 

Que la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.I.S.S.), con sede en Ginebra, es una organización internacional que reúne a instituciones de seguridad social, ministerios, agencias y entidades gubernamentales ubicadas en más de 150 países; y su mandato es cooperar a nivel internacional en la promoción y el desarrollo de la seguridad social en el mundo, fundamentalmente mediante su optimización técnica y administrativa, para mejorar la situación social y económica de la población, basándose en la justicia social.

 

Que con miras al cumplimiento de su objetivo, la A.I.S.S. lanzó la Campaña Global Visión Zero desarrollando una Guía con SIETE (7) Reglas de Oro para un trabajo saludable y sin accidentes, que brindan una orientación práctica para el desarrollo de una sólida cultura de seguridad y salud basada en una investigación exhaustiva de las medidas de prevención más efectivas.

 

Que la S.R.T. es miembro asociado de la A.I.S.S. desde el año 1998, y mantiene una activa participación en las actividades y programas que ésta desarrolla.

 

Que la presente adhesión a la Campaña Global Visión Zero no implica un tratado internacional y no crea derechos ni obligaciones para las Entidades firmantes, que se rigen por el derecho internacional.

 

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T. ha tomado la intervención que le corresponde.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 36 y 38 de la Ley N° 24.557.

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- Adhiérase a la Campaña Global Visión Zero que tiene como objetivo mejorar la seguridad, la salud y el bienestar laboral y las condiciones generales de trabajo.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Gustavo Dario Moron.