Resolución SRT Nro. 712 / 2017

Estructura orgánico funcional de la SRT desde el 04/07/17.

Buenos Aires, 30/06/2017

 

VISTO el Expediente Nº 141.731/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, Nº 24.557, N° 26.773, Nº 27.348, las Resoluciones S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, N° 294 de fecha 12 de julio de 2016, N° 570 de fecha 12 de octubre de 2016, N° 06 de fecha 5 de enero de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creo la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.).

 

Que el artículo 36, apartado 1º, inciso e) de la Ley Nº 24.557 estableció, dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., las de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su estructura organizativa.

 

Que el artículo 1º, inciso b) de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos, establece para los trámites que se desarrollan en su ámbito, los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia.

 

Que mediante la Resolución S.R.T. Nº 01 de fecha 05 de enero de 2016, se aprobó la actual estructura orgánica funcional del Organismo.

 

Que luego, a través de la Resolución S.R.T. Nº 294 de fecha 12 de julio de 2016, se realizaron ajustes en lo que respecta a las acciones de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, y de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.

 

Que posteriormente, mediante la Resolución S.R.T. Nº 570 de fecha 12 de octubre de 2016, se modificó la dependencia funcional de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, como así también, se realizaron ajustes en las responsabilidades primarias y acciones de la GERENCIA GENERAL; de la GERENCIA TÉCNICA; de la SUBGERENCIA DE PLANIFICACIÓN, dependiente de la GERENCIA TÉCNICA; del DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN; de la SUBGERENCIA DE PLANIFICACIÓN, dependiente de la GERENCIA TÉCNICA; de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; de la SUBGERENCIA DE FINANZAS dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la GERENCIA GENERAL y de sus DEPARTAMENTOS DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN DE PERSONAL y de ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.

 

Que a su vez, mediante la Resolución S.R.T. Nº 06 de fecha 05 de enero de 2017, se suprimió la SUBGERENCIA DE RED DE OFICINAS S.R.T., dependiente de la GERENCIA DE REDES Y COORDINACIÓN CON PROVINCIAS y se creó la SUBGERENCIA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.

Que asimismo, en la mencionada resolución, se realizaron ajustes en lo que respecta a las responsabilidades primarias y acciones de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES, de la SUBGERENCIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES; del DEPARTAMENTO CONVENIOS Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL, de la SUBGERENCIA RELACIONES INSTITUCIONALES, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES; de la SUBGERENCIA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES; de la SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN CON PROVINCIAS, dependiente de la GERENCIA DE REDES Y COORDINACIÓN CON PROVINCIAS; de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA GENERAL; de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; del DEPARTAMENTO DE SUMARIOS, de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; del DEPARTAMENTO ASUNTOS JUDICIALES, de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; de la SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; de la GERENCIA DE PREVENCIÓN, dependiente de la GERENCIA GENERAL; de la SUBGERENCIA DE DESARROLLO EN SEGURIDAD Y SALUD, dependiente de la GERENCIA DE PREVENCIÓN; de la SUBGERENCIA DE MONITOREO Y CONTROL, dependiente de la GERENCIA DE PREVENCIÓN; del DEPARTAMENTO DE MONITOREO DE APLICACIÓN SOBRE A.R.T., de la SUBGERENCIA DE MONITOREO Y CONTROL, dependiente de la GERENCIA DE PREVENCIÓN; del DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS PREVENTIVOS, de la SUBGERENCIA DE MONITOREO Y CONTROL, dependiente de la GERENCIA DE PREVENCIÓN Y DE LA SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la GERENCIA GENERAL.

 

Que por otra parte, la Ley Nº 27.348, sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 15 de Febrero de 2017, modificó y complementó la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo, disponiendo, entre otros aspectos, que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, constituirán la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.

 

Que el artículo 3º de la mencionada Ley, crea el Servicio de Homologación, en el ámbito de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, como el encargado de sustanciar y homologar los acuerdos por incapacidades laborales permanentes definitivas y fallecimiento, previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificatorias, mediante las actuaciones y con intervención de los funcionarios que a tal efecto determine la S.R.T.

 

Que consecuentemente con lo expuesto en los considerandos anteriores, corresponden realizar modificaciones en la estructura orgánico funcional del Organismo, en particular en la GERENCIA GENERAL, en la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, en la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, en la GERENCIA DE CONTROL DEL FRAUDE y en la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

 

Que asimismo, corresponde ajustar algunas de las unidades organizativas dependientes de las Gerencias Sustantivas mencionadas en el considerando anterior, según el siguiente detalle: crear el DEPARTAMENTO DE PERICIAS, dependiente de la GERENCIA GENERAL; modificar las funciones de la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA GENERAL; suprimir la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; reemplazar el DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE SECRETARIOS TÉCNICOS LETRADOS de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS por el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS TÉCNICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; modificar la dependencia jerárquica y las acciones del DEPARTAMENTO DE DICTÁMENES de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; modificar la dependencia jerárquica y acciones del DEPARTAMENTO DE SUMARIOS, de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; modificar las acciones y la dependencia jerárquica del DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; suprimir el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JUDICIALES, de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, cuyas funciones serán transferidas a la GERENCIA DE CONTROL DEL FRAUDE, que su vez modificará su denominación por la de GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE; reemplazar la estructura a nivel de Subgerencias y Departamentos de la entonces GERENCIA DE CONTROL DEL FRAUDE, actual GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE; modificar la denominación y funciones de la SUBGERENCIA DE CONTROL DE PRESTACIONES MÉDICAS Y GESTIÓN DE TRÁMITES ANTE COMISIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL por el de SUBGERENCIA CONTROL DE PRESTACIONES MÉDICAS; suprimir el DEPARTAMENTO DE CONTROL Y GESTIÓN ANTE COMISIONES MÉDICAS de la entonces SUBGERENCIA DE CONTROL DE PRESTACIONES MÉDICAS Y GESTIÓN DE TRÁMITES ANTE COMISIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, cuyas funciones serán absorbidas por la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; modificar las funciones de la GERENCIA ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, crear el SERVICIO DE HOMOLOGACIÓN, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; crear el DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; crear la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; modificar la dependencia jerárquica y las acciones del DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE COMISIONES MÉDICAS, de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, que ahora dependerá de la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; modificar la denominación y funciones de la actual SUBGERENCIA DE COMISIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, por el de SUBGERENCIA MÉDICA y reemplazar el DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS COMISIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, por el DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE DOCUMENTACIÓN MÉDICA, de la SUBGERENCIA MÉDICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

 

Que al mismo tiempo, corresponde ajustar las acciones de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES y de la SUBGERENCIA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Y GESTIÓN DE RECLAMOS, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.

 

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 36, apartado 1°, inciso e) y 38 de la Ley Nº 24.557 y los artículos 64 y 65 de la Ley N° 20.744.

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), de conformidad con el organigrama que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Responsabilidades Primarias y Acciones de las unidades estructurales que a continuación se mencionan, de acuerdo con lo expuesto en el ANEXO II, que forma parte integrante de la presente resolución:

– DEPARTAMENTO DE PERICIAS, dependiente de la GERENCIA GENERAL.

– GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.

– SUBGERENCIA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Y GESTIÓN DE RECLAMOS, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.

– GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA GENERAL.

– DEPARTAMENTO DE ASUNTOS TÉCNICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.

– DEPARTAMENTO DE DICTÁMENES, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.

– DEPARTAMENTO DE SUMARIOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.

– DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.

– GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PENALES, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– DEPARTAMENTO DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PENALES, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– DEPARTAMENTO DE ASUNTOS PENALES, de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PENALES, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– SUBGERENCIA DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– DEPARTAMENTO DE CONTROLES PREVENTIVOS, de la SUBGERENCIA DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES ESPECIALES, de la SUBGERENCIA DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE RIESGOS, de la SUBGERENCIA DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.

– SUBGERENCIA DE CONTROL DE PRESTACIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL.

– GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA GENERAL.

– DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL, dependiente de LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

– SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

– DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE COMISIONES MÉDICAS, de la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

– SUBGERENCIA MÉDICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

– DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE DOCUMENTACIÓN MÉDICA de la SUBGERENCIA MÉDICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.

 

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Gustavo D. Morón.

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