Año: 2017

TITULOS DESTACADOS

 

Macri acordó con sus pares del Mercosur apurar la firma del tratado con la UE

Macri y sus pares mantuvieron un encuentro reservado en el que terminaron de definir el camino que podría desembocar el 20 de este mes en Brasilia en la firma de un acuerdo de libre comercio con la Unión Europea. O, como mínimo, en un compromiso que inicie ese camino. (La Nación Tapa y Pág. 6)

 

Caos en el centro

Trabajadores, comercios y vecinos, rehenes de un megaevento El tránsito está restringido en Puerto Madero, el microcentro y Recoleta por la reunión de la OMC; los cortes seguirán hasta el viernes; quejas de quienes recorren a diario la zona. (La Nación Tapa y Pág. 24 y 25)

 

Nisman: la Justicia busca al misterioso espía `Cato`

`Cato`, el espía sin nombre que debía cuidar a Nisman La Justicia pidió a la AFI información sobre un agente que había sido designado custodio; hay pocos avances en la investigación. (La Nación Tapa y Pág. 10)

 

La UCA ajusta su forma de medir la pobreza: afecta al 31%

Un tercio de la población sigue siendo pobre, según la nueva medición de la UCA En el tercer trimestre de este año muestra que afecta a 13,5 millones de personas, de las cuales 2,54 millones son indigentes; casi la mitad (48,4%) de los niños de hasta 14 años sufren el flagelo. (La Nación Tapa y Pág. 12)

 

Macri buscó presentarse como líder regional y pidió comercio con reglas claras

Ante 164 delegaciones de todo el mundo y varios jefes de Estado, el Presidente se mostró junto a sus pares del Mercosur para reclamar por otras relaciones comerciales. Los temas que se debaten en esta reunión tienen que ver con las fuentes de trabajo y el cuidado del medio ambiente. Para el Mercosur es central el avance de un acuerdo de libre comercio con la UE, que le permitirá exportar a un mercado de alto poder adquisitivo de 500 millones de habitantes. El presidente de Brasil aseguró que se firmará el 21 de diciembre en Brasilia. Ayer, además, el Gobierno dio marcha atrás con el rechazo de ingreso al país de algunos activistas extranjeros inscriptos para participar de la cumbre, antesala del G -20 que en 2018 también se realizará en Argentina. (Clarín Tapa y Pág. 3)

 

Pedirán juicio oral a Cristina por favorecer a Lázaro Báez con la obra pública

Para el fiscal Pollicita, la ex presidenta era la jefa de una asociación ilícita que defraudó al Estado. Báez recibió 52 contratos por $ 46 mil millones. Hubo sobreprecios y algunas obras no se terminaron. Apuntan a un gran juicio oral que reúna todas las causas por corrupción que involucren a Cristina. (Clarín Tapa y Pág. 8)

 

De relleno sanitario a parque verde con bosque y granja

Villa Dominico. El ex relleno sanitario, cerrado desde 2004 por denuncias de contaminación, se convertirá en un Bioparque Metropolitano. Según el proyecto ganador del concurso convocado por la CEAMSE y la Sociedad Central de Arquitectos, se abrirá al público con espacios verdes, de recreación y de concientización sobre el medio ambiente. Las montañas de basura que se fueron cubriendo con tierra hoy son lomas reforestadas. Ya hay 60 especies de aves, un paseo costero, un vivero y un laboratorio donde se cultivan plantas en peligro de extinción. Las obras se harán por etapas desde el año que viene. (Clarín Tapa y Pág. 34)

 

 

NOTAS SECTORIALES

 

Autos: quitan impuesto antes de fin de año

Las automotrices esperan tener un regalo oficial para Navidad. El Gobierno ya tiene redactado el decreto para la eliminación de los impuestos internos para los O km de entre $380.000 y $800.000 de valor de fábrica y lo aplicaría antes de las fiestas de fin de año. La medida había sido prometida por el Gobierno para ser presentada junto con la reforma impositiva que está en tratamiento en el Congreso, pero ante la demora legislativa(y la caída de ventas), se adelantará su aplicación. (Ámbito Tapa y Pág. 7)

 

Por la reforma tributaria, calculan que convendrá más importar naftas

Las petroleras esperan anuncios de Aranguren con mejores señales. Siguen las quejas de las petroleras por los cambios impositivos. El sector cree que convendrá más importar naftas para el mercado local y exportar la producción. (El Cronista Pág. 11)

 

Tasas y dólar bajo la lupa: hablan cinco ex presidentes del BCRA

El triángulo que forman inflación, tasas y dólar hoy es uno de los ejes más criticados de la política económica. Hablan Blejer, Redrado, Marcó del Pont, Fabrega y Vanoli. El Cronista consultó a cinco ex presidentes del BCRA que ocuparon el mismo sillón desde 2002 a esta parte, analizaron lo mejor y lo peor de los dos años de Sturzenegger al frente del Central y, en todos los casos, hubo coincidencia: ninguno nombró los créditos UVA. (El Cronista Tapa y Pág. 13)

 

En el mercado prevén que las Letes en pesos paguen menos que las Lebac

Un activo apto para aseguradores tras la prohibición de suscribir Letras del Central. Esta semana Finanzas lanza Letes en pesos a plazos similares a los de las Lebac. Licitará letras en pesos a 91 días por $ 10.000 millones de pesos, y otros tres títulos similares por $ 10.000 cada uno con vencimiento a 119, 182 y 273 días. Bonos del Tesoro parecidos pagan tasas por debajo de las letras del Banco Central. (El Cronista F&M Pág. 1 y 2)

 

Los créditos hipotecarios suman $ 65.619 millones

Es el dato acumulado desde 2016; en noviembre se otorgaron $ 10.055 millones; el 91% se ajustan por UVA. El 75% fueron créditos otorgados por la banca pública; en particular, poco más de la mitad correspondieron al Banco Nación, seguidos por el Provincia de Buenos Aires y el Ciudad. (La Nación Pág. 14)

 

El Gobierno apuesta a votar siete leyes en una `mega sesión` de 48 horas

Será el 19 y 20 de diciembre en Diputados. Entran las reformas oficiales. El Senado sesiona el 27. El tratamiento comenzaría con las leyes de carácter impositivo: la reforma tributaria que presentó Nicolás Dujovne, el revalúo impositivo -que se coparticipará- y la complementaria que prórroga el impuesto al cheque y elimina el artículo 104 de ganancias (elimina el Fondo del Conurbano), como paso previo a tratar Presupuesto. (Clarín Pág. 11)

 

 

EMPRESAS

 

Mientras sigue buscando un comprador, SanCor se achica y pierde mercados

Futuro incierto para la que fue la principal láctea del país. Procesa un 70% menos de leche que hace dos años. Retrocede su participación y se desprende de plantas. SanCor recibía más de 4 millones de litros de leche diarios de sus cooperativas y compraba a su vez a terceros para abastecerse. Hoy, solamente recibe alrededor de 1,2 millones de litros, un 70% menos y la producción se redujo considerablemente perdiendo varios mercados lácteos. (Clarín Pág. 20 del 10/12)

 

 

Alarmantes distorsiones en los porcentajes de incapacidad por parte de los peritos de la Justicia Laboral

Para los casos que no pasaron por las Comisiones Médicas del Sistema de Riesgos del Trabajo, hay 18,2 puntos de incapacidad adicionales a los que marca la aplicación del Baremo (tabla oficial de incapacidades). Mientras que para los que pasaron por las Comisiones Médicas, hay 15,6 puntos en promedio

Analizados 250.000 juicios correspondientes al 73,5% del total de juicios en stock de las ART, ingresados previo a la vigencia de la nueva Ley 27.348 (vigente desde el 5/3/17), se observa una marcada diferencia entre lo dictaminado por las ART y por las Comisiones Médicas por aplicación del Baremo (Tabla de Incapacidades de la Ley) y lo dictaminado por la Justicia.

Entre los motivos se pueden destacar:

  1. Utilización de tablas diferentes o cita de varias tablas a la vez, sin especificar el criterio, ni el uso realizado de ellas
  2. El sistema de remuneración del perito, que cobra en función del resultado de juicio (a mayor porcentaje de incapacidad, mayor honorario)
  3. Interpretación diferente del Baremo de Ley o de los porcentajes máximos que permite el Baremo

En el gráfico que se expone a continuación se resume esta disparidad respecto de la determinación de los porcentajes de incapacidad

doc14

El gráfico evidencia:

  • En los casos sin incapacidad (0%) conforme al Baremo de Ley, los peritos judiciales dictaminan un 19% promedio de incapacidad. Un ejemplo típico de estos casos son los esguinces o dolencia similares, que generalmente culminan sin incapacidad real y conforme al Baremo de Ley, pero en el ámbito judicial el perito le otorga porcentaje de incapacidad física y además una incapacidad psicológica.
  • En los casos con incapacidad conforme al Baremo de Ley los peritos dictaminan 13 puntos adicionales de incapacidad. Pasando de 9,6 promedio a 22,1% promedio para los casos que no han tenido un paso previo por CCMM y pasando de 13,6 a 23,8 para los casos que han tenido un paso previo por CCMM.

Muchas veces la elusión histórica al paso por Comisión Médica se motiva en la no existencia de una incapacidad real. Casos que luego, producto del proceso y las prácticas periciales judiciales, terminan en algún grado de incapacidad.

De los 250.000 analizados, el 34% cuenta con una pericia médica oficial judicial. Si se verifican estos porcentajes en todo el stock de juicios abiertos contra las ART (al 30/06/2017 son unos 340.000 juicios), considerando además un valor promedio de $ 24.000 por cada punto de incapacidad más los intereses del orden del 36% anual más costas del orden del 35% y de no ajustarse a lo que está previsto en la Ley 27.348 en cuanto a la aplicación correcta del Baremo y la puesta en marcha del Cuerpo Médico Forense, la cifra involucrada en estos desvíos periciales se transforma en astronómica y totalmente poderosa para mantener el status quo en el quehacer pericial/judicial.

Los motivos favorecedores de esta situación anómala, han sido abordados legislativamente por la Ley 27.348 complementaria al sistema de riesgos del trabajo. Por un lado, instaurando como obligatoria la utilización de una única Tabla de Evaluación de Incapacidades, también determinando que sea el Cuerpo Médico Forense (CMF) el encargado de dictaminar y previendo que hasta que el mismo esté conformado la retribución de los peritos estará en función del trabajo realizado(a diferencia de lo que prevé la Ley aprobada en el Senado el pasado 29/11/17, en la que se estipula retribuir al perito en porcentaje del resultado del juicio/su pericia, ver art. 21 de la Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal) y NO del resultado del proceso. Como así también se prevé el paso previo obligatorio por las Comisiones Médicas a fin de evaluar objetivamente el daño.

La Ley 27.348 es una herramienta para bajar la litigiosidad, que todavía sigue siendo elevada, pero somos muchos los que estamos trabajando para que baje. El Estado, los empresarios, sindicatos y aseguradoras coincidimos en que la litigiosidad o conflictividad exacerbada no beneficia al trabajador, ni a la generación de empleo de calidad. Nos afecta a todos.

 

TITULOS DESTACADOS

 

ÚLTIMO MOMENTO Y FUERA DE DIARIOS

El Juez Claudio Bonadío dictó el procesamiento con prisión preventiva de CFK

Detuvieron a Zannini y Luis D´Elia por el encubrimiento del atentado AMIA

El Juez dictó prisión preventiva del ex canciller Héctor Timerman, por su estado de salud fue beneficiado con prisión domiciliaria.

Bonadío procesó sin prisión preventivo a Oscar Parrilli y al diputado Andrés Larroque; les impuso la prohibición de salir del país.

 

La CGT no irá al Congreso a defender la reforma laboral y se traba el debate

Lo resolvió ayer su mesa chica, pese a que era un pedido de los senadores del PJ; el tratamiento del proyecto se postergaría hasta el año próximo. La central obrera dice que apoya los cambios, pero no está dispuesta a defenderlos en el Congreso. (La Nación Tapa y Pág. 8)

 

El peronismo se fractura en el Congreso y deja en mejor situación a Cambiemos

En Diputados se formó el bloque Argentina Federal, con 35 peronistas aliados a los gobernadores y alejados de Cristina. En el Senado, Pichetto también anunció una bancada similar y dejó a la ex presidenta en minoría. De ese modo, el oficialismo tendrá apoyo para las leyes clave. (Clarín Tapa y Pág. 12)

 

Tarifas se ajustarán por inflación desde 2019

Dujovne dijo que las tarifas de gas y luz se actualizarán por la inflación desde 2019. Admitió que en la transición seguirá la política monetaria dura; para Dante Sica, los empresarios deben adaptarse a los cambios. (La Nación Tapa y Pág. 23)

 

Indec: niegan que Moreno haya falseado la inflación

La denuncia de falsificación de las estadísticas motivó una demanda de bonistas por la subestimación del IPC; para evitarlo, Hacienda, en tiempos de Prat-Gay, desmintió que hubiera existido. (La Nación Tapa y Pág. 22)

 

Acuerdo del Gobierno y las provincias contra RAM

El Gobierno acordó con las provincias patagónicas una estrategia contra la RAM pacto. La Casa Rosada y los mandatarios de Neuquén, Río Negro y Chubut fijaron bases para una cooperación judicial y en seguridad. (La Nación Tapa y Pág. 17)

 

Según la Armada, los llamados del San Juan no eran de emergencia

Drama en el mar. A 22 días de la desaparición del ARA San Juan. Réplica de la Armada al Gobierno: dice que el submarino no hizo llamadas de urgencia. (Clarín Tapa y Pág. 36 y 37)

 

La Ciudad, un infierno por la suma de piquetes y obras

Por la cumbre de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que arranca el domingo con más de 3.500 visitantes extranjeros, el Gobierno decidió cerrar bajadas de las autopistas y calles en Puerto Madero, que ya sufre numerosos cortes por la construcción de la autopista ribereña. Además, habrá restricciones en accesos del Bajo, del Centro y de Recoleta. No funcionarán la estación Alem del subte B ni la terminal de combis. Obras públicas desordenadas y piquetes gremiales y políticos convirtieron otra vez a Buenos Aires en un infierno para peatones y automovilistas. El Gobierno porteño sigue sin aplicar medidas de ordenamiento. (Clarín Tapa y Pág. 42; La Nación Tapa y Pág. 10)

 

Encontronazo de la diva con Macri

Criticó la política jubilatoria porque el Presidente no va a su programa en medio de la crisis del submarino. (Clarín Tapa y Pág. 28)

 

NOTAS SECTORIALES

 

Las Lebac tocaron 30% y el dólar retrocede a $17,62

La tradicional oferta de dólares de fin de año (que provocó una baja de cinco centavos en la divisa) les dio el último impulso que necesitaban las Lebac para operar en el mercado secundario a más de 30% anual. Muchos operadores descartan que los niveles continuarán altos hasta bien entrado el primer trimestre del próximo año y que recién en abril podría el BCRA comenzar a pensaren una eventual contracción. (Ámbito Tapa y Pág. 2)

 

Confirman purga a gremios: Gobierno dio de baja 450

Confirmado: Gobierno activó purga de 450 sindicatos `rebeldes` Ordena excluir del Registro de Asociaciones Sindicales a entidades `flojas de papeles` durante los últimos tres años. Apuntan a sellos de goma creados por el kirchnerismo y gremios de izquierda por fuera de la CGT. (Ámbito Tapa y Pág. 11)

 

La reforma previsional suma rechazos, pero el Gobierno aún confía en aprobarla

Dudas sobre que hará Carrió y Casa Rosada avisa: `no nos va a sobrar nada`. Bossio anunció que votará en contra. Así, la flamante bancada de los gobernadores se encamina hacia una votación dividida. Martín Lousteau dijo que tiene `diferencias`. (El Cronista Pág. 5)

 

El Gobierno apoya al BCRA porque sabe que más tarifas impactarán en la inflación

Los aumentos de tarifas no terminaron. A la suba de 70% dispuesta para la electricidad y de 45% promedio para el gas, todavía falta aplicar el aumento en los precios del transporte de pasajeros, que quedó pendiente para 2018 por razones electorales. Por eso el titular de Hacienda, Nicolás Dujovne, dejó en evidencia que no tiene más remedio que justificar la lógica del Banco Central: `la política monetaria tiene que seguir siendo dura`. (El Cronista Tapa y Págs. 2 y 3)

 

Banco Nación emitirá bonos en 2018 para sostener boom de créditos

Desde julio, el Banco Nación otorgó $ 54.000 millones en préstamos a la vivienda, el consumo y las industrias, siete veces más que en 2016. Para sostener ese esfuerzo crediticio, la entidad necesitará aumentar su fondeo. Por eso anunció que tomará deuda a partir del segundo semestre, tanto en el mercado local como internacional. (El Cronista Tapa y F&M pág. 2)

 

Racionalización del Estado: identifican 17.000 puestos de trabajo “superfluos”

Además de la reducción del 20%, alrededor de 600 empleados, cada ministerio recibió una “radiografía” con la cantidad de empleados que deben “adecuarse”. (El Cronista y Pág. 11)

 

El Gobierno aspira a presentar el pacto con la UE durante la cumbre de la OMC

Ultimando detalles de un primer pacto político, las negociaciones fueron contra reloj estos días en Bruselas y continuarán la semana que viene en la cumbre ministerial de la Organización Mundial de Comercio (OMC) en esta ciudad. Con suerte, el presidente Mauricio Macri logrará usar esa vidriera para anunciar el acuerdo comercial entre el Mercosur y la Unión Europea (UE) (La Nación Pág. 20)

 

Contra las reformas del Gobierno

Marcha de la CTA Autónoma, agrupaciones de izquierda y movimientos sociales

`Vamos a hacer todo lo que esté a nuestro alcance para impedir que estas leyes se aprueben`, dijo ayer el secretario general de ATE Nacional, Hugo `Cachorro` Godoy. (Página 12 Pág. 8)

 

EMPRESAS

 

Día clave en el Enacom por OCA y Telecom-Cablevisión

El directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) tratará hoy la continuidad de la licencia para la empresa de correos OCA y la fusión de Telecom con Cablevisión. En el caso de OCA, en concurso de acreedores, el Enacom debe decidir si le renueva o no la licencia, para la cual la empresa deberá presentar un “libre deuda fiscal”. En Telecom/Cablevisión, deberá analizar si se aprueba la fusión y en qué condiciones. (El Cronista Negocios)

 

TITULOS DESTACADOS

 

Se complican en el Congreso los proyectos de reforma que impulsa el oficialismo

El PJ plantea cambios en las jubilaciones y se evalúa desdoblar el paquete laboral. A hoy sólo las reformas fiscales firmadas con las provincias no encuentran resistencia. El bloque del PJ anticipó que buscará introducir cambios para mejorar la cláusula de actualización de las jubilaciones. En caso de que prospere esta postura, el proyecto volverá al Senado. (La Nación Tapa y Pág. 10 y 11)

 

Peritan a ocho prefectos por el caso Nahuel

Someten a peritaje a ocho prefectos por la muerte de Nahuel bariloche. La Justicia busca determinar si hubo fuego cruzado con los mapuches en la montaña. (La Nación Tapa y Pág. 16)

 

El Gobierno planea un fuerte ajuste en el Correo

Recortará 1700 empleos y negociará una paritaria sin aumentos; ahorraría $ 1500 millones. (La Nación Tapa y Pág. 18)

 

La Armada ahora admite que el último día hubo 8 llamadas desde el submarino

El vocero Enrique Balbi dijo que se hicieron el 15 de noviembre entre la 1.11 y las 7.16 de la mañana. En la última comunicación se informó la avería y después no hubo más noticias. El Gobierno culpa a la base naval de Puerto Belgrano de ocultarle información. (Clarín Tapa y Pág. 44)

 

Un fallo judicial contra OCA tensa más la relación de Macri con Moyano

La Justicia habilitó una convocatoria de acreedores para las deudas de la empresa de correo privado que avala el camionero. Pero dejó fuera del concurso $ 1.200 millones que le adeuda a la AFIP y que podrían impedirle a OCA renovar su concesión. La decisión sobre la continuidad de la compañía depende del Presidente, quien mantiene una pulseada con los Moyano. (Clarín Tapa y Pág. 6)

 

Mala nota en lectura para chicos porteños

Los resultados de una de las evaluaciones de aprendizaje más respetadas globalmente, el Estudio Internacional de Progreso en Comprensión Lectora (Pirls, por sus siglas en inglés), se conocieron ayer en todo el mundo. Los niveles de aprendizaje de escuelas primarias porterías, que junto con Chile fueron los únicos sistemas educativos de América latina evaluados entre 50 países y 11 ciudades y provincias de otras regiones, son preocupantes. (La Nación Tapa y Pág. 26; Clarín Tapa y Pág. 3)

 

El consuelo de una tumba con nombre y apellido

Malvinas: las familias de los soldados enterrados como NN empiezan a cerrar su duelo. El Gobierno comenzó a informarles individualmente a los parientes de los 88 caídos que fueron identificados en las islas. (La Nación Tapa y Pág. 16; Clarín Tapa y Pág. 14)

 

El número de presos creció tres veces más que la población en los últimos 10 años

Entre 2006 y 2016 se incrementó un 40%: pasó de 54.000 presos en cárceles de todo el país a 76.261. El cambio positivo es que después de muchos años la cantidad de detenidos condenados fue mayor a la de los procesados. (Clarín Tapa y Pág. 44)

 

Capacitarán a presos en el uso de tecnología digital

Capacitarán a presos en el uso de tecnologías digitales para promover la inclusión social proyecto. La iniciativa fue presentada por los ministros Gustavo Ferrari y Andrés Ibarra en la Unidad 24 de Florencio Varela; el plan arrancará en cuatro presidios bonaerenses. (La Nación Tapa y Pág. 30)

 

Donald Trump: un conflicto con eje en Jerusalem

EE.UU. avisó que reconocerá a esa ciudad como capital de Israel. El gesto agita al mundo árabe. (Clarín Tapa y Pág. 26; La Nación Tapa y Pág. 2)

 

NOTAS SECTORIALES

 

Los CEOs le ponen ´aprobado al balance 2017 y creen que el envión seguirá durante 2018

…Entre las escaramuzas de fin de año, las tensiones laborales serán protagonistas en diciembre. Por eso en la UART que agrupa a las aseguradores de riesgo de trabajo y que comanda Mara Bettiol celebran un fin de año con un 80% de adhesiones provinciales a la nueva ley de ART (ya se sumaron CABA, Córdoba y Mendoza) aunque faltan Santa Fe y Buenos Aires. La litigiosidad está en descenso a nivel nacional aunque queda por resolver el stock de cerca de 350.000 casos que aún esperan definición judicial. (El Cronista Pág. 15, Columna de Alejandra Gallo)

 

Por los préstamos UVA, el stock de hipotecarios se duplicó en un año

Apuntalados por las líneas que ajustan por inflación, el stock de créditos hipotecarios se incrementó un 97% en los últimos 12 meses. Los préstamos para compra de vivienda cerraron noviembre con un saldo mayor a $ 114.000 millones. (El Cronista Tapa y F&M)

 

Unión Europea-Mercosur: la Argentina apuesta a la industria

La modernización del parque industrial y las inversiones para vender con arancel cero a Europa son la apuesta de la Argentina en la negociación interbloque en Bruselas. (El Cronista Tapa y Pág. 5)

 

El Gobierno presiona a las automotrices para que se cumpla acuerdo con Brasil

El Gobierno intentará ordenar a las terminales a contratar un seguro de caución a favor de la administración nacional. La medida que prepara el Ministerio de la Producción quiere poner fin al incumplimiento que varias de las empresas del sector tienen por importar más de lo permitido de acuerdo al coeficiente sobre exportaciones anuales denominado Flex. El déficit actual rondaría los u$s 600 millones y el punto a definir todavía es el monto por el cual se deberían hacer las cauciones para cada caso. (El Cronista Tapa y Pág. 2 y 3)

 

Definitivo: EE.UU. traba biodiésel argentino

La Argentina tendrá cerrado el mercado norteamericano de biodiésel, salvo pagando aranceles del 75%. Lo resolvió la Comisión Internacional de Comercio de ese país por 5 años. Se perderán exportaciones por u$sl.400 millones. La instancia que se prepara es la presentación ante la OMC. (Ámbito Tapa y Pág. 5)

 

Las compañías low cost reclaman que se libere el piso de las tarifas

Compañías low cost le reclaman al Gobierno que libere el piso de las tarifas aéreas CEO de Flybondi dice que Argentina es el único país que impide bajar más los precios. (BAE Tapa y Pág. 10)

 

Exportar simple, el plan de Macri para pymes

Impulso a los emprendedores. Se facilitan los trámites para que salgan a venderle al mundo. Ahora se pueden hacer desde una PC. Ayer, la presentación formal de la plataforma se hizo en Tecnópolis, ante más de 800 PyMEs y emprendedores, con la presencia del presidente Mauricio Macri. (Clarín Pág. 22)

 

EMPRESAS

 

Tecpetrol colocó un bono a 4,87%, la tasa más baja para una empresa local

La petrolera emitió u$s 500 millones a cinco años a una tasa del 4,875% anual. Tecpetrol colocó un bono con la tasa más baja para una empresa argentina La compañía buscaba financiamiento externo para el desarrollo del yacimiento Fortín de Piedra, en Vaca Muerta. El tipo de emisor y el proyecto provocó alta demanda inversora. (El Cronista Tapa y Pág. 3)

 

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2017

 

VISTO, el Expediente Nº EX-2017-23853002-APN-SCE#SRT, las Leyes Nº 20.091, N° 24.557, Nº 26.377, N° 26.773, Nº 27.348, el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 03 de fecha 12 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1° de la Ley N° 26.377 facultó a las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial y de empresarios suficientemente representativas, dentro de su ámbito de actuación personal y territorial, como así también a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y a las entidades empresariales de la actividad integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

 

Que el artículo 2°, inciso b) de la ley mencionada, estableció que los convenios referidos en el párrafo precedente, deben incluir la tarifa sustitutiva de los aportes personales, contribuciones patronales y demás cotizaciones, entre las que se encuentran aquellas destinadas al Sistema de Riesgos del Trabajo.

 

Que la misma norma determinó que dichos convenios deben ser aprobados, para su vigencia, por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.), como Autoridad de Aplicación, la cual -en caso de dudas respecto de la tarifa sustitutiva- solicitará el apoyo técnico necesario de las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

 

Que el artículo 8° de la ley citada estableció que la mencionada tarifa sustitutiva deberá ser revisada anualmente de oficio por la Autoridad de Aplicación o a propuesta de las partes signatarias.

 

Que por otro lado, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 reglamentó los aspectos operativos que deben observar las partes signatarias de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial que se suscriban en virtud de la Ley N° 26.377.

 

Que mediante la Resolución S.S.S. N° 03 de fecha 12 de febrero de 2015, se homologó el Convenio de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Yerbatera de la zona productora de las Provincias de MISIONES y CORRIENTES y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.).

 

Que el artículo 13 de la Ley N° 26.773 facultó a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (S.S.N.) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), en forma conjunta, a fijar un sistema de alícuotas uniforme por colectivo cubierto, sujeto a variaciones de nivel de riesgo probable y efectivo.

 

Que mediante las Notas N° NO-2017-20321302-APN-DNRSS#MT y Nº NO-2017-22349722-APN- DNRSS#MT, de fechas 14 y 28 de septiembre de 2017 -respectivamente-, la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social ha solicitado la intervención de la S.R.T. y de la S.S.N., a fin de que informen la alícuota de referencia para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores alcanzados por el Convenio de Corresponsabilidad Gremial homologado por la Resolución S.S.S. N° 03/15.

 

Que a tales efectos, se tomó en consideración la siniestralidad efectiva y el nivel de remuneraciones que surge de la base de datos de la S.R.T., en virtud de los C.U.I.T.s informados por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, que declararon al menos un trabajador bajo la modalidad C.C.G. de la YERBA MATE de las Provincias de MISIONES Y CORRIENTES en los años 2015 y 2016.

 

Que teniendo en cuenta los datos analizados, la información respecto de los empleadores con contratos de riesgos del trabajo vigente y los empleados que ingresan al convenio, se entendió prudente definir un rango monetario que contemple los distintos supuestos que puedan presentarse.

 

Que las Áreas Técnicas y Legales de la S.S.N. y la S.R.T. han tomado la intervención que les corresponde en el marco de sus competencias.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº 20.091, el artículo 36 de la Ley Nº 24.557 y el artículo 13 de la Ley Nº 26.773.

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Y

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVEN:

 

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el premio mensual para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores incluidos en el Convenio de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Yerbatera de la zona productora de las Provincias de MISIONES y CORRIENTES y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.), homologado mediante Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 03 de fecha 12 de febrero de 2015, que se encuentren declarados con el código de modalidad que dispuso oportunamente la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), deberá encontrarse dentro de los límites definidos en el Anexo IF-2017-27606016-APN-SCE#SRT de la presente resolución.

Descargar

ARTÍCULO 2º.- Determínese que dicho premio mensual tendrá vigencia por UN (1) año, contado a partir de la homologación de la tarifa sustitutiva que la contemple.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan Alberto Pazo. — Gustavo Dario Moron.

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2017

 

VISTO, el Expediente Nº EX-2017-23924506-APN-SCE#SRT, las Leyes Nº 20.091, N° 24.557, Nº 26.377, N° 26.773, 27.348, el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, y

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1° de la Ley N° 26.377 facultó a las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial y de empresarios suficientemente representativas, dentro de su ámbito de actuación personal y territorial, como así también a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y a las entidades empresariales de la actividad integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

 

Que el artículo 2°, inciso b) de la ley mencionada, estableció que los convenios referidos en el párrafo precedente, deben incluir la tarifa sustitutiva de los aportes personales, contribuciones patronales y demás cotizaciones, entre las que se encuentran aquellas destinadas al Sistema de Riesgos del Trabajo.

 

Que la misma norma determinó que dichos convenios deben ser aprobados, para su vigencia, por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.), como Autoridad de Aplicación, la cual -en caso de dudas respecto de la tarifa sustitutiva- solicitará el apoyo técnico necesario de las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

 

Que el artículo 8° de la ley citada estableció que la mencionada tarifa sustitutiva deberá ser revisada anualmente de oficio por la Autoridad de Aplicación o a propuesta de las partes signatarias.

 

Que, por su parte, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, reglamentó los aspectos operativos que deben observar las partes signatarias de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial que se suscriban en virtud de la Ley N° 26.377.

 

Que el artículo 13 de la Ley N° 26.773 facultó a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (S.S.N.) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), en forma conjunta, a fijar un sistema de alícuotas uniforme por colectivo cubierto, sujeto a variaciones de nivel de riesgo probable y efectivo.

 

Que mediante la Nota N° NO-2017-20210261-APN-DNRSS#MT de fecha 14 de septiembre de 2017, la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social ha solicitado la intervención de la S.R.T. y de la S.S.N., a fin de que informen la alícuota de referencia para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores alcanzados por el futuro Convenio de Corresponsabilidad Gremial, pronto a firmarse entre la ASOCIACIÓN TUCUMANA DEL CITRUS y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.).

 

Que a tales efectos, se tomó en consideración la siniestralidad efectiva y el nivel de remuneraciones que surge de la base de datos de la S.R.T., en virtud de los C.U.I.T.s informados por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL que declararon al menos un trabajador bajo la modalidad C.C.G. CITRÍCOLA DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN.

 

Que teniendo en cuenta los datos analizados, la información respecto de los empleadores con contratos de riesgos del trabajo vigente y los empleados que ingresan al convenio, se entendió prudente definir un rango monetario que contemple los distintos supuestos que puedan presentarse.

 

Que las Áreas Técnicas y Legales de la S.S.N. y la S.R.T. han tomado la intervención que les corresponde en el marco de sus competencias.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº 20.091, el artículo 36 de la Ley Nº 24.557 y el artículo 13 de la Ley Nº 26.773.

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Y

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVEN:

 

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el premio mensual para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores incluidos en el Convenio de Corresponsabilidad Gremial próximo a suscribirse entre la ASOCIACIÓN TUCUMANA DEL CITRUS y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.), que se encuentren declarados con el código de modalidad que dispuso oportunamente la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), deberá encontrarse dentro de los límites definidos en el Anexo IF-2017-26332836-APN-SCE#SRT de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 2º.- Determínese que el premio que se defina dentro de los límites establecidos en el Anexo IF-2017-26332836-APN-SCE#SRT de la presente resolución, aplicable al futuro Convenio de Corresponsabilidad Gremial de la actividad Citrícola de la Provincia de TUCUMÁN, tendrá vigencia por UN (1) año, contado a partir de la fecha de publicación de la presente.

 

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan Alberto Pazo. — Gustavo Dario Moron.

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2017

 

VISTO, el Expediente Nº EX-2017-23925155-APN-SCE#SRT, las Leyes Nº 20.091, N° 24.557, Nº 26.377, N° 26.773, N° 27.348, el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) N° 6 de fecha 19 de marzo de 2012, N° 34 de fecha 12 de diciembre de 2012, N° 8 de fecha 06 de marzo de 2015, N° 9 de fecha 06 de marzo de 2015, N° 40 de fecha 24 de noviembre de 2015, N° 41 de fecha 24 de noviembre de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1° de la Ley N° 26.377 facultó a las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial y de empresarios suficientemente representativas, dentro de su ámbito de actuación personal y territorial, como así también a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y a las entidades empresariales de la actividad integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

 

Que el artículo 2°, inciso b) de la ley mencionada, estableció que los convenios referidos en el párrafo precedente, deben incluir la tarifa sustitutiva de los aportes personales, contribuciones patronales y demás cotizaciones, entre las que se encuentran aquellas destinadas al Sistema de Riesgos del Trabajo.

 

Que la misma norma determinó que dichos convenios deben ser aprobados, para su vigencia, por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.), como Autoridad de Aplicación, la cual -en caso de dudas respecto de la tarifa sustitutiva- solicitará el apoyo técnico necesario de las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

 

Que el artículo 8° de la ley citada estableció que la mencionada tarifa sustitutiva deberá ser revisada anualmente de oficio por la Autoridad de Aplicación o a propuesta de las partes signatarias.

 

Que, por su parte, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 reglamentó los aspectos operativos que deben observar las partes signatarias de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial que se suscriban en virtud de la Ley N° 26.377.

 

Que mediante las Resoluciones de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) N° 6 de fecha 19 de marzo de 2012, N° 34 de fecha 12 de diciembre de 2012, N° 8 de fecha 06 de marzo de 2015, N° 9 de fecha 06 de marzo de 2015, N° 40 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N° 41 de fecha 24 de noviembre de 2015, se homologaron los Convenios de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Vitivinícola de las zonas productora de las Provincias de MENDOZA, RÍO NEGRO, NEUQUEN, LA RIOJA, SALTA y CATAMARCA y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.).

 

Que el artículo 13 de la Ley N° 26.773 facultó a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (S.S.N.) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), en forma conjunta, a fijar un sistema de alícuotas uniforme por colectivo cubierto, sujeto a variaciones de nivel de riesgo probable y efectivo.

 

Que mediante las Notas N° NO-2017-20321302-APN-DNRSS#MT y Nº NO-2017-22349722-APN- DNRSS#MT, de fechas 14 y 28 de septiembre de 2017 –respectivamente-, la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social ha solicitado la intervención de la S.R.T. y de la S.S.N., a fin de que informen la alícuota de referencia para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores alcanzados por los citados Convenios.

 

Que a tales efectos, se tomó en consideración la siniestralidad efectiva y el nivel de remuneraciones que surge de la base de datos de la S.R.T., en virtud de los C.U.I.T.s informados por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL que declararon al menos un trabajador bajo la modalidad C.C.G. VITIVINICOLA MENDOZA, RIO NEGRO, NEUQUEN, LA RIOJA, SALTA y CATAMARCA en los años 2014, 2015 y 2016.

 

Que teniendo en cuenta los datos analizados, la información respecto de los empleadores con contratos de riesgos del trabajo vigente y los empleados que ingresan a los convenios, se entendió prudente definir un rango monetario que contemple los distintos supuestos que puedan presentarse.

 

Que las Áreas Técnicas y Legales de la S.S.N. y la S.R.T. han tomado la intervención que les corresponde en el marco de sus competencias.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº 20.091, el artículo 36 de la Ley Nº 24.557 y el artículo 13 de la Ley Nº 26.773.

 

Por ello,

 

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Y

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

 

RESUELVEN:

 

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el premio mensual para la cobertura de riesgos del trabajo para los trabajadores incluidos en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial entre las entidades representativas de la actividad vitivinícola de la zona productora de las Provincias de MENDOZA, RÍO NEGRO, NEUQUÉN, LA RIOJA, SALTA y CATAMARCA y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.), homologados mediante las Resoluciones de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) N° 6 de fecha 19 de marzo de 2012, N° 34 de fecha 12 de diciembre de 2012, N° 8 de fecha 06 de marzo de 2015, N° 9 de fecha 06 de marzo de 2015, N° 40 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N° 41 de fecha 24 de noviembre de 2015, que se encuentren declarados con el código de modalidad que dispuso oportunamente la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.), deberá encontrarse dentro de los límites definidos en el Anexo IF-2017-26333072-APN-SCE#SRT de la presente resolución.

Descargar

ARTÍCULO 2º.- Determínese que dicho premio mensual tendrá vigencia por UN (1) año, contado a partir de la homologación de la tarifa sustitutiva que la contemple.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan Alberto Pazo. — Gustavo Dario Moron.

 

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2017

 

VISTO, el Expediente Nº EX–2017-23924239-APN-SCE#SRT, las Leyes Nº 20.091, N° 24.557, Nº 26.377, N° 26.773, Nº 27.348, el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 07 de fecha 05 de octubre de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1° de la Ley N° 26.377 facultó a las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial y de empresarios suficientemente representativas, dentro de su ámbito de actuación personal y territorial, como así también a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y a las entidades empresariales de la actividad integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

 

Que el artículo 2°, inciso b) de la ley mencionada, estableció que los convenios referidos en el párrafo precedente, deben incluir la tarifa sustitutiva de los aportes personales, contribuciones patronales y demás cotizaciones, entre las que se encuentran aquellas destinadas al Sistema de Riesgos del Trabajo.

 

Que la misma norma determinó que dichos convenios deben ser aprobados, para su vigencia, por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.), como Autoridad de Aplicación, la cual -en caso de dudas respecto de la tarifa sustitutiva- solicitará el apoyo técnico necesario de las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

 

Que el artículo 8° de la ley citada estableció que la mencionada tarifa sustitutiva deberá ser revisada anualmente de oficio por la Autoridad de Aplicación o a propuesta de las partes signatarias.

 

Que por otro lado, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 reglamentó los aspectos operativos que deben observar las partes signatarias de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial que se suscriban en virtud de la Ley N° 26.377.

 

Que mediante la Resolución S.S.S. N° 07 de fecha 05 de octubre de 2010, se homologó el Convenio de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Forestal de la zona productora de la Provincia del CHACO y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.).

 

Que el artículo 13 de la Ley N° 26.773 facultó a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (S.S.N.) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), en forma conjunta, a fijar un sistema de alícuotas uniforme por colectivo cubierto, sujeto a variaciones de nivel de riesgo probable y efectivo.

 

Que mediante las Notas N° NO-2017-20321302-APN-DNRSS#MT y Nº NO-2017-22349722-APN- DNRSS#MT, de fechas 14 y 28 de septiembre de 2017 –respectivamente-, la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social ha solicitado la intervención de la S.R.T. y de la S.S.N., a fin de que informen la alícuota de referencia para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores alcanzados por el Convenio de Corresponsabilidad Gremial homologado por la Resolución S.S.S. N° 07/10.

 

Que a tales efectos, se tomó en consideración la siniestralidad efectiva y el nivel de remuneraciones que surge de la base de datos de la S.R.T., en virtud de los C.U.I.T.s informados por la S.S.S. que declararon al menos un trabajador bajo la modalidad C.C.G. FORESTAL CHACO en los años 2014, 2015 y 2016.

 

Que teniendo en cuenta los datos analizados, la información respecto de los empleadores con contratos de riesgos del trabajo vigente y los empleados que ingresan al convenio, se entendió prudente definir un rango monetario que contemple los distintos supuestos que puedan presentarse.

 

Que las Áreas Técnicas y Legales de la S.S.N. y la S.R.T. han tomado la intervención que les corresponde en el marco de sus competencias.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº 20.091, el artículo 36 de la Ley Nº 24.557 y el artículo 13 de la Ley Nº 26.773.

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Y

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVEN:

 

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el premio mensual para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores incluidos en el Convenio de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Forestal de la zona productora de la Provincia del CHACO y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.), homologado mediante Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 07 de fecha 05 de octubre de 2010, que se encuentren declarados con el código de modalidad que dispuso oportunamente la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), deberá encontrarse dentro de los límites definidos en el Anexo IF-2017-26332389-APN-SCE#SRT de la presente resolución.

Descargar

ARTÍCULO 2º.- Determínese que dicho premio mensual tendrá vigencia por UN (1) año, contado a partir de la homologación de la tarifa sustitutiva que la contemple.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan Alberto Pazo. — Gustavo Dario Moron.

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2017

 

VISTO, el Expediente Nº EX–2017-23924081-APN-SCE#SRT, las Leyes Nº 20.091, N° 24.557, Nº 26.377, N° 26.773, Nº 27.348, el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 15 de fecha 15 de junio de 2012, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1° de la Ley N° 26.377 facultó a las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial y de empresarios suficientemente representativas, dentro de su ámbito de actuación personal y territorial, como así también a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y a las entidades empresariales de la actividad integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

 

Que el artículo 2°, inciso b) de la ley mencionada, estableció que los convenios referidos en el párrafo precedente, deben incluir la tarifa sustitutiva de los aportes personales, contribuciones patronales y demás cotizaciones, entre las que se encuentran aquellas destinadas al Sistema de Riesgos del Trabajo.

 

Que la misma norma determinó que dichos convenios deben ser aprobados, para su vigencia, por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.), como Autoridad de Aplicación, la cual -en caso de dudas respecto de la tarifa sustitutiva- solicitará el apoyo técnico necesario de las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

 

Que el artículo 8° de la ley citada estableció que la mencionada tarifa sustitutiva deberá ser revisada anualmente de oficio por la Autoridad de Aplicación o a propuesta de las partes signatarias.

 

Que por otro lado, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 reglamentó los aspectos operativos que deben observar las partes signatarias de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial que se suscriban en virtud de la Ley N° 26.377.

 

Que mediante la Resolución S.S.S. N° 15 de fecha 15 de junio de 2012, se homologó el Convenio de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Agrícola de la Provincia del CHACO y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.).

 

Que el artículo 13 de la Ley N° 26.773 facultó a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (S.S.N.) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), en forma conjunta, a fijar un sistema de alícuotas uniforme por colectivo cubierto, sujeto a variaciones de nivel de riesgo probable y efectivo.

 

Que mediante las Notas N° NO-2017-20321302-APN-DNRSS#MT y Nº NO-2017-22349722- APNDNRSS#MT, de fechas 14 y 28 de septiembre de 2017 –respectivamente-, la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social ha solicitado la intervención de la S.R.T. y de la S.S.N., a fin de que informen la alícuota de referencia para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores alcanzados por el Convenio de Corresponsabilidad Gremial homologado por la Resolución S.S.S. N° 15/12.

 

Que a tales efectos, se tomó en consideración la siniestralidad efectiva y el nivel de remuneraciones que surge de la base de datos de la S.R.T., en virtud de los C.U.I.T.s informados por la S.S.S. que declararon al menos un trabajador bajo la modalidad C.C.G. MULTIPRODUCTO DE LA PROVINCIA DE CHACO en los años 2014, 2015 y 2016.

 

Que teniendo en cuenta los datos analizados, la información respecto de los empleadores con contratos de riesgos del trabajo vigente y los empleados que ingresan al convenio, se entendió prudente definir un rango monetario que contemple los distintos supuestos que puedan presentarse.

 

Que las Áreas Técnicas y Legales de la S.S.N. y la S.R.T. han tomado la intervención que les corresponde en el marco de sus competencias.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº 20.091, el artículo 36 de la Ley Nº 24.557 y el artículo 13 de la Ley Nº 26.773.

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Y

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVEN:

 

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el premio mensual para la cobertura de riesgos del trabajo de aquellos trabajadores incluidos en el Convenio de Corresponsabilidad Gremial entre las Entidades Representativas de la Actividad Agrícola de la Provincia del CHACO y la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.), homologado mediante Resolución de la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 15 de fecha 15 de junio de 2012, que se encuentren declarados con el código de modalidad que dispuso oportunamente la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), deberá encontrarse dentro de los límites definidos en el Anexo IF-2017-26332564- APN-SCE#SRT de la presente resolución.

Descargar

ARTÍCULO 2º.- Determínese que dicho premio mensual tendrá vigencia por UN (1) año, contado a partir de la homologación de la tarifa sustitutiva que la contemple.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan Alberto Pazo. — Gustavo Dario Moron.