Articulo 1

ARTICULO 1º. – Normativa aplicable y objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo

(LRT).1. La Prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo se regirán por esta LRT y sus normas reglamentarias.2. Son objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT):

a) Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo;
b) Reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado;
c) Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados;
d) Promover la negociación colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.

Normativa reglamentaria y/o complementaria:

 

Res. SRT N° 700/2000
Res. SRT Nº 552/2001

Res. SRT Nº 415/2002

Res. SRT Nº 489/2002

Res. SRT Nº 307/2003

Res. SRT Nº 310/2003

Res. SRT Nº 743/2003

Res. SRT Nº 326/2004
Res. SRT Nº 401/2004
Res. SRT Nº 1139/2004
Res. SRT Nº 103/2005

Res. SRT Nº 1/2005
Res. SRT Nº 1270/2005
Res. SRT Nº 1579/2005
Res. SRT Nº 244/2006

Res. SRT Nº 730/2006
Disp. SRT Nº 2/2006
Res. Cjta. AFIP Nº 2097/2006 y MTEySS Nº 716/2006
Res. SRT Nº 523/2007
Res. SRT Nº 583/2007
Res. SRT Nº 1629/2007
Res. SRT Nº 1904/2007