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TITULOS DESTACADOS
Freno a Cristina: la Corte abre el per saltum por jueces removidos
Por unanimidad. La Corte además ordenó no avanzar con los reemplazos, como promovía el kirchnerismo. El Presidente del tribunal afirmó “éste es el púnico remedio para evitar el daño a las instituciones”. El Gobierno acusó a los medios de influenciar. (Clarín Tapa y pág 3;  La Nación Tapa y pág 10)

Polémica por el dólar ahorro: pueden comprar los estatales, no los que reciben ATP
Desde el Gobierno defienden la medida con el argumento de que “los fondos que puso el Estado no deben ir al dólar ahorro”. En contrapartida, los empleados públicos, que reciben el 100% del salario de parte del Estado, podrán seguir comprando dólares. (Clarín Tapa y pág 14; La Nación Tapa y pág 18)

El asesinato del policía renovó el debate por las pistolas Taser
Cafiero ratificó que sólo serán usadas por fuerzas especiales. Massa y Berni se mostraron a favor de masificar su uso. El gobierno porteño tiene en marcha una licitación para comprarlas (La Nación Tapa y pág 22)

 


NOTAS SECTORIALES
Precios Cuidados tendrán subas
Aumento de 4% en alimentos. En el Gobierno afirman que no son partidarios de los congelamientos, pero no analizan terminar con Precios Máximos en lo inmediato. (Ámbito Financiero, Tapa y pág 8)

En medio de la crisis, la misión llegará el martes para evaluar el plan económico y el supercepo
Analizará la complicada coyuntura de la economía doméstica, los números del proyecto de ley del Presupuesto 2021 y comenzará a sentar las bases de las conversaciones para un nuevo programa para financiar los u$s 44.000 millones desembolsados. Además, buscará indagar sobre la agenda y las prioridades del Gobierno argentino, especialmente en lo relacionado con la política cambiaría a raíz de las fuertes restricciones impuestas por el Banco Central a las empresas con deudas financieras y a los ahorristas. (El Cronista, Tapa y pág. 4)

Los bonos vuelven a operar en paridades por debajo del 40%
A un mes del canje. Incertidumbre generada en torno al rumbo económico, debilitamiento de las cuentas, salida de depósitos y pérdida de reservas, entre las posibles razones de la baja. (El Cronista, F&M pág. 2)

Estatales bonaerenses rechazaron una propuesta del 10% y esperan mejor oferta
La provincia ofreció ese porcentual hasta fin de año y retomar desde ahí las negociaciones, además de un incremento del 30% en las asignaciones familiares. La propuesta fue rechazada por considerarse “insuficiente”. (BAE, pág. 15)

 

 

Empresas
Uber es legal en la Ciudad de Buenos Aires

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia porteño. Esta sentencia absolvió también a todos los directivos de la compañía. (Cronista.com)

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1095/2020

RESOL-2020-1095-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-25200923-APN-SCPASS#SSS, las Leyes Nº 23.660, N° 23.661 y N° 27.541, los Decretos N° 2710 del 28 de diciembre de 2012, N° 908 del 2 de agosto de 2016, N° 554 del 14 de junio de 2018, Nº 251 del 5 de abril de 2019 y N° 260 del 12 de marzo de 2020, la Resolución Nº 619 del 18 de marzo de 2020 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución N° 326 del 13 de abril de 2020 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), con relación al COVID-19, por el plazo de UN (1) año, a partir del 13 de marzo de 2020.

Que, en el marco de dicha emergencia, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, con competencia en lo concerniente a los objetivos, conducción y supervisión del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD creado por la Ley N° 23.661 e integrado principalmente por los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en la Ley N° 23.660, ha velado y debe continuar velando por la continuidad del normal funcionamiento del Sistema durante la pandemia de COVID-19.

Que, en este sentido, por intermedio de la Resolución N° 326/2020, se dispuso la aprobación de TRES (3) módulos prestacionales, con la finalidad de asistir financieramente y con el objeto de unificar los criterios de atención de pacientes sospechosos o con diagnóstico de COVID-19, de conformidad con los protocolos difundidos por el MINISTERIO DE SALUD y posibles modificaciones, como consecuencia del comportamiento viral y que justifiquen el aislamiento preventivo: 1) MÓDULO DE AISLAMIENTO y DIAGNÓSTICO, 2) MÓDULO DE UNIDAD DE CUIDADOS CRÍTICOS POR COVID-19 SIN ASISTENCIA RESPIRATORIA MECÁNICA (ARM) y 3) MÓDULO DE UNIDAD DE CUIDADOS CRÍTICOS POR COVID-19 CON ASISTENCIA RESPIRATORIA MECÁNICA (ARM).

Que al momento de la sanción de la Resolución N° 326/2020, resultaba difícil cuantificar el impacto y afectación de recursos necesarios que produciría la pandemia de COVID-19, como así también determinar por cuánto tiempo se extendería esta crisis, por lo que resultaba imperiosa la adopción de medidas oportunas tendientes a asegurar el normal funcionamiento de los Agentes del Seguro de Salud y su capacidad de financiar las prestaciones médico-asistenciales que deben brindar a sus beneficiarios, con motivo de sospecha o diagnóstico de COVID-19.

Que para cubrir el financiamiento de dichos módulos, se dispuso la aplicación de recursos extraordinarios provenientes del FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA, creado por el artículo 6° del Decreto N° 908/16, destinados al PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD PRESTACIONAL DE LOS AGENTES DEL SEGURO DE SALUD, instituido por el Decreto N° 554/18.

Que el citado Programa tiene como finalidad dar cumplimiento con los objetivos y finalidades indicados en el Anexo II del Decreto N° 908/16, entre los que se encuentra la asistencia financiera a obras sociales ante situaciones de epidemias y/o emergencias en el ámbito del territorio nacional y el financiamiento de situaciones de excepción, no contempladas en las normativas vigentes y que produzcan un impacto negativo sobre la situación económico financiera de las obras sociales.

Que, asimismo, frente a la evolución del cuadro epidemiológico vinculado a la pandemia de COVID-19, es necesario asistir financieramente al sistema de salud con la finalidad de asegurar y garantizar el normal funcionamiento prestacional.

Que en virtud de lo expuesto, se considera necesario la instrumentación de un nuevo Módulo Extra Hospitalario de Asistencia y Vigilancia Médica, tendiente a reintegrar parcialmente el costo de la asistencia de pacientes afectados por COVID-19 que por su cuadro clínico leve a moderado se encuentren en condiciones de recibir contención y tratamiento médico en instalaciones extra hospitalarias y/o en su domicilio y permanecer bajo vigilancia y cuidados que no requieran la necesidad de internación en unidades asistenciales habilitadas para prestaciones de mayor complejidad.

Que la finalidad de dicho módulo es incentivar el uso de instalaciones extra-hospitalarias, con el objeto de mejorar la disponibilidad de camas con las que cuentan las instituciones asistenciales, reservándolas para aquellos casos de mayor complejidad.

Que el mencionado módulo será destinado a aquellos beneficiarios de los Agentes del Seguro de Salud que se encuadren en las características clínicas antes descriptas, tales como fiebre, dolor de garganta, decaimiento general, tos leve y/o alteraciones del gusto y/o del olfato, alteraciones gastrointestinales, manifestaciones cutáneas, como rash, y oculares, como conjuntivitis, y que no hayan recibido previamente el beneficio de utilización previsto en la Resolución N° 326/2020.

Que, en tal sentido, corresponde aprobar dicho módulo prestacional e incorporarlo a los determinados por la Resolución N° 326/2020 SSSALUD, como así también fijar los valores a reconocer a los Agentes del Seguro de Salud para la cobertura comprendida en cada uno de ellos, sin perjuicio de los valores pactados entre los Agentes y sus respectivos prestadores.

Que del mismo modo, la evolución epidemiológica evidenciada durante los últimos días ha puesto de resalto la necesidad de adecuar los módulos prestacionales actualmente vigentes y aprobados por la Resolución Nº 326/2020 a las actuales circunstancias de demanda y recursos disponibles para hacer frente a los mismos.

Que la cifra de pacientes infectados que se registran actualmente en el país y su incremento diario, así como la necesidad de la incorporación del apoyo financiero a través de un módulo de atención extra-hospitalaria, motiva la necesidad de reformular los módulos aprobados oportunamente por la Resolución Nº 326/2020.

Que los recursos extraordinarios provenientes del FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA, creado por el artículo 6° del Decreto N° 908/16 son utilizados, a su vez, para el apoyo financiero de excepción de los Agentes del Seguro de Salud que hubieran sufrido una caída en la recaudación, con relación al mes de marzo de 2020, para garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios de salud durante la vigencia de la pandemia del coronavirus COVID-19.

Que los recursos existentes en el FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA son insuficientes para continuar brindando el apoyo financiero en las condiciones actuales, por lo que resulta oportuno reducir la cantidad de días máximos a reintegrar por cada uno de los módulos aprobados por la Resolución Nº 326/2020, a fin de sostener el financiamiento de los Agentes de Seguro de Salud.

Que la reformulación de los módulos actuales, así como la incorporación del módulo de atención extra-hospitalaria, permitirá una mejor y más equitativa utilización de los recursos disponibles en el FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA.

Que los módulos aprobados oportunamente por la Resolución N° 326/2020, así como el nuevo módulo que se crea con el dictado de la presente, deben incluir dentro de la cobertura a cargo de los Agentes del Seguro de Salud, las pruebas diagnósticas que evidencien la existencia del coronavirus.

Que esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD está facultada para dictar las normas reglamentarias y complementarias, con el fin de aplicar los fondos afectados a cumplir con los fines previstos en la normativa citada en el Visto y dotar en lo inmediato de recursos a los Agentes del Seguro de Salud ante un escenario de demanda imprevista de prestaciones asistenciales, provocada por la pandemia de COVID-19.

Que, por lo expuesto, resulta conveniente y oportuno que, con carácter excepcional y extraordinario, se apoye financieramente a los Agentes del Seguro de Salud a través de un Módulo Extra Hospitalario de Asistencia y Vigilancia Médica, por vía de reintegro, según los valores determinados al efecto, mediante el procedimiento especial establecido por la Resolución N° 326/2020.

Que las Gerencias de Control Prestacional, de Gestión Estratégica, de Administración, de Control Económico Financiero, de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96, Nº 2710/12 y Nº 34/20.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo I (IF-2020-25340931-APN-GCP#SSS) de la Resolución N° 326 del 13 de abril de 2020 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, por el Anexo I (IF-2020-60830110-APN-GCP#SSS) de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo II (IF-2020-25341317-APN-GCP#SSS) de la Resolución N° 326 del 13 de abril de 2020 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, por el Anexo II (IF-2020-60830182-APN-GCP#SSS) de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la Gerencia de Administración a que tramite la modificación presupuestaria específica para hacer efectiva la disposición de fondos prevista en la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Instrúyese a la Gerencia de Sistemas de Información a que disponga lo conducente a fin de habilitar en forma inmediata el aplicativo informático, conforme el alcance y funcionalidad que se requiere en la presente.

ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese. Eugenio Daniel Zanarini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/09/2020 N° 39608/20 v. 16/09/2020

Fecha de publicación 16/09/2020

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TITULOS DESTACADOS
Crece el conflicto entre Río Negro y Nación por las tomas de tierras
El viernes un grupo de vecinos de Villa Mascardi protestó por las violentas ocupaciones de tierras por parte de un grupo mapuche que, además, realiza ataques y amenaza a los pobladores del lugar. La misma Frederic denunció a los manifestantes mientras que el ex gobernador Alberto Weretilneck condenó la actitud de la ministra de seguridad nacional. Hoy Carreras, actual gobernadora, se reúne con Cafiero (Clarín Tapa y pág. 3; La Nación Tapa y pág. 14)

Diputados de la oposición ya no sesionarán más en forma virtual
Legisladores de JXC anunciaron que irán mañana al Congreso a la sesión convocada por Massa. Aducen que el protocolo está vencido y buscan que el debate por la reforma judicial se haga en el recinto (Clarín Tapa y pág. 12; La Nación Tapa y pág. 10)

 

Desplazan a funcionarios de la UIF que investigaron corrupción
Son 15 funcionarios que investigaron delitos durante el kirchnerismo. Argumentaron reestructuración.  (La Nación Tapa y pág. 9)

 


NOTAS SECTORIALES
Advierten que la inflación afectó más a sectores de bajos recursos
Según Ecolatina, por la suba de precios en alimentos. No descartó “que el carácter regresivo se acentúe en los próximos meses”. (Ámbito Financiero, pág. 4)

Se cierra un capítulo: Anuncian hoy adhesión casi total al canje y el viernes se levanta el noveno default

Alberto Fernández anunciará esta tarde que el canje de 21 bonos de la deuda externa por u$s 66.137 millones fue exitoso y la adhesión, casi total. Incluso, fuentes oficiales se entusiasmaban este fin de semana con que la participación alcanzará para activar las Cláusulas de Acción Colectiva (CAC) con lo que no quedarían holdouts o “fondos buitre” litigando durante años contra la Argentina en la Justicia de Nueva York. (El Cronista, pág. 4)

Pymes piden aliviar las contribuciones patronales para sostener el empleo

Desde varios sectores pyme apuntan a la baja de aportes y contribuciones patronales o la posibilidad de tomar a cuenta de Impuesto al Valor Agregado (IVA) los pagos realizados como impuestos al trabajo. (El Cronista, pág. 8)

El PJ tiene nuevo cronograma y suma aspirantes para renovar su conducción
Elecciones internas para el 20 de diciembre. Berni anunció que se postulará. El propio Gioja y Jorge Capitanich, otros de los nombres que suenan. (BAE, pág. 12)

Empresas
Coca-Cola anunció una reestructuración con 4.000 retiros voluntarios

Se ofrecerán primero a empleados en Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico. La ganancia neta atribuible a los accionistas de la compañía cayó alrededor de 32% a 1.780 millones de dólares. (IProfesional)