SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 97/2019

RESOL-2019-97-APN-SRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2019

VISTO el Expediente EX-2019-57278784-APN-GACM#SRT, las Leyes Nº 19.549, N° 24.241, N° 24.557, N° 26.425, N° 27.348, la Ley N° 6.429 de la Provincia de CORRIENTES, los Decretos N° 2.104 y N° 2.105 ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 37 de fecha 14 de enero de 2010, N° 179 de fecha 21 de enero de 2015, N° 298 de fecha 23 de febrero de 2017, N° 326 de fecha 13 de marzo de 2017, N° 4 de fecha 11 de enero de 2019, Nº 56 de fecha 19 de julio de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente, esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) dictó la Resolución S.R.T. N° 56 de fecha 19 de julio de 2019, mediante la cual creó una norma especial para la Provincia de CORRIENTES, y se determinó UNA (1) Comisión Médica de la Ley N° 24.241 y UNA (1) Delegación para todo el territorio de la Provincia de CORRIENTES.

Que además, la precitada resolución estableció el ámbito de funcionamiento, la competencia territorial, el asiento y el horario de atención de las Comisiones Médicas de la Provincia de CORRIENTES, los cuales serán publicados en el sitio web de la S.R.T., adecuando de esa forma la Resolución S.R.T. N° 326 de fecha 13 de marzo de 2017.

Que en virtud del Convenio celebrado entre la Provincia de CORRIENTES y la S.R.T. en fecha 13 de septiembre de 2019, las partes asumieron el compromiso de constituir Comisiones Médicas y/o dependencias en las Ciudades de Goya y Santo Tomé, a fin de asegurar una adecuada cobertura geográfica de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 6.429.

Que en ese sentido, la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas, en el ámbito de su competencia, impulsó las modificaciones necesarias para la creación de UNA (1) Delegación de la Comisión Médica N° 30, con asiento en la Ciudad de Goya de la Provincia de CORRIENTES, que cumplirá las mismas funciones que la Comisión Médica de la cual depende, en el marco de la expansión territorial de las Comisiones Médicas.

Que en consecuencia, corresponde sustituir los artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 5° de la citada Resolución S.R.T. Nº 56/19.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T. ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que confieren la Ley N° 24.241, los artículos 36, apartado 1, inciso e) y 38 de la Ley Nº 24.557, el artículo 15 de la Ley Nº 26.425, el artículo 10 del Decreto N° 2.104 de fecha 04 de diciembre de 2008, el artículo 6° del Decreto N° 2.105 de fecha 04 de diciembre de 2008, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 27.348 y la Ley N° 6.429 de la Provincia de CORRIENTES.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 56 de fecha 19 de julio de 2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Determínase la cantidad de UNA (1) Comisión Médica de la Ley N° 24.241 y DOS (2) Delegaciones para todo el territorio de la Provincia de CORRIENTES.”

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el artículo 2° de la Resolución S.R.T. N° 56/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Establécense las siguientes Comisiones Médicas en el territorio de la Provincia de CORRIENTES:

• Comisión Médica N° 30 con asiento en Corrientes (Provincia de CORRIENTES), UNA (1) comisión y DOS (2) Delegaciones (Santo Tomé y Goya).”

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase el artículo 3° de la Resolución S.R.T. N° 56/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3°.- Defínase la competencia territorial de las Comisiones Médicas de la Provincia de CORRIENTES, que a continuación se detallan, de la siguiente manera:

• Comisión Médica N° 30, con competencia en las ciudades que comprenden las Circunscripciones Judiciales Primera, Segunda y Tercera de la Provincia de CORRIENTES.

• Comisión Médica N° 30, Delegación Santo Tomé, las Circunscripciones Judiciales Cuarta y Quinta de la Provincia de CORRIENTES.

• Comisión Médica N° 30, Delegación Goya, las Circunscripciones Judiciales Segunda y Tercera de la Provincia de CORRIENTES.”

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyase el artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 56/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 4°.- Determínase que las Delegaciones de la Comisión Médica cumplirán las mismas funciones que la Comisión Médica de la que dependen.”

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyase el artículo 5° de la Resolución S.R.T. N° 56/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 5°.- Establécense los asientos de las Comisiones Médicas y las Delegaciones que a continuación se detallan:

– Comisión Médica N° 30:

Domicilio: Buenos Aires N° 1.456, Corrientes (C.P. W3400BMV), Provincia de CORRIENTES.

– Delegación Santo Tomé:

Domicilio: José Gervasio Artigas 57, Santo Tomé, (C.P. 3340) Provincia de CORRIENTES.

– Delegación Goya:

Domicilio: Avenida Alemania 485, Goya, (C.P. 3450), Provincia de CORRIENTES.”

ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Gustavo Dario Moron

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 96/2019

RESOL-2019-96-APN-SRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2019

VISTO el Expediente EX-2018-49838257-APN-GAJYN#SRT, las Leyes N° 24.241, Nº 24.557, N° 26.417, 27.426, los Decretos Nº 833 de fecha 25 de agosto de 1997, N° 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009, N° 110 de fecha 07 de febrero de 2018, N° 404 de fecha 05 de junio de 2019, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) Nº 279 de fecha 19 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 32, apartado 1 de la Ley Nº 24.557 establece que el incumplimiento de las obligaciones a cargo de los Empleadores Autoasegurados, de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y de las Compañías de Seguros de Retiro, será sancionado con una multa de 20 a 2.000 AMPOs (Aporte Medio Previsional Obligatorio), si no resultare un delito más severamente penado.

Que el artículo 3° del Decreto N° 833 de fecha 25 de agosto de 1997, reemplazó al AMPO considerando como unidad de referencia al Módulo Previsional (MOPRE).

Que el artículo 13 del Capítulo II -Disposiciones Complementarias- de la Ley Nº 26.417, estableció la sustitución de todas las referencias concernientes al MOPRE existentes en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, por una determinada proporción del haber mínimo garantizado, según el caso que se trate.

Que el artículo 15 del Decreto N° 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009 – sustituido por el artículo 1° del Decreto N° 404 de fecha 05 de junio de 2019 – a efectos del artículo 32 de la Ley N° 24.557 y sus modificaciones – fijó la equivalencia del valor MÓDULO PREVISIONAL (MOPRE) en un VEINTIDÓS POR CIENTO (22 %) del monto del Haber Mínimo Garantizado, conforme lo previsto en el artículo 13 de la Ley N° 26.417 y su modificatoria.

Que asimismo, el Decreto N° 1.694/09 determinó que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) será la encargada de publicar el importe actualizado que surja de aplicar la equivalencia prevista en el artículo 15 del referido decreto, en cada oportunidad en que la A.N.S.E.S. proceda a actualizar el monto del Haber Mínimo Garantizado, de conformidad con lo que prevé en el artículo 8° de la Ley N° 26.417.

Que el artículo 1° de la Ley N° 27.426 reglamentado por el Decreto N° 110 de fecha 7 de febrero de 2018, modificó el cronograma de actualización del Haber Mínimo Garantizado, estableciendo una periodicidad trimestral.

Que por su parte, el artículo 1º de la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) Nº 279 de fecha 19 de noviembre de 2019, actualizó el valor del Haber Mínimo Garantizado vigente a partir del mes de diciembre de 2019, fijándolo en la suma de PESOS CATORCE MIL SESENTA Y SIETE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 14.067,93.-).

Que en razón de todo lo expuesto, corresponde que la S.R.T. publique el importe actualizado que surge de aplicar la equivalencia prevista en el primer párrafo del artículo 15 del Decreto Nº 1.694/09, respecto de la Resolución A.N.S.E.S. N° 279/19.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T., ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 24.557 y el artículo 15 del Decreto Nº 1.694/09.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese en PESOS TRES MIL NOVENTA Y CUATRO CON 94/100 ($ 3.094,94) el importe que surge de aplicar la equivalencia contenida en el primer párrafo del artículo 15 del Decreto Nº 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) N° 279 de fecha 19 de noviembre de 2019.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Gustavo Dario Moron

TITULOS DESTACADOS

Cristina sumó a Rodríguez Saá y amplía mayoría peronista en el Senado
La estrategia del gobierno electo en el Congreso. El bloque del Frente de Todos ya tenía 41 legisladores y ayer consiguió el regreso de Adolfo Rodríguez Saá. Con 42 bancas. Se acerca a las 48 necesarias para llegar a los dos tercios de la Cámara alta. De esa manera, contaría con un número suficiente como para nombrar al procurador general de la Nación, jefe de los fiscales y designar o juzgar a los ministros de la Corte Suprema. También podría poner en marcha una reforma de la Constitución. Respecto a Adolfo, influye que esté peleado con su hermano, el gobernador de San Luis Alberto Rodríguez Saá –que fue el primero en empezar a bregar por la unidad de todo el arco peronista de cara a las elecciones de 2019-. “El Adolfo” incluso había llegado a coquetear con Mauricio Macri, con quien se sacó una foto antes de las primarias de agosto. Sin Embargo, se encolumnó detrás de Alberto Fernández para octubre.  (Clarín Tapa y pág. 12)

 

Macri llamó traidores a tres diputados del PRO que jugarán para Alberto F.
Cambio inesperado. Son Pablo Ansaloni, Beatriz Ávila y Antonio Carambia, que llegaron al Congreso con Cambiemos en 2017. Ahora armarán un bloque con otros cinco legisladores, y le darán al Frente de Todos la posibilidad de tener quórum propio. El Presidente les pidió “que devuelvan las bancas” Clarín Tapa y pág. 10)

 

De vice a vice, la foto de la transición que faltaba
La actual vicepresidenta, Gabriela Michetti, y la electa, Cristina Kirchner, se reunieron por más de una hora en el Senado. Acordaron dejar el traspaso en manos de sus equipos. Sería Michetti quien les tome juramento a ella y a Alberto Fernández. La reunión entre Fernández de Kirchner y Michetti transcurrió a solas, y según trascendió, fue “en muy buenos términos”. Durante el encuentro, además, Michetti le mencionó los números que deja en las cuentas del Senado. Le habló del fondo de reserva para el pago de obras de restauración que están teniendo lugar en la Cámara alta y que seguirán el año que viene. Pasados los temas más técnicos y formales, ambas conversaron sobre cuestiones de la vida privada. La vicepresidenta saliente le preguntó por su hija y su nieta y Cristina le preguntó a Michetti –que no se candidateó a ningún cargo este año- qué va a hacer en el futuro. (Clarín Tapa y pág. 9)

 

Fernández tendrá más de 20 ministros y Economía se define entre dos candidatos
Poder Ejecutivo. Ya decidió la mayor parte de su equipo de gobierno; Marín Guzmán y Martín Abeles, los nombres más firmes para el área económica que renegociará la deuda. Alberto Fernández presentará mañana un gabinete de más de 20 integrantes, y se guardó como sorpresa la identidad del Ministro de Economía, pero la incógnita para ese casillero se redujo a un par de nombres: Martín Abeles, director de la Oficina de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) en Buenos Aires, y Martín Guzmán, profesor de la Universidad de Columbia, colaborador del premio Nobel de Economía Joseph Stiglitz. En la presentación de los nombres del gabinete solo estarán el presidente electo y sus futuros funcionarios. Es decir que en la foto no estarían ni Cristina Kirchner ni Sergio Massa, una forma de reforzar la idea de que el gabinete es de Fernández. A ese grupo se sumaron otras designaciones confirmadas en las últimas horas. Esa nómina la integran la directiva de CELS Elizabeth Gómez Alcorta (Equidad) y el ex intendente de Junín Mario Meoni (Transporte). Este último llegó al gabinete después de que Fernández descartara para ese cargo al senador Carlos Caserio y como compensación a Masa (La Nación Tapa y pág. 10)

 

Burlas a Trump en la OTAN
Donald Trump volvió a quedar en el centro de la escena internacional. Esta vez, dio el portazo antes del cierre de la 70° cumbre de la OTAN, en Watford, indignado por un polémico video filtrado, en el que el canadiense Justin Trudeau, el británico Boris Johnson, el francés Emmanel Macron, la princesa Ana de Inglaterra y el holandés Mark Rutte parecen burlarse de las extensas conferencias de prensa del republicano. Las imágenes, descifradas por la cadena canadiense CBC, dieron la vuelta al mundo, y fueron interpretadas como el símbolo de un presidente norteamericano aislado y objeto de burla de su aliados, en momentos en que pesa sobre él la amenaza de la destitución, cuando falta menos de un año para las elecciones que deberían renovar su mandato. La humillación fue demasiado grande para Trump, que, después de la reunión cumbre en Watford, en los suburbios de Londres, calificó a Trudeau de “hipócrita”. “Es un buen tipo. Pero es así. La verdad es que le llamé la atención porque no paga el 2% (del PBI en defensa preconizado por la OTAN) e imagino que no le gustó”, declaró. (La Nación Tapa y pág. 2)


NOTAS SECTORIALES

Sandleris renunció a la presidencia del Banco Central y lamentó errores
Por Ana Clara Pedotti. Efectiva al 10 de diciembre. Tras 14 meses al frente de la autoridad monetaria, el presidente del BCRA adelantó su salida, que se hará efectiva el 10 de diciembre. Gustavo Cañonero y Verónica Rapoport hicieron lo propio. Cuando faltan sólo tres días hábiles para el cambio de gobierno, el presidente del Banco Central (BCRA), Guido Sandleris, presentó ayer su renuncia al cargo que ocupa desde septiembre de 2018, que se hará efectiva al próximo 10 de diciembre. Hicieron lo propio los vicepresidentes de la autoridad monetaria, Guillermo Cañonero y Verónica Rappoport. Si bien Sandleris señaló que en otros países las autoridades del BCRA son independientes a los cambios de gobierno, justificó su decisión diciendo que busca “allanarle el camino” al sucesor que indique el presidente electo, Alberto Fernández. (El Cronista, F&M pág. 1)

 

La carne, otra fuente de divisa en alza, chocó con un freno de Rusia
Por Carlos Boyadjian. Prohibieron ingreso de cinco plantas. La sanidad rusa detectó un aditivo que está prohibido en ese país. Negocian con las autoridades de Moscú para destrabar la situación. Buscan explicar los controles y evitar que haya nuevas suspensiones. La autoridad sanitaria de la Federación Rusa (Rosselkhoznadzor) determinó ayer la suspensión temporaria de cinco plantas dedicadas a faena y exportación de carne bovina en Argentina y otras dos en Paraguay. La decisión fue tomada al detectarse la presencia de ractopamina, un aditivo alimenticio prohibido en Rusia. La medida entrará en vigencia el 18 de diciembre, en tanto que la autoridad sanitaria agropecuaria de ese país indicó que podría ampliarse a otros frigoríficos. Como parte del proceso, el próximo 6 de diciembre tendrá lugar una videoconferencia, en horario a definir, en el que funcionarios de las áreas de Sanidad Animal e Inocuidad del Servicio Nacional de Calidad y Seguridad Agroalimentaria (Senasa) expondrán los argumentos del país sobre el control que se hace a los productos exportados. (El Cronista, Tapa y pág. 6)

 

Inevitable: se descarta larga permanencia del cepo hard
Por Carlos Burgueño. Alberto F. está conforme con el ritmo de recuperación de divisas impuesto desde las elecciones presidenciales. Las restricciones podrían ampliarse a las compras turísticas del exterior. Se mantendría el acceso para las empresas que giren ganancias a las casas matrices. Alberto Fernández y su potencial equipo económico están más que conformes con el ritmo de compras de dólares que vienen sosteniendo el Banco Central, desde la aplicación del cepo hard. Al punto de coincidir en que las restricciones continuarán, o incluso se profundizarán para las compras en el exterior con tarjetas de crédito, hasta al menos el segundo semestre de 2020. Recién hacia julio del próximo año se hará un balance de la situación y evolución de las reservas, para saber si las restricciones para el acceso a las divisas para el público con el fin de atesoramiento se sostienen. (Ámbito Financiero, pág. 2)

 

Sandleris le anticipó parte de la lluvia de pesos a Alberto
Fue el noviembre más expansivo de los últimos años. Pero aún resta emitir este mes para cerrar las cuentas fiscales del año. El problema aparecerá entre fines de enero y comienzos de febrero. Noviembre cerró finalmente con una expansión monetaria de $284.378 millones. Esto llevó el stock de la base monetaria a $1.671.621 millones (algo así como u$s26.500 millones), según datos del BCRA. De modo que la emisión de base creció en un mes nada menos que un 20,5%. Fue sin duda el noviembre más expansivo de los últimos años. Por ejemplo, frente a un año atrás esta expansión de la base representa, más allá de la comparación nominal, un incremento del 240%. Ahora bien, en los últimos tres diciembre el BCRA emitió no menos de $105.000 millones (2016). (Ámbito Financiero, pág. 5)

 

Kicillof asumirá el miércoles y su Gabinete lo hará recién el jueves
Dudas sobre la presidencia de la Cámara de Diputados provincial. El jueves 12 de diciembre jurarán los ministros de Axel Kicillof en la provincia de Buenos Aires, en una ceremonia que se realizará un día después de su asunción como gobernador bonaerense, explicaron a Télam fuentes del Frente de Todos. Si bien se estima que se oficializarán los nombres de su gabinete entre el próximo fin de semana y el miércoles, día en que asumirá Kicillof, ya hay figuras que circulan como posibles ministros. Por caso, se descuenta que Carlos Bianco será designado como jefe de Gabinete, y no se descarta que la senadora provincial Teresa García recale en el Ministerio de Gobierno. (BAE, pág. 18)

 

La inversión productiva sobre PBI cayó a su menor nivel histórico
Por Mariano Cúparo Ortiz. La obra pública retrocedió hasta alcanzar puntos mínimos en 2018. Durante 2018, la inversión productiva cayó a su punto más bajo en relación al PBI: fue de 14,4%, con la economía en pleno desplome y en niveles bien bajos. Se trató de una contracción de 1,2 puntos respecto a lo que ocurrió en 2015, cuando la relación Formación Bruta de Capital Fijo sobre PBI era de 15,6%. En particular, durante 2018, incluso antes del mega ajuste generado por la búsqueda del déficit cero, la inversión de capital del sector público alcanzó los niveles más bajos y llegó a 2,5% del producto. (BAE, pág. 4)

 

 

Empresas
JetSmart se queda con Norwegian en Argentina

La línea aérea de origen chileno operará la red de rutas de la nórdica desde aeroparque. Así, será el tercer operador aerocomercial en el país. En los primeros nueves meses del año Norwegian generó ingresos por U$S68 millones, según los estados financieros de la compañía presentados en la Bolsa de Oslo. Estuardo Ortiz, CEO y fundador de JetSmart destacó que hacía tiempo que buscaban sumar el principal aeropuerto de cabotaje nacional a su oferta de destinos. La compra de la aerolínea de origen noruego, agregó, aceleró los planes. (El Cronista)

TITULOS DESTACADOS

La Justicia que usó Macri para perseguir a CFK, seguro lo perseguirá a él”
Fernández anunció una gran reforma judicial. E presidente electo dijo que impulsará amplios cambios judiciales. Y dedicó el día a defender el polémico alegato que Cristina hizo el lunes durante su declaración ante el tribunal oral que la juzga por corrupción. “Fue un acto de defensa maravilloso, de los más impactantes que vi en mi vida”, aseguró. Y anoche vaticinó que Macri serpa perseguido judicialmente. Fue luego de que el Presidente opinara que Alberto “dice demasiadas cosas y eso no está bueno”. (Clarín Tapa y pág. 6)

 

Moyano pidió Transporte, pero Massa pondría allí a uno de los suyos
El próximo gabinete. El camionero se reunió con Alberto Fernández y reclamó cargos en el futuro gobierno, principalmente en Transporte. Pero allí iría un aliado de Massa, el ex intendente Mario Meoni. Fue después de que el presidente electo bajara al primer candidato massista, Raúl Pérez. Moyano puntualmente le pidió a Fernández que designe en el área de Transporte a uno de sus asesores, Guillermo López del Punta, ex secretario de Transporte de la gestión de Eduardo Duhalde. Sin embargo, Fernández le explicó al jefe camionero que el casillero de Transporte iba a ser ocupado por un massista porque se necesitaba equilibrio dentro del Frente de Todos. Del almuerzo no participó el futuro Ministro de Trabajo Claudio Moroni, quien cuenta con el OK de los dirigentes gremiales que participaron del encuentro. (Clarín Tapa y pág. 12)

 

Avances en un ensayo clínico con aceite de cannabis
Por Julieta Roffo. Hospital Garrahan. Se realizó con chicos que sufren epilepsia y resultó favorable en el 80% de los casos. El dato surge de un estudio clínico que se inició hace 13 meses con 49 chicos que sufren epilepsia refractaria, d entre 7 meses y 17 años. Piden extenderlo a otras patologías. “Estamos gratamente impactados”, dicen los médicos. “Nuestra obligación ahora es informar los resultados a las autoridades sanitarias y continuar con este ensayo, que dura dos años para cada paciente. Con la información científica contundente, el Estado debería disponer de esa medicación para los chicos que la necesiten”, dice Carlos Kambourian, presidente del Consejo de Administración del Garrahan.  (Clarín Tapa y pág. 28; La Nación Tapa y pág. 22)

 

El peronismo sumó un bloque aliado en Diputados y puede alcanzar el quórum
Congreso. Sergio Massa, futuro presidente de la Cámara, gestionó una alianza parlamentaria con un grupo de ocho legisladores; tres de ellos se alejaron de Juntos por el Cambio. El bloque del Frente de Todos quedó ayer integrado por 12 legisladores, con Máximo Kirchner a la cabeza, y se aseguró el apoyo de otros ocho diputados de una bancada aliada para alcanzar el quórum. Los tres diputados que Massa logró arrebatarle a Juntos por el Cambio son: Pablo Ansaloni (Buenos Aires), Antonio Carambia (Santa Cruz) y Beatriz Ávila (Tucumán). (La Nación Tapa y pág. 8)

 

Anticipan la tasa de homicidios más baja desde 2001
Estadística. La Ministra Patricia Bullrich presentó un informe de su gestión. Bullrich anticipó ayer que la tasa nacional de homicidios registrará este año 5 asesinatos cada 100.000 habitantes, por lo que será la más baja desde 2001, momento en que fue creado el registro de estadísticas criminales. La funcionaria se apoyó en ese dato para trazar e balance de los últimos cuatro años de su área. “Tuvimos una política criminal adecuada y coordinada para bajar las cifras más importantes”, aseguró Bullrich. La ministra destacó, además, que desde 2015 fueron decomisadas más de 805 toneladas de marihuana y 33 toneladas de cocaína, en una lucha contra el narcotráfico que incluyó el arresto de 107.257 sospechosos (La Nación Tapa y pág. 26)


NOTAS SECTORIALES

Economía 2020: los analistas prevén caída de actividad, inflación alta y dólar a $86
Por María Iglesia. Surge de proyecciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que se contrastan con los pronósticos del Gobierno de Macri: estimaban crecimiento de 1% el año próximo. El gobierno de Alberto Fernández presentará un proyecto de presupuesto para el año próximo dos días después de asumir. En eso trabajan los economistas de núcleo duro del Frente de Todos, para llegar al 12 de diciembre con las principales variables macro establecidas, que servirán de brújula para la economía en general. Pero además darán una pista de cuán agresiva será la quita en la negociación de la deuda, que empezaría luego del 10 de diciembre (ver pág. 9). En el equipo económico, los números del pronóstico de PBI, inflación y dólar los tienen guardados herméticamente. (El Cronista, Tapa y pág 8 y F&M Tapa)

 

Lecap: el mercado teme un reperfilamiento más agresivo apenas asuma Fernández
Por Julián Yosovitch. Dos días después de laasunción del nuevo gobierno, vencerán $ 52.200 millones. A comienzo de noviembre, esas letras rendían 75%, contra los 270% actuales. Crece la chance de un re-reperfilamiento. El mercado ve cada vez más cercana la posibilidad de que las Letes y Lecap sufran un nuevo reperfilamiento o una reestructuración más agresiva. La curva de Lecap no solo se invirtió tras las elecciones de octubre, sino que también la parte corta se desplazó al alza, reflejando la mayor incertidumbre de corto plazo alrededor de dicho activo. Alberto Fernández asume el 10 de diciembre y dos días después vence la Lecap por un monto total de S 52.200 millones. A comienzo de noviembre, esa misma Lecap rendía 75% y para final de mes la tasa de dicho instrumento pasó a niveles de 346%, rindiendo actualmente 270%. (El Cronista, F&M, pág. 3)

 

Alberto Fernández lanzará el 10-D el “plan de los $100.000 millones”
Po Carlos Burgueño. Lo recibirán en los primeros meses de gestión jubilados, beneficiarios de planes sociales y trabajadores de salarios bajos. La idea es que los fondos se vuelquen al consumo. Matías Kulfas y Miguel Pesce Se lo llama, internamente, el “plan de los 100.000 millones” de pesos. Ese sería, aproximadamente, el dinero que el próximo gobierno de Alberto Fernández quiere volcar al mercado interno en los primeros meses de gestión, para reactivar la economía. El destinatario de esos desembolsos serán jubilados, trabajadores públicos y privados con salarios cercanos al mínimo de $ 18.875 y beneficiarios de planes sociales. El criterio de selección de los que recibirán los pesos es claro: se trata de un público sin capacidad de ahorro y se descarta que cualquier peso extra que perciban se destinará al consumo. (Ámbito Financiero, pág. 2)

 

REM: estiman IPC del 54,6% y dólar terminando el año a $63
Por Caetano Mohorade. Para noviembre esperan un registro del 4,1% y para diciembre, del 4,3%, con lo que se confirmaría un nuevo freno en proceso de desinflación. Para 2020 esperan cierta apreciación real del tipo de cambio. La inflación esperada para 2019 se redujo al 54,6% (-1,1 p.p. con respecto al informe anterior), aunque todavía alcanzará un máximo desde 1991, superando así al 47,6% observado el año pasado. Así lo indicó el Banco Central al divulgar los datos del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM), que anticipa una suba de precios del 43% para el año que viene. En esta línea, las proyecciones para el dato de noviembre se mantuvieron en 4,1% mensual, lo que implicaría una aceleración frente al 3,3% que informó el INDEC para octubre. (Ámbito Financiero, pág. 5)

 

La UIA teme objetivos políticos y no comerciales en los aranceles de EE.UU.
Por Ariel Maciel. Las importaciones de aluminio representan 2,1 % y las de acero y hierro, menos del 0,6%. Los industriales prendieron las alarmas por la decisión de Donald Trump de reinstalar los aranceles al acero y al aluminio de los productos con valor agregado argentino. El Comité Ejecutivo de la UIA habló de “preocupación” al destacar que “Estados Unidos representa un mercado relevante para estos productos argentinos, en tanto que para ellos apenas representa el 2,1% de las importaciones de productos de aluminio y 0,6% de productos de acero y hierro”. Los empresarios fabriles temen que detrás de la medida de Trump existan razones de índole político no comercial debido a que la incidencia de los productos argentinos que ingresan a EE.UU. (BAE, pág. 3)

 

Vidal asegura que deja la provincia con un nivel de déficit menor al que recibió
La gobernadora presentó su balance de gestión. “No me voy con el bolsillo pesado”, aseguró Vidal Aúna semana de dejar el cargo en manos de Axel Kicillof, la gobernadora María Eugenia Vidal realizó un balance de su gestión al frente de la provincia de Buenos Aires, en el que aseguró que dejará un distrito “más sólido” desde lo financiero.Acompañada por todo su equipo de ministros, Vidal remarcó que la próxima gestión va a encontrar “una suma de recursos de coparticipación automática” que “no dependen de la voluntad del futuro Presidente”.”Cuando llegamos en 2015 había 179 millones de pesos. (BAE, pág. 18)

 

 

Empresas
Itaú lanza nuevo modelo de atención 100% digital
Itaú Argentina inauguró Agencia Digital, un nuevo modelo de atención remota y Online, con un canal 100% digital y con horario extendido. La inversión para crear este nuevo espacio ascendió a 40 millones de pesos. Tiene una dotación de 25 empleados. (BAE)

TITULOS DESTACADOS

Cristina declaró, increpó a los jueces y dijo: “La historia ya me absolvió”
Tema del Día. Corrupción en la obra pública. Acusada de liderar una asociación ilícita que favoreció a Lázaro Báez en concesiones viales por $46 mil millones, declaró en indagatoria durante tres horas ante el Tribunal Oral Federal 2. “¿Responder preguntas? Preguntas tienen que contestar ustedes”, interpeló a los jueces. Sostuvo que la responsabilidad de las decisiones que se le imputan era de los jefes de Gabinete. Y dijo: “Van a tener un problema si los llaman porque van a tener que llamar al Presidente de la República. Pero sería interesante escucharlo”, en obvia referencia a Alberto Fernández (Clarín Tapa y pág. 3: La Nación Tapa y pág 6)

 

Una medida de Trump castiga exportaciones por U$S700 millones
Acero y aluminio. Sorpresivamente, y a través de un tuit, el presidente de Estados Unidos anunció que aplicará un arancel del 10% a las exportaciones de aluminio y otro del 25% a las de acero, tanto de Argentina como de Brasil. En el caso argentino, se exportan unos U$S500 millones de aluminio y otros U$S200 millones de tubos de acero para la industria petrolera. Trump señaló que las devaluaciones en ambos países perjudicaban a los productores agrícolas de su país y reaccionó con esta medida. Para los expertos, es una advertencia por el acercamiento a China tanto de Bolsonaro como de Macri (Clarín Tapa y pág. 8; La Nación Tapa y pág 16)

 

Más de la mitad de los alumnos de 15 años no entienden lo que leen
Pruebas PISA en Argentina. Desde 2006 los resultados están prácticamente estancados. Además, 7 de cada 10 estudiantes no pueden resolver un cálculo matemático básico. Surge del último estudio internacional sobre la calidad educativa. La Argentina quedó en el puesto 63 sobre 77 países evaluados (Clarín Tapa y pág. 30; La Nación Tapa y pág 24)

La economía chilena sufre las protestas
Malestar. En octubre, tuvo la mayor caída de los últimos diez años. La economía de Chile se contrajo un 3,4% en octubre respecto del mismo mes del año anterior. El descenso de la actividad es el índice más bajo desde julio de 2009, cuando la caída fue del 4%. El Banco Central Chileno anunció una baja n el índice mensual de actividad económica y señaló que los sectores más afectados fueron la educación, el transporte, los servicios, restaurantes y hoteles. (La Nación Tapa y pág 2)

Messi, el coleccionista de oro
LA vitrina de Lionel Messi reluce todavía más. El argentino ganó su sexto Balón de Oro y se convirtió en el futbolista que más veces lo conquistó, al superar por uno a Cristiano Ronaldo. A diez años del prime logro, en 2009, el tiempo parece no transcurrir para el crack de Barcelona, que también se impuso en el 2010, 2011, 2012, 2015 y 2019. “Nunca dejé de soñar, de seguir queriendo crecer”, afirmó el rosarino (La Nación Tapa y Deportes)


NOTAS SECTORIALES

El Banco Central salió a vender reservas para frenar al dólar
Por. Sofía Bustamante. ROZÓ LOS $ 60- El tipo de cambio abrió al alza, pero para evitar que pase los $ 60 el BCRA salió a vender por primera vez desde que endureció el cepo. El billete no mostró cambios, cayó el blue y subió el contado con liqui. En la primera rueda de diciembre se incrementó la demanda de dólares, a tal punto que el Banco Central (BCRA) salió a contenerlo con ventas que, calcularon en la City, rondaron los u$s 50 millones. Las reservas cayeron u$s 40 millones en la jornada. La cotización se acercaba a los $ 60 cuando apareció el BCRA. Tras tocar $ 59,99, la divisa retrocedió por la intervención oficial. El mayorista cerró en $ 59,97, tres centavos y medio más que en la víspera. A diferencia de otras ruedas, el BCRA vendió sin intermediarios. (El Cronista, tapa y pág. 2)

 

Las retenciones impulsaron la recaudación, que creció el 58,2%
Por MARÍA IGLESIA. Temor a suba de impuestos. La aceleración del ritmo de las exportaciones, preventiva de un cambio en el esquema de impositivo, empujaron en noviembre los ingresos tributarios a $474.870 millones. Con un fuerte impulso de las retenciones, que se ubicaron unos S 20.000 millones por encima del promedio de los últimos meses, la recaudación creció un 58,2% en noviembre en comparación con igual mes del año pasado, por arriba de la inflación. Sin computar los derechos de exportación los ingresos tributarios registraron una caída real de 3,1%, estimaron en el Iaraf. Ante un cambio en el esquema actual con respectos a los derechos de exportación, y la obligación de pagar este tributo al momento de hacer la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), las retenciones treparon un 265% interanual hasta los $ 53.764 millones, según detalló ayer el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, en su última conferencia de prensa. (El Cronista, pág. 10)

 

CGT se estrena como pata gremial de Alberto con marcha y blanqueo
Por Mariano Martín. Vuelta a la actividad para la mayor organización sindical. La central obrera reunirá hoy su Consejo Directivo para resolver una movilización el 10 para la asunción del presidente electo. “Gordos” e “independientes” suman aliados para despejar el fantasma de Hugo Moyano. La CGT prepara para el martes que viene su debut como brazo sindical del Gobierno de Alberto Fernández con una participación estelar en la movilización programada para ese día a la Plaza de Mayo. La integración de la central a ese acto será el eje de un encuentro esta mañana del Consejo Directivo de la organización, el primero desde el triunfo en el Frente de Todos en las elecciones nacionales. Allí, además, se plasmará una voluntad unionista de los gremios tradicionales con la condonación de deudas de sindicatos -no los de la CTA- que volverán a la organización para acoplarse en agosto al proceso de renovación de autoridades. (Ámbito Financiero, pág. 14)

 

La soja y el impuesto al cheque sostienen la recaudación
Por Carlos Lamiral. En noviembre los ingresos tributarios superaron a la inflación: +58,2%. Por la liquidación de exportadores se obtuvieron el mes pasado unos $20.000 millones. En noviembre los ingresos tributarios superaron a la inflación: +58,2% . La recaudación fiscal de noviembre creció 58,2% con relación a igual período del año pasado, lo que implicó en términos reales una mejora de 6 puntos por encima de la inflación Así, Leandro Cuccioli, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pudo anunciar un dato fiscal positivo, gracias a unos $20.000 millones extraordinarios que aportaron exportadores que se apuraron a liquidar sus granos para evitar ser alcanzados por un incremento al 35% de las retenciones que se supone va a ordenar Alberto Fernández cuando asuma el martes. (Ámbito Financiero, pág. 5)

 

Vidal le reza a Macri para no defaulfear mientras Alberto reescribe el Presupuesto 2020
Por Noelia Barral Grigera. A María Eugenia Vidal le quedan cuatro días para encontrar $ 5.200 millones y evitar el default de un bono de la provincia que vence el viernes. Pero, en tiempo de descuento, a la gobernadora se le acaban las recetas y no parece encontrar salida. Reacia a dejar el gobierno igual que su hasta ahora jefe político, Mauricio Macri, Vidal intenta que el directorio del Banco Provincia vote un canje voluntario del bono (es decir, diferirle el pago por un año a la provincia) al que se resisten no sólo los cuatro directores por la oposición, sino también el director por la UCR, Diego Rodrigo, y hasta el vicepresidente de la institución, Carlos Pérez, un hombre del ministro Hernán Lacunza. (BAE, pág. 15)

 

Sin definiciones ministeriales, hubo fuerte incertidumbre empresaria en el Council
Por Ariel Maciel. Lacunza admitió errores, pero aconsejó pagar la deuda. El clima de incertidumbre se apoderó entre los empresarios más poderosos del país, locales y extranjeros. Así se vivió ayer en el Council of the Americas que se desarrolló en Buenos Aires y que tuvo a dirigentes del Frente de Todos y funcionarios del saliente gobierno nacional. Un mix que no logró calmar las ansias del sector privado por conocer detalles del futuro plan económico ni siquiera los nombres que conducirán la próxima administración. Por el salón de eventos del Alvear Palace Hotel pasaron muchos empresarios por los pasillos e incluso con reuniones privadas en el restaurante, pero la presencia para escuchar a los panelista fue menor a otras ediciones, e incluso con menor atención e intensidad en la participación que en otras veces. (BAE, pág. 7)

 

Empresas
Ferrum vende una de sus fábricas por u$s2,6 millones
Ferrum, la firma de sanitarios y artículos para la construcción anunció recientemente que acordó la venta de una de sus unidades productivas dedicada a la fabricación de tableros de madera (MDF) ubicada en la provincia de Santa Fe y por la que recibirá u$s2,6 millones. Según detalla la firma en el escrito enviado a la Bolsa de Comercio, la transacción comprende “los inmuebles, bienes de uso, bienes de cambio y personal”, de su unidad de negocios Tableros Guillermina localizada en el Departamento General Obligado, de la provincia de Santa Fe. (Ámbito financiero)

 

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2019

VISTO el Expediente EX-2019-95164270-APN-GA#SSN, la Ley N° 20.091, el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), y

CONSIDERANDO:

Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN debe contribuir al bien común, mediante el dictado de normativa tendiente a la protección integral de los derechos de asegurados y asegurables.

Que el Punto 23.9.1.2. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias; en adelante R.G.A.A.) establece que las entidades no podrán operar de manera conjunta en cualquiera de las ramas comprendidas en los incisos i) y o) del Punto 30.1.1.1. del citado cuerpo normativo.

Que tal exigencia debe ser plasmada en la normativa que establece los criterios mínimos y obligatorios que deben contemplar las entidades en la elección de su denominación social.

Que en virtud de lo precedentemente expuesto, corresponde modificar el inciso a) del Punto 7.1.1. del R.G.A.A., ampliando los criterios actualmente previstos sobre el particular.

Que por su parte, el Artículo 57 de la Ley N° 20.091 establece que queda prohibida la publicidad que contenga informaciones falsas, capciosas o ambiguas o que pueda suscitar equivocación sobre la naturaleza de las operaciones, la conducta o situación económico-financiera de un asegurador o respecto de los contratos que celebre así como el empleo de medios incorrectos o susceptibles de inducir a engaño para la obtención de negocios.

Que en ese orden de ideas, corresponde reglamentar el referido Artículo 57, a efectos de implementar herramientas que permitan garantizar a los asegurados y asegurables el pleno conocimiento de la identidad de la persona jurídica con quién van a contratar un seguro.

Que la Gerencia de Autorizaciones y Registros ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Gerencia Técnica y Normativa se expidió en lo atinente a su órbita competencial.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que el Artículo 67 inciso b) de la Ley N° 20.091 confieren facultades para el dictado de la presente Resolución.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el inciso a) del Punto 7.1.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), por el siguiente:

“a) Denominación:

Las entidades aseguradoras y reaseguradoras sujetas a la supervisión de la SSN, deben ajustarse a los siguientes criterios mínimos y obligatorios para la elección de su denominación social:

I) No podrán utilizar el nombre de una aseguradora o reaseguradora en estado de Liquidación hasta vencido el plazo de DOS (2) años a contar desde la fecha del decreto de clausura del proceso;

II) La denominación no podrá contener el nombre y/o apellido de personas físicas, en particular de alguno de sus accionistas o miembros de sus Órganos de Administración o Fiscalización;

III) Solo se admitirá la denominación en idioma extranjero cuando se trate de una sucursal de empresa extranjera o cuando su principal accionista revista tal carácter, debiendo contener el término “Seguro”, “Aseguradora”, “Reaseguradora” o similar. A tal fin deberá contarse con autorización expresa de la empresa extranjera para su utilización;

IV) No podrá contener la referencia a una modalidad aseguradora cuando opere, además, en otras coberturas;

V) Las entidades deberán aclarar en su denominación si comercializan seguros patrimoniales o de personas, incluyéndose en la misma tales vocablos, según operen en una u otra modalidad.

Las pautas previstas en este artículo resultan ser enunciativas, pudiendo la SSN observar la utilización de nombres que pudieran inducir a confusión a los asegurados, asegurables y terceros.

Lo dispuesto en los apartados I a V precedentes, regirá para:

i. Inscripción de nuevas aseguradoras y reaseguradoras;

ii. Cambio de denominación de entidades existentes;

iii. Autorización de nuevos ramos.”.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase el Punto 57 al Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), con el texto que se transcribe a continuación:

“57. Prohibición de publicidad equívoca

Las entidades están obligadas a hacer expresa mención de su denominación social, sin usar abreviaturas o cualquier otro tipo de referencia, en toda publicidad, promoción y/u oferta de seguros que realicen, mediante soportes publicitarios tradicionales o no convencionales, a través de un medio gráfico, audiovisual, digital, televisivo y/o cinematográfico o radial.”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Pazo

e. 03/12/2019 N° 93095/19 v. 03/12/2019

Fecha de publicación 03/12/2019

TITULOS DESTACADOS

En medio del debate interno, Alberto busca reforzar Producción y Transporte
La definición del Gabinete. Después de los cambios introducidos en la última semana por pedido de Cristina Kirchner, y que dejaron afuera a candidatos de Massa, el presidente electo se inclina por Matías Kulfas para encabezar un Ministerio de Producción que tendrá a su cargo Energía y Minería. Transporte sumaría a la estratégica Obras Públicas, y estaría a cargo de Gabriel Katopodis. A Seguridad, con el guiño de la ex presidenta, iría Sabina Frederic, muy cercana al CELS (Clarín Tapa y pág. 6)

 

Declara Cristina: por primera vez un vice electo será indagado por corrupción
Juicio histórico. Ante el Tribunal Federal 2, la ex presidenta y actual compañera de fórmula de Alberto F. lo hará por su rol en la adjudicación de obras viales a las firmas de Lázaro Báez. Ni dijo si responderá preguntas de los jueces. Su estrategia será considerarse “una perseguida política”. Además, criticó ayer en duros términos al Tribunal por haber negado la transmisión en vivo de su defensa. Cristina Kirchner, que tiene diez procesamientos firmes y dos pedidos de prisión preventiva, declarará hoy por las denuncias de irregularidades en la adjudicación de 51 contratos de obras públicas viales en Santa Cruz (Clarín Tapa y pág. 3; LA Nación Tapa y pág. 8)

 

Epuyén, el pueblo que después del drama vuelve a ponerse de pie
A un año del brote de hantavirus. Los pobladores de la localidad chubutense se recuperan de las secuelas de la crisis sanitaria que derivó en 11 muertos, 34 contagios y 85 personas aisladas, y que paralizó durante  toda la temporada la actividad turística, su principal fuente de ingresos. Actualmente el peligro quedó atrás y poco a poco la vida en el lugar recobra su ritmo normal. El último fin de semana largo hubo un 70% de ocupación, y las reservas para el verano ya superan el 40%, con tendencia en alza. Esperan, en los próximos meses, más de 120 mil turistas. Lejos de la pesadilla, los vecinos se concentran en lo que viene (Clarín Tapa y pág. 24)

 

Reunidos por la memoria del Holocausto
Por Jaime Rosemberg.  La reapertura del Museo del Holocausto reunió ayer a representantes de casi todo el espectro político. El presidente Mauricio Macri lo visitó por la mañana. Luego, en un acto en que la grieta pareció quedar de lado, los gobernadores María Eugenia Vidal y Juan Manzur, el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y el diputado Sergio Massa, además de Miguel Ángel Pichetto y Eduardo “Wado” de Pedro, participaron de la inauguración. El museo funciona en un antiguo edificio de más de 3000 metros cuadrados perteneciente a una desaparecida empresa de electricidad. La exposición permanente posee 1554 metros cuadrados y fue montada por un equipo interdisciplinario conformado por sobrevivientes, historiadores, museólogos, educadores, arquitectos, técnicos multimedia les y diseñadores gráficos. (La Nación Tapa y pág. 15)

 

El repunte en 2020 será moderado y progresivo
Por Guillermo Oliveto. En emnos de 10 días comienza otro tiempo político y económico en la Argentina. En simltáneo, se iniciará un nuevo ciclo del consumo que se presume-y se promete- expansivo. ¿Cómo será? ¿Qué características salientes habrá que identificar a tiempo para ajustar las estrategias de las empresas, la promesa de sus marcas y los mensajes a comunicar? ¿Cómo aprovechar las oportunidades por venir? En los últimos 30 años el consumo ha tenido dos grandes ciclos expansivos con identidad propia: el menemismo y el kirchnerismo. Ideológicamente antitéticos, ambos fueron efectivos para incrementar la capacidad de compra de buena parte de la población por muchos años. Lo que viene: siendo que gobernará un frente que contiene al kirchnerismo y al peronismo, todo haría suponer que el nuevo ciclo expansivo de consumo (el tercero), en caso de poder concretarse, tendría más parecidos con el que ya se dio en el anterior gobierno que con el de los 90. Sin embargo, ninguna época es exactamente igual a otra. (La Nación Tapa y pág. 17)


NOTAS SECTORIALES

Para reforzar la caja, también estudian aplicar retenciones a las exportaciones de carnes
Por Paula López. Mandará la caja. Más allá de contener precios internos, se analiza por estas horas que la exportación de cortes bovinos tribute entre 10% y 15% para garantizar que el boom exportador engrosé los ingresos públicos. La suba de retenciones que tiene en carpeta el presidente electo Alberto Fernández, para reforzar la caja fiscal en al menos el primer tramo de gobierno, no se agota en la soja, el maíz y el trigo. Los equipos técnicos tienen sobre la mesa también a otras actividades agropecuarias, entre ellas la emblemática carne vacuna. Hoy, con un mercado doméstico más que deprimido por la recesión y la pérdida del poder adquisitivo de los salarios, que hace que los consumidores no convaliden grandes incrementos de precios tras reducir su consumo hasta 52 kilos per cápita por año (desde los casi 65 del último tramo kirchnerista), la industria cárnica se concentró en los negocios de exportación, de la mano de la insaciable demanda de China, que aceleró autorizaciones de frigoríficos para venderle. (El Cronista, Tapa y pág 4 y 5)

 

A tres meses del reperfilamiento: tasas por las nubes y mayor selectividad entre inversores
Por Julián Yosovitch. Deuda de corto plazo. La medida, anunciada el 28 de agosto último, agregó un riesgo sistémico al mercado. El default de la deuda en pesos fue histórico y dicho evento crediticio se sintió en todas las curvas de deuda local. Tres meses después de que el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, anunciara el reperfilamiento de las Letras del Tesos en pesos (Lecap) y en dólares (Letes), los efectos continúan sintiéndose en el mercado. No solo se perdió la referencia de activo sin riesgo crediticio dentro de la Argentina, sino que -además- los fondos comunes de inversión sintieron el impacto y se desalentó a los inversores a posicionarse en activos argentinos. La curva de Lecap se desplazó 20.000 puntos básicos y la de Letes (al igual que la de Lecap) se invirtió, con las tasas que pasaron de 5% al 3000% para los vencimientos mas cortos. (El Cronista,  pág 4)

 

Dólar: mejor inversión del 2019 por efecto electoral (+58,8%)
Por Caetano Mohorade. Actualmente, el alza de la moneda está contenida por restricciones del cepo hard. En el mes, bonos ajustables por CER subieron hasta un 20%. El dólar fue una de las inversiones que más rindió en el año. La afirmación no sorprende, considerando que la moneda avanzó 58,8% en lo que va del 2019, a partir de la incertidumbre que giró en torno a las elecciones presidenciales y del nerviosismo pos-PASO por el cambio de gobierno, lo que derivó en una depreciación automática del tipo de cambio del 25%. No obstante, en noviembre, la divisa avanzó apenas 0,4%, considerando que la demanda se encuentra contenida artificialmente por las restricciones a la compra de dólares de hasta u$s200 por mes. (Ámbito Financiero, pág. 6)

BCRA: la mitad de la emisión de dinero está vinculada a la compra de divisas
Por Jorge Herrera. La otra cara de la acumulación de reservas es una lluvia de pesos en el mercado. En paralelo, los depósitos privados en pesos casi ni crecen. Mientras que la sangría de los argendólares menguó fuerte. Aún restando computar las últimas tres jornadas de noviembre la expansión de la base monetaria muestra un aumento de casi 17%. Es que según los datos oficiales el BCRA ya convalidó una emisión de dinero por $276.337 millones, llevando el stock total a $1,663 billones. Al buscar “responsables” de esta emisión vale señalar que el 47% de la inyección de pesos corresponde a la compra neta de divisas por parte del BCRA. Sin embargo, en este lapso, el ente monetario apenas logró recomponer su posición de reservas netas. (Ámbito Financiero, pág. 7)

 

Cambiemos terminará su gestión con un desplome de 10% en la inversión productiva
Por Mariano Cúparo Ortiz. La extranjera tampoco ayudó; se redujo 37% en el primer semestre. La gestión del actual Gobierno finalizará con una caída del 10% en la inversión productiva, el indicador fetiche de los cuadros técnicos que lideraban el equipo inicial de Cambiemos. Las señales pro mercado no surtieron efecto en la búsqueda de una lluvia de inversiones que inundara de dólares sostenibles a la economía. Y es que, como contrapartida, la pérdida del salario y la precarización laboral generaron caídas en el consumo y achicaron los mercados para las empresas. En los últimos dos años, la inversión productiva no dio ninguna buena señal, de la mano de la debacle cambiaría. (BAE, pág. 2)

 

Turismo, construcción y exportadores se perfilan como ganadores del supercepo
Por Juan Strasnoy Peyre. Los sectores inmobiliario e importador, entre los perdedores. Energía, a la espera de definiciones. A contramano de la liberalización cambiaría fundacional de la era Cambiemos, el Gobierno de Mauricio Macri se despedirá con un supercepo casi inexorable. Con la necesidad de cuidar las escasas divisas del país, Alberto Fernández sostendrá el control. Pese a que aún faltan conocerse muchos detalles de las políticas que implementará el Frente de Todos, lo seguro es que esta nueva versión del cepo dejará ganadores y perdedores entre los distintos sectores. A la luz de lo ocurrido en el control de cambios vigente entre 2012 y 2015 y de las diferencias con el contexto actual, un informe de Ecolatina proyectó que las actividades más beneficiadas por esta medida en el próximo período serán el turismo y la construcción, mientras que las más perjudicadas serán la inmobiliaria y las industrias que dependen de la importación. (BAE, pág. 3)

 

Empresas
Mercado Pago: su Fondo Común de Inversión alcanzó el millón de usuarios

Hace poco más de un año, Mercado Pago y BIND lanzaron este innovador instrumento financiero con el objetivo de brindar una solución de inversión masiva y de bajo riesgo, con rescate instantáneo y 100% digital. Con un monto promedio de $6.112 por usuario, es el primer fondo común de inversión del país destinado a que pequeños ahorristas puedan hacer sus primeros pasos invirtiendo. El monto invertido genera rendimientos día a día. La plata está siempre disponible en cualquier momento y no hay tiempo mínimo de permanencia. Además, es transparente: está regulado por la CNV y administrado y custodiado por compañías del Grupo BIND (Ambito.com)

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 141/2019

RESOL-2019-141-APN-SECMA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2019

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-103313232- -APN-SECMA#JGM, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 del 1º de Marzo de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1063 del 4 de Octubre de 2016 y 894 del 1° de Noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171-E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° 43 del 2 de Mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2019-43-APN-SECMA#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley N° 27.446 estableció que los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites a distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que utilizan el Sector Público Nacional, las provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipios, Poderes Judiciales, entes públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, Banco Central de la REPÚBLICA ARGENTINA, en

procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el Sector Público Nacional idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental electrónica, por lo que no se requerirá su legalización.

Que la citada Ley N° 27.446 asimismo dispuso que las jurisdicciones y entidades contempladas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 formularán, suscribirán y remitirán las respuestas a los oficios judiciales exclusivamente mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de Marzo de 2016 aprobó el Plan de Modernización del Estado, contemplando el Plan de Tecnología y Gobierno Digital que propuso implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto N° 561/2016 ordenó a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional, la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del citado Decreto N° 561/2016, facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el mencionado Decreto N° 1063/2016 en su artículo 11 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a dichas plataformas y módulos.

Que el Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O. 2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y simples por medios electrónicos.

Que la Resolución N° 43 del 2 de mayo de 2019 (RESOL-2019-43-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó los el “Reglamento para el uso del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE y de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) en su Anexo I, y los “Términos y Condiciones de Uso del Módulo de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)” como Anexo II.

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171-E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-EAPN- MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecieron el uso obligatorio de los módulos “Comunicaciones Oficiales” (CCOO), “Generador Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE), todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el MINISTERIO DE HACIENDA, en el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en el entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en el ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en el ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el entonces MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en el ex MINISTERIO DE SALUD, en el MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el MINISTERIO DE TRANSPORTE, en el ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, respectivamente.

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los procedimientos que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA; el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo autárquico en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA; la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD; el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL – INAES, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS – INASE, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO; la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO; la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD; el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA; la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD – SSS, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA – SENASA organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, deberán instrumentar en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE a partir del 29 de noviembre de 2019.

Que el artículo 16 de la Resolución N° 45 de fecha 7 de Mayo de 2019 (RESOL-2019-45-APN-SECMA#JGM) estableció el trámite del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL “Addenda 620 – Notificación de nómina de firmantes” debía tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) a partir del 20 de Mayo de 2019.

Que el mencionado trámite del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL cambió su denominación, por lo que resulta necesario modificar la redacción del citado artículo 16 a fin de actualizar su apelativo.

Que la presente medida no produce efectos directos sobre los administrados ni tampoco implica mayor erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervención previa del servicio jurídico permanente de esta jurisdicción en los términos del artículo 7° inciso d) de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y sus modificatorias.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Cambios Posteriores a la Demostración de Bioequivalencia

b) Presentación de estudios de bioequivalencia realizado en el exterior

c) Presentación de Resultados de Bioexención de Estudios de Bioequivalencia por SCB o Formulaciones Proporcionalmente Similares

d) Correcciones / Rectificaciones – Ensayos de Farmacología Clínica

e) Solicitud de ampliación de importación y exportación de materiales – Ensayos clínicos

f) Verificación de cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación de Plantas sitas en el exterior

g) Enmienda al protocolo y/o consentimiento informado de estudios de investigación de farmacología clínica/bioequivalencia

h) Alta de centros para estudios de investigación de farmacología clínica

i) Baja de centros para estudios de investigación de farmacología clínica

j) Presentación de Plan de Gestión de Riesgos (PGR)

k) Informe Periódico de Actualización de Seguridad (IPAS)/Informe de Plan de Gestión de Riesgo (IPGR)

l) Informes periódicos, finales y de desvíos en estudios de investigación clínica en farmacología

m) Solicitud de inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación, con emisión de Certificado Mercosur

n) Modificación de Plan de Gestión de Riesgos (PGR)

o) Solicitud de autorización de centro para estudios de farmacología clínica

p) Cambios Posteriores a la Autorización de Estudios de Bioequivalencia

q) Cambios posteriores a la Aceptación de la Solicitud de Bioexención basada en el Sistema de Clasificación Biofarmacéutica / Formulaciones Proporcionalmente Similares

r) Retiro del Mercado / Corrección del Mercado – Notificación de inicio y seguimiento

s) Solicitud de contraverificación de análisis

t) Actualización de datos del registro de establecimientos – Productos médicos

u) Actualización de datos del registro de establecimientos – Medicamentos

v) Actualización de datos del registro de establecimientos – Productos de higiene oral de uso odontológico

w) Actualización de datos del registro de establecimientos – Productos de uso doméstico

x) Actualización de datos del registro de establecimientos – Productos cosméticos e higiene personal

y) Solicitud de certificación para la exportación a la Unión Europea de productos que contengan maní

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el siguiente procedimiento del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de excepción de certificación para importación de artefactos de gas y/o sus accesorios

ARTÍCULO 3°.- Establécese que el siguiente procedimiento del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo autárquico en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Declaración jurada – Dominio Público Pagante

ARTÍCULO 4°.- Establécese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL – INAES, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Reforma de Estatuto de Cooperativas

b) Reforma de Estatuto de Mutuales

c) Aprobación de nuevo Reglamento de Mutuales

d) Reforma de Reglamento de Cooperativas

e) Reforma de Reglamento de Mutuales

f) Aprobación de nuevo Reglamento de Cooperativas

ARTÍCULO 5°.- Establécese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS – INASE, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de actividades con Cannabis medicinal

b) Solicitud de análisis de riesgo de Organismos Genéticamente Modificados Vegetales (OGMV)

c) Solicitud de autorización de actividades contenidas o confinadas con Organismos Genéticamente Modificados Vegetales (OVGM) regulados en Argentina

ARTÍCULO 6°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de Formación Docente

b) Decreto 328/88 – Procedimiento de Comunicación Previa

c) Procedimiento de Reestructuración Productiva

d) Homologación de Cuota Sindical y Otros Aportes

e) Matrícula Periodística

f) Conflictos Colectivos de Trabajo

g) Presentación de Propuesta de Formación Profesional Sectorial

ARTÍCULO 7°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Cálculos de Blindaje Estructural

b) Aprobación de Planos de Blindaje Estructural

c) Cambio de responsable de equipos de Rx. / Láser

d) Acreditación de empresas de dosimetría

e) Baja de farmacéutico auxiliar

ARTÍCULO 8°.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de Redeterminación de Precios

b) Registro de Técnico Diagnosticador Sustentable

ARTÍCULO 9°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) PFA – Pedido de informe varios por el propio solicitante

b) PFA – Pedido de informe varios para terceros con poder

ARTÍCULO 10.- Establécese que los siguientes procedimientos de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Notificación de apertura de cuenta bancaria para embargos judiciales (Resolución SSN N° 31.773)

b) Designación de Actuario, Auditores y Sociedades de Profesionales

c) Procedimientos Administrativos y controles internos (PACI) – Informa responsable e integrantes del Comité

d) Procedimientos administrativos y controles internos (PACI) – Solicita alta de usuario en el Aplicativo PACI

e) Intermediario de Reaseguro – Presentación anual de documentación

f) Intermediario de Reaseguro – Presentación de renovación de Póliza de E&O

g) Intermediarios de Reaseguro – Baja del registro

h) Intermediarios de Reaseguro – Inscripción

i) Seguros de Caución – Cancelación de Riesgo

ARTÍCULO 11.- Establécese que los siguientes procedimientos de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD – SSS, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de Recupero de Costos por Débito Automático por parte de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada

b) Solicitud de Recupero de Costos Hospitales Públicos Gestión Descentralizada con Acta de Auditoría por Discrepancias Médicas

c) Acreditación de Pago de Obras Sociales por Facturación de Hospitales Públicos Gestión Descentralizadas

ARTÍCULO 12.- Establécese que los siguientes procedimientos de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) GNA – Condiciones de Póliza de Seguros

b) GNA – Altas y Bajas de Conceptos de Seguro de Vida

c) GNA – Solicitud de Banda de Música

d) Visita Guiada al Museo de Gendarmería Nacional

e) GNA – Solicitud de Presencia de Efectivos

ARTÍCULO 13.- Establécese que el siguiente procedimiento de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Facturación Publicidad Oficial

ARTÍCULO 14.- Establécese que los siguientes procedimientos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Exhorto Electrónico

b) Oficio Judicial Electrónico

c) Oficio Judicial Electrónico Reservado

d) Investigación Judicial Inteligente

ARTÍCULO 15.- Establécese que el siguiente procedimiento del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA – SENASA organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud Análisis de Enmiendas, fertilizantes de suelo, foliares, fertirriego y extracto húmico total / Análisis para la detección, identificación y cuantificación de insectos, nematodos, ácaros, bacterias, hongos y virus en Productos de Origen Vegetal

ARTÍCULO 16.- Establécese que el siguiente procedimiento de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de Permisos a Terceros

ARTÍCULO 17.- Establécese que el siguiente procedimiento del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a partir del 29 de noviembre de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de Creación, Modificación o Baja de Usuario CONSUMIDOR

ARTÍCULO 18.- Modifícase el artículo 16 de la Resolución N° 45 de fecha 7 de Mayo de 2019 (RESOL-2019-45-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Establécese que el siguiente procedimiento del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a partir del 20 de Mayo de 2019 deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Addenda 63 – Notificación de nómina de firmantes”

ARTÍCULO 19.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.

ARTÍCULO 20.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo Nicolás Martelli

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 140/2019

RESOL-2019-140-APN-SECMA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2019

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-103319942- -APN-SECMA#JGM, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 del 1° de Marzo de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016, 1306 del 26 de Diciembre de 2016, 894 del 1° de Noviembre de 2017 y 733 del 8 de Agosto de 2018, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de mayo de 2016, (RESOL-2016-171-E-APN-MM) del 19 de julio de 2016 y (RESOL-2016-355-E-APN-MM) del 14 de septiembre de 2016 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución N° 7 del 10 de Enero de 2017 (RESOL-2017-7-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley N° 27.446 estableció que los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites a distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que utilizan el Sector Público Nacional, las provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipios, Poderes Judiciales, entes públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, Banco Central de la REPÚBLICA ARGENTINA, en procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el Sector Público Nacional idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental electrónica, por lo que no se requerirá su legalización.

Que la citada Ley N° 27.446 asimismo dispuso que las jurisdicciones y entidades contempladas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 formularán, suscribirán y remitirán las respuestas a los oficios judiciales exclusivamente mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que el Decreto N° 434 del 1° de Marzo de 2016 aprobó el Plan de Modernización del Estado con el objetivo de alcanzar una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios.

Que el mencionado Plan de Modernización del Estado contempló el Plan de Tecnología y Gobierno Digital como uno de sus cinco ejes, y como instrumento la Gestión documental y expediente electrónico, cuyo objetivo es implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos de las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que, en consecuencia, el Decreto N° 561 del 6 de Abril de 2016 aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional.

Que el citado Decreto N° 561 del 6 de Abril de 2016 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto Nº 1063 del 4 de octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, seguimiento, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones y de uso obligatorio por parte de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional.

Que el mencionado Decreto N° 1063/2016 en su artículo 11 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a dichas plataformas y módulos.

Que el Decreto N° 1306 del 26 de diciembre de 2016 aprobó la implementación del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único medio de administración de los registros de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8 de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional.

Que el Decreto N° 894 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 T.O. 2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y simples por medios electrónicos.

Que el Decreto N° 733 del 8 de Agosto de 2018 dispuso que todos los registros de los organismos contemplados en el inciso a) del artículo 8 de la Ley N° 24.156 deben ser electrónicos, instrumentarse mediante el módulo Registro Legajo Multipropósito (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, contar con una norma de creación y utilizar la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para su interacción con el ciudadano.

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de mayo de 2016, (RESOL-2016-171-E-APN-MM) del 19 de julio de 2016 y (RESOL-2016-355-E-APN-MM) del 14 de septiembre de 2016 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecieron el uso obligatorio del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE en el entonces MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, en el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en el ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el entonces MINISTERIO DE SALUD, a partir del 10 de mayo de 2016, del 1° de agosto de 2016 y del 1° de octubre de 2016, respectivamente.

Que la Resolución N° 7 del 10 de enero de 2017 (RESOL-2017-7-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA estableció las modalidades de uso del módulo Registro Legajo Multipropósito (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que el artículo 4° de la Resolución N° (RESOL-2018-78-APN-SECMA#MM) de fecha 13 de julio de 2018 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA estableció que determinados procedimientos del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN deberían instrumentarse mediante el módulo Registro Legajo Multipropósito (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que, sin embargo, actualmente gran cantidad de dichos procedimientos aún no se encuentran operativos, por lo que resulta necesario dejar sin efecto dicho artículo 4° de la Resolución N° (RESOL-2018-78-APN-SECMA#MM).

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los trámites que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA, la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE SEGURIDAD, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA y el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, deberán registrar e implementar a través de los módulos “Registro Legajo Multipropósito” (RLM), “Expediente Electrónico” (EE) y “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que la presente medida no produce efectos directos sobre los administrados ni tampoco implica mayor erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervención previa del servicio jurídico permanente de esta jurisdicción en los términos del artículo 7° inciso d) de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y sus modificatorias.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 561/2016 y por el artículo 11 del Decreto N° 1063/2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que a partir del 28 de noviembre de 2019 el siguiente procedimiento del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA, deberá registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro de Almacenaje de Gas Natural

ARTÍCULO 2º.- Establécese que a partir del 28 de noviembre de 2019 los siguientes procedimientos del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA, deberán tramitarse a través de los módulos “Trámites a Distancia” (TAD) y “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Inscripción de Firmas en el Registro de Almacenaje de Gas Natural

b) Actualización del Registro de Almacenadores de Gas Natural

ARTÍCULO 3º.- Establécese que a partir del 28 de noviembre de 2019 el siguiente procedimiento de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS deberá registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro Nacional de Emisión de Certificados de Firma Digital

ARTÍCULO 4º.- Establécese que a partir del 28 de noviembre de 2019 el siguiente procedimiento del MINISTERIO DE SEGURIDAD deberá registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro Nacional Único de Fabricación y Comercialización de Uniformes, Distintivos e Insignias Oficiales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales

ARTÍCULO 5º.- Establécese que a partir del 28 de noviembre de 2019 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SEGURIDAD deberán tramitarse a través de los módulos “Expediente Electrónico” (EE) y “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Inscripción al Registro de Fabricación y Comercialización de Uniformes

b) Actualización del Registro de Fabricación y Comercialización de Uniformes

ARTÍCULO 6º.- Establécese que a partir del 2 de diciembre de 2019 los siguientes procedimientos de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, deberán registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro de Actuarios

b) Registro de Auditores Externos

c) Registro de Sociedades de Profesionales

d) Registro de Libros Digitales Aseguradora/Reaseguradora

ARTÍCULO 7º.- Establécese que a partir del 2 de diciembre de 2019 el siguiente procedimiento del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL deberá registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro Nacional de Empresas de Control de Plagas

ARTÍCULO 8º.- Establécese que a partir del 2 de diciembre de 2019 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL deberán tramitarse a través de los módulos “Expediente Electrónico” (EE) y “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas de Control de Plagas

b) Reinscripción en el Registro Nacional de Empresas de Control de Plagas

c) Actualización en el Registro Nacional de Empresas de Control de Plagas

ARTÍCULO 9º.- Establécese que a partir del 4 de diciembre de 2019 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SEGURIDAD deberán registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro de Operaciones sobre inmuebles en Zonas de Seguridad de Fronteras para el Ejercicio de la Policía de Radicación

ARTÍCULO 10.- Establécese que a partir del 4 de diciembre de 2019 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SEGURIDAD deberán tramitarse a través de los módulos “Expediente Electrónico” (EE) y “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Policía de Radicación en Zona de Seguridad de Fronteras

b) Presentación de Escritura Previa Conformidad

ARTÍCULO 11.- Déjase sin efecto el Artículo 4 de la Resolución N° (RESOL-2018-78-APN-SECMA#MM) de fecha 13 de julio de 2018 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 12.- Establécese que a partir del 4 de diciembre de 2019 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE TRABAJO Y PRODUCCIÓN deberán registrarse a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE:

a) Registro de Unidades Capacitadoras (UCAP)

b) Registro de Fabricantes de Automotores Producidos Artesanalmente o en Bajas Series

c) Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos

d) Registro Nacional de Incubadoras

e) Registro de Productores (Exención Arancelaria 2%)

f) Registro Nacional de Defensa de la Competencia

g) Registro de Contratos de Exportación Llave en Mano

ARTÍCULO 13.- Comuníquese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.

ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo Nicolás Martelli

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 284/2019

RESOL-2019-284-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-99735915-ANSES-DAFYD#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.714, 27.160, 27.426, 27.431 y sus modificatorias, los Decretos N° 110/2018 de fecha 7 de febrero de 2018, N° 702/2018 de fecha 26 de julio de 2018 y Nº 186 de fecha 12 de marzo de 2019, las Resoluciones N° RESOL-2018-61-ANSES-ANSES de fecha 12 de abril de 2018, N° RESOL-2019-130-ANSES-ANSES de fecha 15 de mayo de 2019, N° RESOL-2019-222-ANSES-ANSES de fecha 28 de agosto de 2019, N° RESOL-2019-27-APN-SESS#MSYDS de fecha 06 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias, se instituyó, con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional; para los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y del Seguro de Desempleo; para aquellas personas inscriptas y con aportes realizados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) establecido por la Ley N° 24.977, sus complementarias y modificatorias; para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios del régimen de pensiones no contributivas por invalidez, y para la Pensión Universal para el Adulto Mayor; como así también para los beneficiarios de la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

Que la Ley N° 27.160 dispone que serán móviles los montos de las Asignaciones Familiares y Universales y los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma.

Que la Ley N° 27.431 modificó el segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160, determinando que el cálculo de la movilidad se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que el artículo 1° de la Ley N° 27.426 sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, en el sentido de que la movilidad de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la ley 24.241 y sus modificatorias, se basará en un setenta por ciento (70%) en las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un treinta por ciento (30%) por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), conforme la fórmula que se aprueba en el Anexo de la presente ley, y se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario.

Que el artículo 4° del Decreto N° 110/2018 determinó que esta Administración, según las facultades otorgadas por el artículo 3° de la Ley N° 27.160 y su modificatoria, actualizará los montos de las asignaciones familiares y los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro a partir del 1° de marzo de 2018, aplicando la movilidad conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que el artículo 1° del Decreto N° 702/2018 estableció los límites mínimo y máximo de ingresos aplicables a los beneficiarios de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, siendo el límite mínimo equivalente a UNA (1) vez la base imponible mínima previsional prevista en el artículo 9° de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.

Que el artículo 4° del mismo plexo normativo determinó que el límite mínimo de ingresos previsto no resulta aplicable a los beneficiarios de la Prestación por Desempleo establecida en la Ley N° 24.013.

Que el artículo 1° del Decreto Nº DECTO-2019-186-APN-PTE dispuso aplicar un CUARENTA Y SEIS POR CIENTO (46%) en el monto de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social, que será liquidado a partir del mes de marzo de 2019, el cual contiene la movilidad prevista en la Resolución Nº RESOL-2019-75-ANSES-ANSES, y las que resulten acumuladas durante el Ejercicio del año 2019.

Que el artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2019-130-ANSES-ANSES modificó los montos establecidos en el Anexo V de la Resolución N° RESOL-2019-75-ANSES-ANSES, para los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social.

Que la Resolución N° RESOL-2018-61-ANSES-ANSES modificó el artículo 1° de la Resolución D.E.-N N° 616/15, en el sentido de que la movilidad establecida por la Ley N° 27.160 será de aplicación: a) Para las asignaciones familiares de pago mensual que se perciban a partir de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año; b) para las asignaciones familiares de pago extraordinario por los hechos generadores que se produzcan a partir de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año; c) para las asignaciones universales que se perciban a partir de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año.

Que en cumplimiento de lo establecido en el inciso k), del art. 18 de la Ley Nº 24.714, el monto a abonar de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social, es equivalente a la mayor suma fijada para la asignación familiar por hijo y la asignación familiar por hijo con discapacidad, según el caso, por lo que corresponde adecuar dicho monto conforme el porcentaje de movilidad acumulada del presente año calendario.

Que la Resolución N° RESOL-2019-222-ANSES-ANSES, estableció el límite de ingresos máximo aplicable a los titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, correspondiente al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto N° 1.667/12, será de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL CIENTO NOVENTA ($129.190).

Que el artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2019-27-APN-SESS#MSYDS determinó que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de diciembre de 2019 es de 8,74% (OCHO CON SETENTA Y CUATRO POR CIENTO), conforme la fórmula obrante en el ANEXO I de la Ley N° 27.426.

Que mediante documento N° IF-2019-98321715-ANSES-DAFYD#ANSES, la Dirección Previsional dependiente de la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos de esta ANSES informó que la base mínima para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), aplicable a partir del mes de diciembre de 2019 es de $4.893,25 (PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON VEINTICINCO CENTAVOS).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2.741/91, el Decreto Nº 58/15, y los artículos 3° y 7° de la Ley N° 27.160.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- El valor de la movilidad prevista en el artículo 1° de la Ley N° 27.160 y sus modificatorias, correspondiente al mes de diciembre de 2019, es de 8,74 % (OCHO CON SETENTA Y CUATRO POR CIENTO), conforme lo previsto en el Artículo 32 de la Ley N° 24.241.

ARTÍCULO 2º.- El tope mínimo, los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales contempladas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias a partir de diciembre de 2019, serán los que surgen de los Anexos I (IF-2019-103190275-ANSES-DGDNYP#ANSES), II (IF-2019-103190353-ANSES-DGDNYP#ANSES), III (IF-2019-103190480-ANSES-DGDNYP#ANSES), IV (IF-2019-103190568-ANSES-DGDNYP#ANSES), V (IF-2019-103190718-ANSES-DGDNYP#ANSES) y VI (IF-2019-103190802-ANSES-DGDNYP#ANSES) de la presente Resolución, abonándose de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 1° de la Resolución D.E.-N N° 616/2015.

ARTÍCULO 3º.- Cuando por aplicación del índice de movilidad y del coeficiente establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 27.160, el monto de las Asignaciones Familiares y Universales, y/o el valor de los rangos de ingresos del grupo familiar resulte con decimales, se aplicará redondeo de los decimales al valor entero siguiente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Emilio Basavilbaso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 02/12/2019 N° 92734/19 v. 02/12/2019

Fecha de publicación 02/12/2019