Resolución 39553/2015

 

EXPEDIENTE SSN N° 0004378/15. CNA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (actualmente QBE ARGENTINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.) CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS

 

SÍNTESIS:

 

11/11/2015

 

VISTO… y CONSIDERANDO…

 

EL SUPERINTENDENTE

DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Conformar el cambio de denominación de QBE ARGENTINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., entidad que en lo sucesivo ha de llamarse EXPERIENCIA ART S.A. y la consecuente reforma del Artículo 1° del Estatuto Social, tal como fuera decidido por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de julio de 2015 y por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 10 de agosto de 2015.

 

ARTÍCULO 2° — Dar intervención a la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA a los fines establecidos en los Artículos 5° y 167 de la Ley N° 19.550.

 

ARTÍCULO 3° — Oportunamente hágase saber a la Gerencia de Autorizaciones y Registros.

 

ARTÍCULO 4° — Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.

 

Fdo. Lic. Juan A. BONTEMPO. SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

 

 

 

 

Resolución 39566/2015

 

EXPEDIENTE N° SSN: 0005544/2015 “REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, PUNTO 35”.

 

SÍNTESIS:

 

13/11/2015

 

VISTO… Y CONSIDERANDO…

 

EL SUPERINTENDENTE

DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Sustituir el inciso k) del Punto 35.8.1. del REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA aprobado mediante Resolución SSN N° 39.531 de fecha 5 de Noviembre de 2015, por el siguiente:

 

“k) Títulos de deuda, Fideicomisos Financieros, Cheques de Pago Diferido avalados por Sociedades de Garantía Recíproca creadas por la Ley N° 24.467, autorizados para su cotización pública; Pagarés Avalados emitidos para su negociación en mercados de valores de conformidad con lo establecido en la Resolución General N° 643/2015 de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES; Fondos Comunes de Inversión PYME, Productivos de Economías Regionales e Infraestructura; y de Proyectos de Innovación Tecnológica, Activos u otros Valores Negociables cuya finalidad sea financiar proyectos productivos o de infraestructura a mediano y largo plazo en la República Argentina.

 

Las entidades de Seguros Generales, de Seguros de Vida y las Entidades Reaseguradoras deben invertir un mínimo del DIECIOCHO POR CIENTO (18%) del total de las inversiones (excluido inmuebles), y hasta un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) del total de las inversiones (excluido inmuebles) en instrumentos que financien proyectos productivos o de infraestructura.

 

Las entidades de Seguros de Retiro deben invertir un mínimo del CATORCE POR CIENTO (14%) del total de las inversiones (excluido inmuebles), y hasta un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) del total de las inversiones (excluido inmuebles) en instrumentos que financien proyectos productivos o de infraestructura.

 

Las entidades aseguradoras de Riesgos de Trabajo deben invertir un mínimo del OCHO POR CIENTO (8%) del total de las inversiones (excluido inmuebles), y hasta un máximo del VEINTE POR CIENTO (20%) del total de las inversiones (excluido inmuebles) en instrumentos que financien proyectos productivos o de infraestructura. El Comité de Elegibilidad de las Inversiones para las Compañías Aseguradoras y Reaseguradoras del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, establecerá las distintas inversiones elegibles, a fin de cumplir con lo previsto en el presente inciso.

 

Los Fondos Comunes de Inversión que sean aprobados por el Comité de Elegibilidad de las Inversiones para las Compañías Aseguradoras y Reaseguradoras serán computables a los efectos del presente inciso en la medida que cumplan con las siguientes condiciones:

 

I) Fondos Comunes de Inversión PYME:

 

Al 30 de septiembre de 2015, los Fondos Comunes de Inversión PYME que destinen como mínimo el SESENTA POR CIENTO (60%) de su patrimonio a inversiones elegibles en el marco del presente inciso.

 

Al 31 de diciembre de 2015, los Fondos Comunes de Inversión PYME que destinen como mínimo el SESENTA POR CIENTO (60%) de su patrimonio a inversiones elegibles en el marco del presente inciso, y como mínimo el QUINCE POR CIENTO (15%) de dicho patrimonio no sean cheques de pago diferido.

 

A partir del 31 de marzo de 2016, los Fondos Comunes de Inversión PYME que destinen como mínimo el SESENTA POR CIENTO (60%) de su patrimonio a inversiones elegibles en el marco del presente inciso, y como mínimo el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de dicho patrimonio no sean cheques de pago diferido.

 

II) Fondos Comunes de Inversión abiertos para proyectos productivos de economías regionales e infraestructura:

 

Al 30 de septiembre de 2015, los Fondos Comunes de Inversión abiertos para Proyectos Productivos de economías regionales e infraestructura que destinen como mínimo el TREINTA POR CIENTO (30%) de su patrimonio a inversiones elegibles en el marco del presente inciso (excluido cheques de pago diferido).

 

Al 31 de diciembre de 2015, los Fondos Comunes de Inversión Abiertos para Proyectos Productivos de Economías Regionales e Infraestructura que destinen como mínimo el CUARENTA POR CIENTO (40%) de su patrimonio a inversiones elegibles en el marco del presente inciso (excluido cheques de pago diferido).

 

A partir del 31 de marzo de 2016, los Fondos Comunes de Inversión Abiertos para Proyectos Productivos de Economías Regionales e Infraestructura que destinen como mínimo el SESENTA POR CIENTO (60%) de su patrimonio a inversiones elegibles en el marco del presente inciso (excluido cheques de pago diferido).

 

III) Las inversiones que realicen las entidades aseguradoras y reaseguradoras en Fondos Comunes de Inversión sólo serán computadas por el proporcional del patrimonio que dicho Fondo Común de Inversión haya invertido adecuadamente conforme los parámetros mencionados anteriormente.

 

A tal efecto, el Comité de Elegibilidad de Inversiones para las Compañías Aseguradoras y Reaseguradoras determinará el porcentaje de cumplimiento para cada Fondo Común de Inversión según la última información de la cartera suministrada por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES antes de la fecha de cierre de cada Estado Contable”.

 

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.

 

Fdo. Lic. Juan A. BONTEMPO. SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

TITULOS DESTACADOS

 

Macri lució tranquilo, frente a un Scioli tenso

El jefe opositor se vio distendido. El candidato oficialista se mostró agresivo y nervioso en el arranque. Cruzaron muchas chicanas y no salieron de sus libretos. Macri buscó asociar a su oponente con el Gobierno. Y Scioli quiso acorralarlo con el impacto de una eventual devaluación. Todas las encuestas inmediatas dieron ganador a Macri. (Clarín)

 

Duras acusaciones y falta de respuestas marcaron el debate

Macri y Scioli se cruzaron con intensidad y evitaron las preguntas incómodas; el candidato de Cambiemos buscó vincular a su rival con los 12 años de kirchnerismo; el del FPV le atribuyó a su oponente la intención de ocultar un ajuste y una devaluación. (La Nación)

 

Masivo bombardeo de Francia en Siria

Lo lanzó en Raqqa, el bastión del grupo terrorista que mató a 129 personas el viernes en la capital francesa. El operativo fue coordinado con EEUU. Buscan a un terrorista clave en la masacre. (Clarín, La Nación)

 

Pese al estado de shock, París no se da por vencida y vuelve a salir a la calle

Miles de franceses desafiaron el pánico y marcharon en favor de la libertad. (La Nación)

 

Alquileres, colegios y autos le ganan a la inflación

En todos los casos, los aumentos de precios acumulados durante 2015 superan ampliamente el índice general; los alimentos quedaron rezagados. (La Nación)

 

Colombia siempre está

Desde el 0-5 hasta Sabella, ha sido decisiva para el seleccionado. (La Nación)

 

 

 

 

 

 

NOTAS SECTORIALES

 

Acciones del panel general trepan hasta 90% en el mes

Las expectativas electorales empujaron a muchos inversores a buscar oportunidades en el panel general y desencadenaron subas de hasta 92% entre las acciones no líderes de la Bolsa porteña. El apetito está concentrado principalmente en las empresas de los sectores agrícola, de la construcción y energético, que en el mercado consideran serían los más beneficiados en caso de que Mauricio Macri resulte ganador en el balotaje del próximo 22 de noviembre. (Buenos Aires Económico – Sección: Economía – Pág. 9)

 

Lebac: el Central deberá pagar $ 90.000 M en 2016

El stock de Lebac emitido asciende a $ 316.000 millones y aumentó un 46% en relación con el nivel de un año atrás. El Central deberá como mínimo renovar todo lo que vence durante 2016. Y las tasas que viene pagando rozan el 30% (era el 16% a principios de 2014, para utilizarlo como fecha de referencia).Por lo tanto, si se aplica la tasa al monto emitido, la cifra que deberá pagar el Central en 2016, ya con la gestión del nuevo gobierno, supera los $ 88.000 millones. (Ambito Financiero – Pág. 10)

 

Inyección electoral: este año ya se emitió más del doble que en 2014

Fueron $ 80.600 millones, contra $ 30.000 millones en 2014. Para diciembre, la emisión para el fisco llegaría a $ 195.000 millones, $ 33.500 millones arriba de 2014 (El Cronista – Suplemento: Finanzas & Mercados – Pág. 1; Clarín – Pág. 18-19)

Buitres: Argentina recibirá esta semana apoyo clave de bancos

El Deutsche Bank, el JP Morgan y el BBVA le darán esta semana un apoyo indirecto a la Argentina en su larga batalla contra los fondos buitre. Los tres bancos le presentarán a Thomas Griesa un escrito por el cual se negarán a entregar datos que reclaman los “Me too” sobre su actividad en la colocación del Bonar 24, pero además volverán a rechazar que hayan tenido que ver en la colocación del bono. (Ambito Financiero – Pág. 9)

 

Bancos y consultoras prevén que en 2016 la inflación se acelerará y llegará a 34%

Revisaron al alza las proyecciones para el año próximo tras la primera vuelta de octubre. Además, algunos ya apuestan a una pronta normalización del Indec. Bancos y consultoras prevén que en 2016, durante el primer año de gestión del nuevo gobierno que surja del ballottage del próximo domingo, la inflación se acelerará hasta 34%, desde el 27% proyectado para todo este año. (El Cronista – Pág. 6)

 

Argentina y China firman acuerdos para la construcción de dos centrales nucleares

Significarán una inversión total cercana a los 15.000 millones de dólares y en los que el país asiático aportará el 85% del financiamiento. Los respectivos contratos fueron firmados en el marco de la Cumbre del G20 que se desarrolla en Antalya, Turquía. (Buenos Aires Económico – Sección: Economía – Pág. 6; Página/12 – Pág. 17)

 

La industria apuesta por el avance

En un reciente informe elaborado por la empresa multinacional en servicios inmobiliarios corporativos Cushman & Wakefield el mercado industrial argentino se mostró durante 2015 estable pero con una pequeña tendencia negativa. Actualmente se encuentran en obra cerca de 880.000 metros cuadrados; estas superficies, sumadas a los proyectos en construcción, elevan casi un 50% el promedio histórico de los nuevos inmuebles a incorporarse al inventario. (La Nación – Suplemento: Clasificados – Pág. 8)

 

Parques industriales sostienen 127 mil empleos

La cartera nacional, a cargo de Débora Giorgi, informó que a través del Programa Nacional de Parques Industriales ya ejecutó el 96% de los 120 millones de pesos destinados este año a potenciar el desarrollo y crecimiento de estos nodos productivos. En la actualidad, Argentina cuenta con 402 parques industriales (Tiempo Argentino – Pág. 15)

 

Venta de autos usados, cada vez más cerca del récord

Cada vez más cerca de cerrar un nuevo año récord, el mercado de autos usados terminó octubre con un registro de 162.197 transferencias de vehículos, una cantidad que representa una suba del 5,53% en la comparación con octubre de 2014, informó la Cámara de Comercio Automotor (CCA). En lo que va del año ya se comercializaron casi 1,5 millones de unidades. (Tiempo Argentino – Pág. 15)

 

Debate presidencial: los candidatos le dieron más lugar a los golpes de efecto que a las propuestas

Por consejo de su equipo Macri moderó sus gestos. Scioli arrancó a la defensiva y se mostró más efectivo en la segunda mitad. Los dos golpes de efecto más fuertes del debate presidencial fueron al principio y al final y representan con cierta fidelidad la sensación que dejó el cruce entre Mauricio Macri y Daniel Scioli a una semana del ballottage. (El Cronista – Pág. 2; Buenos Aires Económico – Pág. 5; Página/12 – Pág. 2-3; Ambito Financiero – Pág. 3; La Nación – Sección: Política – Pág. 7; Clarín – Pág. 3-4)

 

Scioli se llevó lo que fue a buscar: el silencio de su competidor

Como parte de la campaña de “demonización” de su contrincante, Mauricio Macri, el presidenciable del FpV usó todo el debate como frutilla de la estrategia: contraponer el discurso del PRO (sobre todo su accionar legislativo) con las promesas de continuidad en medio del cambio que ofrece el Jefe de Gobierno porteño. “Insistís con ser mi vocero, Daniel”, repitió demasiadas veces su rival, sin desmentirlo, durante el segundo bloque, cuando el gobernador bonaerense pareció recuperarse de una primera media hora que lo mostró visiblemente golpeado. (El Cronista – Pág. 3; Buenos Aires Económico – Pág. 2)

 

Macri en tierra de Vidal agota final de campaña

En los últimos cuatro días que restan para promocionar su candidatura, Mauricio Macri buscará principalmente sumar votos bonaerenses y los porteños, son los que buscará en lo que queda de la campaña, camino al balotaje del próximo domingo, mientras prepara el cierre final en la provincia de Jujuy y su equipo le aconseja no hacer movimientos bruscos en la agenda, en este tramo. (Ambito Financiero – Pág. 16-17)

 

Pinedo elogió la economía de Kirchner

El jefe del bloque de Diputados del PRO, Federico Pinedo, insistió ayer en la “confianza” que puede generar un próximo presidente de Cambiemos, pero advirtió que “si hay más gente que se quiere escapar de la Argentina que de los que quieren invertir la devaluación será importante”. Pinedo dijo considerarse “nestorista” en materia económica, en alusión al ex presidente Néstor Kirchner. (Tiempo Argentino – Pág. 10)

 

Una convocatoria que creció desde el pie

Artistas de todas las áreas participaron de un “festival de la creación, la libertad y la memoria” para expresarse “a favor de la continuidad de las políticas culturales existentes”. (Página/12 – Pág. 12-13)

 

 

 

 

EMPRESAS

 

Frigoríficos: la crisis de la industria llegó a la Patagonia

Los casi 80 trabajadores del Frigorífico Arroyo de Bariloche, que dejó de operar hace tres meses en medio de una grave crisis financiera, anunciaron que estarían por formar una cooperativa. La decisión sería tomada en breve ante la falta de propuestas que los convenzan de parte de la provincia y las empresas del sector que les han acercado distintos proyectos. (Clarín – Pág. 23)

 

Petrolera con menos ganancias

La petrolera YPF registró en el tercer trimestre del año una caída de 42% en sus ganancias, hasta los $ 915 millones. Según la empresa, la baja en sus resultados se debió a su elevado nivel de inversiones, mayores amortizaciones y a la comparación con el mismo período del año pasado, que había sido “excepcional” (el Ebitda había crecido 127%). La empresa que dirige Miguel Galuccio también acusó el impacto de la caída en los precios internacionales del crudo, que afecta a parte de sus productos. En el mismo período subieron los costos, algo que fue reflejado en las menores utilidades. (La Nación, Economía, Qué pasa)

Resolución 3544/2015

 

Bs. As., 12/11/2015

 

VISTO el Expediente N° 184.151/15 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT); las Leyes N° 19.587 y N° 24.557, las Resoluciones SRT N° 559 de fecha 28 de mayo de 2009 y N° 3.117 de fecha 21 de noviembre de 2014, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso a) del apartado 2 del artículo 1° de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 (LRT), establece como uno de sus objetivos fundamentales la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

 

Que el apartado 1 del artículo 4° de la LRT establece que los empleadores, los trabajadores y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) se encuentran obligados a adoptar medidas tendientes a prevenir eficazmente los riesgos del trabajo, asumiendo compromisos concretos tendientes al cumplimiento de las normas de higiene y seguridad.

 

Que la necesidad de implementar un programa que permita rehabilitar empresas con registro de alta siniestralidad, que no alcanzaron niveles mínimos trazados para empresas testigo con el Programa “Trabajo Seguro para Todos”, determinó el dictado de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) N° 559 de fecha 28 de mayo de 2009, por la cual se creó el “Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad”.

 

Que el artículo 3° de la Resolución SRT N° 559/09, establece: “…esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) calificará como “Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad”, a todas aquellas que tengan un promedio anual de trabajadores igual o mayor a CINCUENTA (50) y que hayan registrado en el año calendario inmediato anterior, un índice de incidencia de siniestralidad superior en un DIEZ POR CIENTO (10%) al índice de incidencia del estrato al que pertenecen —según su sector de actividad definido por código de actividad a TRES (3) dígitos del Clasificador Industrial Internacional Uniforme (CIIU), revisión DOS (2) y su equivalente a revisión TRES (3)—, y tamaño definido por cantidad de trabajadores, con un rango de tolerancia al error de estimación en más-menos un CINCO POR CIENTO (5%), sin contemplar los accidentes ocurridos in itinere.”.

 

Que asimismo, el artículo 12 de la Resolución citada en los considerandos precedentes dispone: “La calificación de ‘Empresa con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad’ sólo se suprimirá cuando el índice de incidencia de siniestralidad registrado durante el período de UN (1) año, sin contemplar los accidentes in itinere ni siniestros que provoquen DIEZ (10) días de baja o menos, sea igual o inferior al índice de incidencia de siniestralidad correspondiente al estrato al que pertenece, registrado al momento de su inclusión en el ‘Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad’, según sector de actividad y tamaño definido por cantidad de trabajadores, con un rango de tolerancia al error de estimación en más-menos un CINCO POR CIENTO (5%), siempre y cuando no haya registrado accidente mortal alguno y haya cumplido en forma completa el P.A.L. y el P.R.S….”

 

Que a partir de la experiencia recogida, la Gerencia de Prevención de esta SRT ha estimado necesario efectuar la modificación de la norma en lo atinente al “índice correspondiente al tamaño de la empresa definido por la cantidad de trabajadores”, aspecto que se encuentra reglado en los artículos mencionados en los considerandos precedentes.

 

Que al respecto, corresponde referir que el “indice correspondiente al tamaño de la empresa definido por la cantidad de trabajadores” es de carácter genérico y no específico para las distintas actividades económicas que se incluyen en la Muestra en forma anual y que en la práctica, genera un obstáculo para que ciertas empresas puedan ser excluidas de una Muestra luego de su ingreso al Programa.

 

Que lo relatado precedentemente implica que empleadores en situación de ser excluidos del “Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad” por reducir el “índice de incidencia de siniestralidad correspondiente al estrato al que pertenecen según su sector de actividad”, comparado con el registrado al momento de su inclusión en el Programa, permanecen en la Muestra por no reducir el “indice correspondiente al tamaño de la empresa definido por la cantidad de trabajadores” por debajo del tamaño definido por la cantidad de trabajadores con un rango de tolerancia al error de estimación en más-menos un CINCO POR CIENTO (5%).

 

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que recepte los cambios necesarios, a los efectos de establecer mecanismos más eficientes que optimicen la aplicación de la Resolución que se pretende modificar.

 

Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T., ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas en el artículo 36 de la Ley N° 24.557.

 

Por ello,

 

EL SUPERINTENDENTE

DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Modifícase el artículo 3° de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) N° 559 de fecha 28 de mayo de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 3°: El Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad,” se integrará por las acciones que se establecen en la presente Resolución. A tal efecto, esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) calificará como Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad,” a todas aquellas que tengan un promedio anual de trabajadores igual o mayor a CINCUENTA (50) y que hayan registrado en el año calendario inmediato anterior, un índice de incidencia de siniestralidad superior en un DIEZ POR CIENTO (10%) al índice deincidencia del estrato al que pertenecen según su sector de ACTIVIDAD definido por código de actividad a TRES (3) dígitos del Clasificador Industrial Internacional Uniforme (CIIU), revisión DOS (2) y su equivalente a revisión TRES (3), sin contemplar los accidentes ocurridos in itinere.”.

 

ARTICULO 2° — Modifícase el artículo 12 de la Resolución SRT N° 559/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 12.- La calificación de ‘Empresa con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad’ sólo se suprimirá cuando el índice de incidencia de siniestralidad registrado durante el período de UN (1) año, sin contemplar los accidentes in itinere ni siniestros que provoquen DIEZ (10) días de baja o menos, sea igual o inferior al índice de incidencia de siniestralidad correspondiente al estrato al que pertenece según su sector de ACTIVIDAD, comparado con el registrado al momento de su inclusión en el ‘Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad’, siempre y cuando no haya registrado accidente mortal alguno y haya cumplido en forma completa el P.A.L. y el P.R.S.

 

Una vez reducida la siniestralidad sobre la base de los criterios expuestos en el párrafo precedente, la A.R.T. a la cual se encuentre afiliada la ‘Empresa con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad’, deberá verificar a través de un Plan de Visitas, el que deberá contemplar como mínimo DOS (2) visitas anuales, el estado de cumplimiento de la normativa, durante el término de DOCE (12) meses posteriores al año aludido precedentemente. Cumplidas las condiciones detalladas, la A.R.T deberá informar dicha circunstancia a la S.R.T a través del sistema de intercambio, a fin de que la empresa sea formalmente excluida del ‘Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad’.”.

 

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

 

— NOTA ACLARATORIA — (BO 18/11/15)
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 3544/2015

En la edición del Boletín Oficial N° 33.257 del 16 de Noviembre de 2015, en donde se publicó la citada norma, se deslizó el siguiente error en el original:

DONDE DICE:

ARTICULO 1° — “Modificase el artículo 3° de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) N° 559 de fecha 28 de mayo de 2009…”

DEBE DECIR:

ARTICULO 1° — “Modifíquese el primer párrafo del artículo 3° de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) N° 559 de fecha 28 de mayo de 2009…”

 

 

 

TITULOS DESTACADOS

 

El aumento de los remedios llega al 9% y supera lo autorizado

El Gobierno había permitido un ajuste del 3% como máximo, pero en las farmacias hay medicamentos masivos que superan ese tope con comodidad. Los laboratorios dicen que los precios están ‘muy atrasados’. En los últimos doce meses las subas acumuladas llegan hasta el 26%. (Clarín)

 

Macri y Scioli salen a la caza de votantes en la provincia

El gobernador busca recuperar lo que le restó Aníbal; en Cambiemos apuntan a la primera y tercera sección electoral. (La Nación)

 

Massa: Scioli busca sus votos pero Kicillof lo insulta

El candidato oficialista intenta captar ese voto opositor, pero el ministro dijo que Massa es un ‘forro’. Después se disculpó por Twitter.(Clarín)

 

El diluvio postergó el clásico para hoy

Poco antes del partido el Monumental era una laguna. Y los dirigentes acordaron jugarlo a las 21 horas. Ayer, Ecuador le ganó a Uruguay 2-1, Bolivia venció 4-2 a Venezuela y Chile empató 1-1 con Colombia. (Clarín, La Nación)

 

Fuerte contraataque oficialista por la AGN

Domínguez exigió a la AGN que incorpore a Forlón y Álvarez. Le advirtió a Despouy que si no son admitidos iniciará una acción penal (La Nación)

 

En pleno escándalo, Maduro acusa a EEUU del arresto de sus sobrinos

El presidente no aludió directamente a las detenciones por narcotráfico de dos familiares, pero dijo que su país sufre “el acoso imperial”; el caso estalla antes de las elecciones. (La Nación)

 

 

 

 

 

NOTAS SECTORIALES

 

El BCRA marcó un nuevo récord de venta de dólares mientras acelera la devaluación

En medio de una gran especulación, el blue perdió ayer seis centavos, a $15,27 El Merval logró una nueva marcar récord ayer al avanzar un 0,2% y alcanzar los 13.181,89 puntos. Si bien el panel líder mostró fuertes subas ayer, las petroleras resultaron un lastre para el principal índice de la Bolsa porteña. Sacrificó u$s 190 M y la divisa mayorista saltó 1,2 centavo (Buenos Aires Económico – Pág. 2; El Cronista – Suplemento: Finanzas & Mercados – Pág. 1)

 

En diciembre deberían emitir $ 70.000 millones

El equipo económico que desembarque en el Palacio de Hacienda a partir del 10 de diciembre deberá de arranque pedirle al Banco Central una asistencia de aproximadamente $ 70.000 millones para afrontar los compromisos y pagos del último mes del año. (Ambito Financiero – Pág. 4)

 

Los candidatos prevén pagar con bonos la deuda con los importadores

Tanto Macri como Scioli quieren renegociar los US$ 9000 millones acumulados; el plan para los futuros que vendió Vanoli y los dividendos de las multinacionales. (La Nación – Sección: Economía – Pág. 16)

 

Se desacelera la inflación, pero anticipan un repunte a fin de año

Ayer se conoció el llamado índice del Congreso, que se elabora a partir de las mediciones de más de una docena de consultoras privadas. De acuerdo con este indicador, en octubre el costo de vida registró un incremento de 1,52%, en lo que constituye la segunda menor suba del año, después del 1,48% que se había medido en febrero. (La Nación – Sección: Economía – Pág. 17)

 

Autopartistas también advierten sobre las trabas a importaciones

Raul Amil, el titular de la Asociación de Fabricantes de Autocomponentes (AFAC), dijo que las trabas a las importaciones de autopartes están afectando no sólo al mercado de reposición sino también el normal abastecimiento de las terminales automotrices. La actividad del sector cayó 11% en lo que va de 2015. (Clarín – Pág. 25)

 

Empresarios piden baja del déficit fiscal y provincias encienden luces de alerta

Los empresarios empezaron a pedirle a los candidatos que reduzcan el gasto y el déficit fiscal que sostiene el Estado en caso de llegar a la presidencia, lo que tendría un fuerte impacto en las provincias. Es que, por ejemplo, Neuquén y CABA son las jurisdicciones con mayor cantidad de empleados públicos por habitante, mientras que Tucumán es la que tiene más gasto total por producto y Córdoba es la que más invierte en seguridad social. (Buenos Aires Económico – Pág. 4)

 

Los molinos subieron la harina un 80%

Emilio Majori, presidente de la Federación de la Industria Panaderil de la provincia de Buenos Aires, denunció ayer que el precio de la harina “ya subió un 80 por ciento” y vinculó ese aumento con los vaivenes de la política. (Tiempo Argentino – Pág. 6)

 

Por las elecciones, el gasto provincial se aceleró y ahora esperan un déficit fiscal de $ 25.000 millones

Por la desaceleración de recursos, algunos distritos experimentan problemas para pagar salarios y se estima que a fin de año necesitarán ayuda para abonar el medio aguinaldo. El gasto se aceleró por las elecciones y deterioró las finanzas provinciales que presentaron una caída interanual de 86% del superávit financiero entre enero y septiembre y ahora se espera que el déficit fiscal a fin de año supere los $ 25.000 millones. (El Cronista – Pág. 2)

 

Vanoli: “Buscan desplazarme del Banco Central”

El presidente del Banco Central, Alejandro Vanoli, definió ayer como “un paso procesal de rutina” su imputación por un fiscal, vinculada a operaciones de futuros con divisas, y la vinculó con un objetivo “de amedrentamiento sobre mí, el directorio, la linea histórica del banco, con el objetivo de que se vote con miedo y porque intentan un desplazamiento cuando los mandatos tienen estabilidad con acuerdo del Senado”. (Tiempo Argentino – Pág. 6)

 

Buitres: Singer, en alerta, por el fallo sobre “cláusulas” de YPF

Los abogados del fondo buitre Elliott dejaron ayer tranquilo al juzgado de Thomas Griesa, cruzaron de costa hasta el Pacífico y ahora avanzan en otra causa complicada contra la Argentina; en su búsqueda de presionar al país para que pague la deuda del “juicio del siglo”. Preparan una presentación en California contra Chevron. (Ambito Financiero – Pág. 2)

“Combo explosivo en la mesa de los argentinos”

Según especialistas y productores, la combinación de apertura comercial, devaluación y eliminación de retenciones al maíz daría por resultado la escasez de carne para el mercado interno y un inusitado salto en el precio. (Página/12 – Pág. 2-3)

 

En otro guiño al peronismo, Macri avisó que “no habrá revancha” si llega a la Rosada

Visitó ayer Córdoba capital y Río Cuarto junto al diputado Oscar Aguad, uno de los primeros que impulsó la alianza Cambiemos. “Seremos respetuosos de los criterios y las diferencias de todos los gobernadores”, endulzó el líder PRO. Volvió a evitar sus polémicas definiciones económicas. (Tiempo Argentino – Pág. 8; Página/12 – Pág. 9; Buenos Aires Económico – Pág. 13)

 

Macri desafió a “revisar todo” y a cambiar sistema electoral

El candidato de Cambiemos estará mañana en un acto en Campana, provincia de Buenos Aires, casi la última parada del último fin de semana de campaña mientras prepara el acto de cierre del próximo jueves en la provincia de Jujuy. Macri les dijo a los cordobeses que mejorará la relación con la provincia y prometió revisar los últimos tramos de la gestión de Cristina de Kichner como también cambiar el sistema electoral. (Ambito Financiero – Pág. 12-13; La Nación – Sección: Política – Pág. 9)

 

Inspirado en Mandela, Macri hablará de unión pero mostrará las contradicciones de su rival

Hace pocos meses, cuando la posibilidad de llegar a la Casa Rosada era aún un sueño brillante, Mauricio Macri llegó a la reunión de Gabinete porteño cargado con varios ejemplares de su libro favorito. A cada uno de sus ministros le regaló “La sonrisa de Mandela”, la autobiografía del ex presidente de Sudáfrica, con una recomendación que sonó a orden: “Léanla. Eso es lo que quiero que hagamos si somos Gobierno”, les dijo. (El Cronista – Pág. 7)

 

Scioli dijo que Macri “mandó a callar a sus economistas porque generan miedo”

Scioli remarcó que tanto Carlos Melconian como Alfonso Pray Gay, e incluso el referente energético del PRO, Juan José Aranguren, siguieron el mismo camino de no adelantar qué harán en caso de llegar al gobierno, al igual que Federico Sturzenegger, quien tiempo atrás confesó la sugerencia de Jaime Duran Barba, asesor del equipo del jefe de Gobierno porteño, de no revelar ideas durante las exposiciones en épocas electorales. (Tiempo Argentino – Pág. 3-4; Buenos Aires Económico – Pág. 12; Clarín – Pág. 9)

 

 

 

 

 

EMPRESAS

 

Marca femenina en expansión

La marca de calzado femenino Viamo anunció un plan de remodelación de su red de locales. Para este proyecto, la firma invertirá $ 3 millones. Además, la marca planea la apertura de un par de sucursales durante 2016, que se sumarán a las 25 que hoy tiene en operaciones. Con estas iniciativas, Viamo proyecta un alza del 25% en su facturación. (La Nación, Economía, Qué pasa)

 

Financiamiento para propiedades

Bricksave Holding Limited presentó en la Argentina su plataforma de Internet diseñada para hacer crowdfunding (financiamiento colectivo) de propiedades de lujo localizadas en destinos exclusivos como Miami, Nueva York, París, Singapur y Hong Kong. En la primera etapa, con un aporte mínimo de US$ 2500, inversores locales podrán participar como compradores de un departamento premium en Miami. Como copropietarios, percibirán una renta por el alquiler de la propiedad y, además, a los 4 años o una vez que la propiedad se valorice un 15% (lo que ocurra primero) se quedarían con la ganancia de capital correspondiente de esa venta. (La Nación, Economía, Qué pasa)

 

TITULOS DESTACADOS

 

Scioli y Aníbal, a dúo, criticaron a la Corte por el fallo sobre YPF

El Tribunal había ordenado que se diera a conocer el acuerdo secreto firmado con Chevron, la petrolera de EEUU. Ambos aseguraron que era un acuerdo entre empresas privadas. Y hasta usaron la misma ironía: dijeron que era como pedirle a Coca Cola que revele su fórmula. (Clarín)

 

Imputaron a Vanoli y quedó comprometido su futuro en el BCRA

Un fiscal pidió medidas de prueba porque vendió dólares a futuro más baratos que en el extranjero; el funcionario calificó la medida como “electoralista”. (La Nación, Clarín)

 

Restringen aún más las cuotas para viajes al exterior

Hoteles y autos deben pagarse antes del viaje o en el destino, sin fijar el tipo de cambio. (La Nación)

 

Scioli acentúa el plan de confrontación

Apunta a instalar el dilema entre Estado y mercado e identificar a Macri con el sector privado y las políticas de ajuste. (La Nación)

 

EEUU llevó arrestados a parientes de Maduro por narcotráfico

Fueron capturados en Haití. Son sobrinos de la esposa del presidente de Venezuela. Los acusan de planear el envío de 800 kilos de cocaína a Estados Unidos. (Clarín, La Nación)

 

Ante Brasil, el examen más exigente para Martino

La Selección juega hoy a las 21 en el Monumental. Obligado por las lesiones, y entre rumjores de su presunto alejamiento, Martino hará cinco cambios en el equipo base. Hasta hoy, Argentina sacó sólo un punto sobre seis. Y el martes visitará a Colombia. (Clarín, La Nación)

 

 

 

 

 

NOTAS SECTORIALES

 

Bancos no podrán cobrar seguros de vida en tarjetas de crédito de forma obligatoria

Desde hoy los bancos no podrán cobrar en forma obligatoria, como lo vienen haciendo, el seguro de vida asociado a las cuotas con tarjeta de crédito, recordó el Centro de Educación del Consumidor (CEQ). La modificación se introduce luego de que el Banco Central sumara otra circular al régimen de protección del usuario de servicios financieros, que dispone que a partir del 12 de este mes los usuarios de tarjetas de crédito tendrán derecho a optar entre contratar o no un seguro de vida sobre saldo deudor. (Buenos Aires Económico – Pág. 19)

 

“Blue” se disparó: $ 15,33; el riesgo-país cayó casi 8%

Con alta dosis de especulación y gran volatilidad, el dólar “blue”se disparó ayer 63 centavos (+4,3) y volvió a operar por encima de los $ 15, para terminar finalmente a $ 15,33. La fuerte suba del billete informal se dio en medio de tomas de coberturas de cara al balotaje, en un mercado acotado y con limitada oferta, a diferencia de lo sucedido el lunes pasado. (Ambito Financiero – Pág. 3; Clarín – Pág. 24)

 

El Gobierno aprovechó el feriado de EE.UU. para dejar de vender dólares a importadores

Empresarios afirmaron que también trabaron operaciones en otras monedas. La autoridad monetaria y bancos afirmaron que es normal, pero para CIRA no es común El Banco Central informó ayer temprano a los bancos que no se podrían realizar giros de dólares al exterior durante la jornada, debido a un feriado en Estados Unidos. Se trató de una operación que la autoridad monetaria y dos bancos privados consideraron habitual, pero que los importadores juzgaron fuera de lo común. (El Cronista – Pág. 5)

 

Kicillof: “Un dólar a $ 14 es malo para las mayorías”

Desmintió que la economía no esté creciendo como plantea la oposición. “Tratan de instalar desde el PRO esta campaña de mentiras”, apuntó. Kicillof negó asimismo que haya un “cepo cambiario”, ya que “prácticamente vendimos U$S 99 mil millones. Dicen que la economía está estancada: mentira. Dicen que los salarios están estancados: mentira.” (Tiempo Argentino – Pág. 6)

 

El Merval extendió su racha y marcó un nuevo récord histórico

El índice Merval extendió ayer su racha alcista al cerrar en un nuevo récord histórico de 13.159,67 puntos y crecer 0,81%, impulsado por empresas siderúrgicas y energéticas. Con este resultado, el indicador que agrupa a las acciones líderes acumula en la semana una suba de 2,02%, alentada por la toma de posiciones que llevan a cabo inversores de cara al primer balotaje presidencia de la historia argentina. (Buenos Aires Económico – Pág. 17)

 

Aluvión de emisiones de bonos en pesos en la previa electoral

La previa electoral llegó con muchos movimientos en el mercado financiero. Las colocaciones de bonos anunciadas sólo en lo que va de la semana superan los $ 1.000 millones, lo que muestra los niveles a los que llega la búsqueda de fondos frescos. El Santander Río, por ejemplo, sacó dos bonos que vencen en 2017 y 2018, con tasa variable. (Ambito Financiero – Pág. 5)

 

Más ascensos, jueces y juras hasta el último día en el Senado

El Gobierno no dejará descansar al Senado hasta el último día del mandato. Ya está en espera una lista de jueces y fiscales que Cristina de Kirchner envió para que los senadores le den acuerdo, sin mencionar a Eugenio Sarrabayrouse y Domingo Sesín que hacen fila también para que la Comisión de Acuerdos les de el visto bueno y, al menos, queden en la grilla para que el nuevo Gobierno negocie la vacante que dejó la renuncia de Eugenio Zaffaroni y la que se producirá el 10 de diciembre cuando se vaya Carlos Fayt. (Ambito Financiero – Pág. 11)

 

Nuevas maniobras K para mantener espacios de poder

A las maniobras conocidas en la última semana, ayer se sumaron otras cuatro: la efectivización y reasignación de tareas a casi 200 empleados del PAMI que entraron como personal político durante la actual gestión, el envío al Congreso de un proyecto para recrear Yacimientos Carboníferos Fiscales con fuerte injerencia del gobierno santacruceño, que quedará en manos de Alicia Kirchner, presiones a fiscales para que defiendan la continuidad de la procuradora Alejandra Gils Carbó y el intento frustrado de los camporistas Julián Alvarez y Juan Ignacio Forlón de debutar en la Auditoría General de la Nación. (Clarín – Pág. 3-4)

 

Advierten por recargos en los consumos con tarjetas de crédito

Especialistas advirtieron que los planes económicos de Cambiemos implicarían una devaluación del orden del 60%, situación que generaría diversos inconvenientes, entre ellos a quienes estén realizando o hayan efectuado gastos con tarjeta de crédito en el exterior, ya que podrían sufrir recargos de hasta el 24 por ciento en sus consumos como consecuencia de levantar las regulaciones en la compra de dólares. (Tiempo Argentino – Pág. 7)

 

Dólar futuro: analizan dar un título voluntario para emitir menos pesos

La idea comenzó a ser evaluada entre los asesores económicos de Mauricio Macri, como una fórmula para enfrentar los pasivos que está generando el BCRA al pactar operaciones a futuro a un dólar planchado. La oferta solo alcanzaría a bancos y grandes empresas. (El Cronista – Suplemento: Finanzas & Mercados – Pág. 1)

 

Macri fue a Mendoza y remarcó las contradicciones de Scioli

La visita a Mendoza, donde quedó primero, marcó un paréntesis en la campaña de cara al balotaje en la que se había concentrado en distritos donde quedó en tercer y segundo lugar, como el Norte y municipios del Conurbano. Hoy seguirá en esa senda al visitar Córdoba y Río Cuarto donde cosechó el 53% de los votos y busca seducir a los electores de Sergio Massa para seguir ensanchando allí la brecha con el gobernador Scioli.  (Clarín – Pág. 14; La Nación – Sección: Política – Pág. 11; El Cronista – Pág. 8; Ambito Financiero – Pág. 13)

 

Para defender todo lo logrado

La convocatoria central será a las 18 en la 9 de Julio y se replicará en plazas de distintas provincias. Artistas, científicos y estudiantes organizan actividades hasta el día de la veda electoral en rechazo a un eventual gobierno de Mauricio Macri. (Página/12 – Pág. 4)

 

“Represento la defensa de lo público, Macri está condicionado por intereses”

El candidato presidencial del Frente para la Victoria (FPV), Daniel Scioli, aseguró que su espacio garantiza la continuidad de YPF en manos del Estado y advirtió que, para su rival de Cambiemos, el salario “es un costo”. “Yo defiendo los intereses de los argentinos y Macri defiende otros”, subrayó el gobernador bonaerense. (Tiempo Argentino – Pág. 3-4; Buenos Aires Económico – Pág. 21)

 

“Voy a revisar todos los nombramientos”

El candidato presidencial por la alianza Cambiemos, Mauricio Macri, dijo en una entrevista con Jorge Rial que se dio a conocer ayer que de llegar a la Casa Rosada eliminará del aire el programa 678 y va “a revisar todos los nombramientos públicos”. A contramano de lo que prometen sus asesores económicos, negó que planee una devaluación. (Tiempo Argentino – Pág. 8)

 

El macrismo ya piensa en apelar a los DNU ante su desventaja en el Congreso

El macrismo tiene un desafío múltiple si el mandatario porteño logra imponerse en la segunda vuelta. No sólo deberá conseguir 12 mil “cuadros políticos” de los 15 mil que calculan que necesitaría para gobernar la Ciudad, la provincia de Buenos Aires y la Nación; sino que además deberán construir consensos en el Congreso para avanzar con su agenda parlamentaria. (Buenos Aires Económico – Pág. 22)

 

 

 

 

 

EMPRESAS

 

Nueva bodega para Molinos

Molinos Río de la Plata sumó su segunda bodega. La empresa controlada por los hermanos Luis y Jorge Perez Companc informó ayer a la Bolsa de Comercio la adquisición de la bodega Ruca Malen. La operación se cerró en US$ 8,8 millones. “Esta transacción se enmarca en la actual etapa de Molinos de focalización de inversiones en sus negocios estratégicos, en este caso su plataforma de crecimiento de vinos y espumantes iniciada años atrás con la bodega Nieto Senetiner”, explicó la empresa compradora. Ruca Malen nació en 1998 de la mano de Jean Pierre Thibaud (ex presidente de Chandon Argentina) y Jacques Louis de Montalembert (ex accionista de Quilmes). La bodega elabora los vinos Ruca Malen, Kinien y Yauquen y cuenta con una planta en Agrelo, Mendoza. (La Nación, Economía, Qué pasa)

 

“Se evitó la desindustrialización”

“La administración del comercio en los últimos diez años evitó la desindustrialización del país”, dijo ayer Paolo Rocca, el presidente del Grupo Techint, una de las empresas multinacionales más importantes de la Argentina. El empresario, pese a haber hecho públicas sus diferencias con la política económica del Gobierno, reconoció que hubo importantes administraciones comerciales, es decir control a las importaciones, lo cual fue central para sostener la capacidad de producción local. (Página/12 – Pág. 9)

 

Coto cree que hay que aplicar un plan gradual para bajar la inflación

Bajar la inflación en forma gradual y no de golpe es la receta que propuso Alfredo Coto, dueño de la principal cadena de capitales nacionales, en la inauguración de las jornadas del supermercadismo que se hacen en La Rural. El presidente de la Asociación de Supermercados Unidos (ASU) se declaró a favor de aplicar medidas gradualistas, pero a la vez subrayó la necesidad de introducir cambios en la economía para atraer más inversiones. (La Nación – Sección: Economía – Pág. 14)

 

 

TITULOS DESTACADOS

 

Movilizan fuerzas de la Bonaerense por la toma de terrenos en Merlo

Más de mil personas ocuparon 60 hectáreas privadas y 340 casas de un plan oficial. El intendente electo, Menéndez, acusa al saliente, Othacehé. Los dos son del kirchnerismo. La Provincia envió a la infantería. También asegura que harán un censo y expropiará el predio para los vecinos. (Clarín)

 

Macri consolida su ventaja sobe Scioli en la recta final al ballottage

Según una encuesta de Poliarquía, conseguiría más de 48 puntos y se quedaría con casi 6 de cada 10 votos de Massa; el candidato kirchnerista cosecharía poco más del 40%. (La Nación)

 

YPF debe mostrar el contrato secreto con Chevron

Lo dispuso la Corte ante el pedido de un senador socialista. El acuerdo de la empresa estatizada creó polémica por dar supuestas ventajas extraordinarias a la petrolera de EEUU. (Clarín, La Nación)

 

La AGN criticó la política ambiental del kirchnerismo

En un detallado trabajo, Leandro Despouy concluye que en cualquiera de las áreas que se analice los resultados de los programas de gobierno resultan deficitarios, tanto en términos de asignación presupuestaria como en la falta de control, por ejemplo, en las actividades extractivas. (La Nación)

 

Avance en el Garrahan contra un raro cáncer

Un equipo médico logró curar el 98% de los casos de chicos que tenían un tumor en el ojo. (Clarín)

 

‘No a la obsesión del poder’, dijo el Papa

En medio del escándalo del VatiLeaks II, visitó Florencia y exhortó al clero italiano a acercarse a los olvidados. (La Nación)

 

 

 

 

 

NOTAS SECTORIALES

 

La UIA denuncia subas de hasta 400% en cuotas de seguros de riesgos laborales

La Unión Industrial está “alarmada” por los fuertes aumentos de los costos del seguro de accidentes de trabajo. De pagar en promedio el 8% de la masa salarial, algunas empresas recibieron aumentos del 300% o 400% y deben pagar el 20% de los salarios y más del 30% también. La causa de semejante incremento de la prima del seguro de ART se debe al aumento exponencial de los juicios laborales producto de la “industria del juicio”, facilitadas por decisiones judiciales que van más allá de lo que marca la ley.

Así le dijo a Clarín, el titular del Departamento Laboral de la UIA, Daniel Funes de Rioja quien explicó que ayer recibieron la visita del Superintendente de Riesgos del Trabajo (SRT), Juan González Gaviola. (Clarín – Pág. 19)

 

Deja de ser obligatorio el pago del seguro de vida de las tarjetas

De acuerdo con una resolución del Banco Central publicada en agosto y que entrará en vigor mañana, los clientes de los bancos podrán optar por dar de baja el seguro de vida que hoy pagan por el saldo deudor de sus tarjetas de crédito. La medida redundará en una baja en los montos que hoy están pagando los clientes que acostumbran a no cancelar la totalidad de su deuda con las tarjetas. (La Nación – Sección: Economía – Pág. 13)

 

El “blue” tocó su piso y subió a $ 14,70; Bolsa alcanzó récord

Tras el desplome del lunes, el dólar paralelo rebotó ayer 25 centavos a $ 14,70, en lo que la primera suba luego de ocho jornadas con bajas. Así, la brecha cambiaria se ubicó en el 53%. El índice Merval superó ayer los 13.000 puntos por primera vez en su historia tras ganar un 1,4% gracias al impulso de energéticas y bancos en una jornada con notoria volatilidad ante la proximidad del balotaje presidencial. (Ambito Financiero – Pág. 3)

 

Cristina: “Llevamos vendidos en el año u$s 88.601 millones”

Cristina de Kirchner disparó ayer una serie de comunicados a través de su cuenta oficial de Twitter (@CFKArgentina), en los cuales destacó el aumento del turismo al extranjero y del consumo del cemento, al tiempo que defendió las compras del dólar “ahorro” y lanzó sus habituales críticas a los sectores de la oposición. (Ambito Financiero – Pág. 2; Página/12 – Pág. 12-13)

 

Aumentos para ponerse blanco

La devaluación anticipada por referentes del PRO empieza a tener impactos especulativos en precios de productos básicos. La harina subió entre 20 y 23 por ciento la última semana, de 245 a 295 pesos la bolsa de 50 kilos. Esto repercute sobre pastas y panificados. (Página/12 – Pág. 12; Tiempo Argentino – Pág. 6-7)

 

También los represores sueñan con un cambio

La Asociación de Abogados para la Justicia y la Concordia hizo su asamblea anual en la que se advirtió que “estamos ante la batalla final” y se pidió trabajar para que la Corte revierta la jurisprudencia sobre delitos de lesa humanidad. (Página/12 – Pág. 2-3)

 

Se achica la distancia

Según un estudio de Hugo Haime y Asociados, Mauricio Macri tiene una ventaja sobre Daniel Scioli de 3,8 puntos, cuando hace una semana era de 7,3 puntos. Cambiemos se queda por ahora con la mitad de los votos de Massa y la otra se inclina por Scioli, blanco o está indecisa. (Página/12 – Pág. 5)

 

Macri revisaría nombramientos y dice que el Estado “no puede ser un aguantadero”

Manifiesta apuesta a la generación de empleo privado. El candidato presidencial por Cambiemos, Mauricio Macri, advirtió ayer que “el Estado no puede ser un aguantadero de la política ni de La Cámpora”. “El estado tiene que trabajar codo a codo” con el sector privado, enfatizó Macri, quien advirtió que “si el Estado no funciona no va a poder crecer” el país. (Buenos Aires Económico – Sección: Política – Pág. 13; Clarín – Pág. 12)

 

Macri en gira tras el voto que Massa no direcciona

Mauricio Macri ayer, en una recorrida por la provincia de Buenos Aires, visitó una fábrica de envases en el partido de Avellaneda. También estuvo en Moreno. El macrismo inspira aire de éxito y cree que, en el tramo final de la última campaña solo le queda “no cometer errores”. (Ambito Financiero – Pág. 12-13; Tiempo Argentino – Pág. 12; La Nación – Sección: Política – Pág. 8)

 

Macri cierra su campaña en Humahuaca para dar un mensaje de federalismo

Como lo hizo con Córdoba en la primera vuelta, Mauricio Macri volvió a elegir el interior del país para cerrar su campaña de cara al ballottage. Es un distrito con poco peso electoral pero podría dar un resultado emblemático si Macri lograra revertir el tercer puesto de octubre, de la mano del gobernador electo Morales. (El Cronista – Pág. 7)

 

Scioli acentuó campaña con consigna “Estado vs. mercado”

Daniel Scioli recorrió ayer Florencio Varela junto al rector de la universidad local, Ernesto Villanueva, y defendió sus consignas ante estudiantes, docentes y médicos. La campaña se concentra en el conurbano. Daniel Scioli acentuó ayer su campaña en la dialéctica Estado vs. mercado. Estuvo en una universidad del conurbano, desde donde señaló a su adversario en el balotaje el 22 de noviembre de proponer “una megadevaluación” mientras que él insistió en garantizar “un dólar a 10 pesos”. (Ambito Financiero – Pág. 10; El Cronista – Pág. 6; Buenos Aires Económico – Sección: Política – Pág. 12; Tiempo Argentino – Pág. 10)

 

 

 

 

 

 

 

 

EMPRESAS

 

Seguros con nuevo dueño

El grupo Indalo es el nuevo dueño del 100% de las acciones de la compañía de seguros Generali Argentina. En el holding que lidera el empresario Cristóbal López aclararon que “la operación aguarda el cumplimiento de ciertas condiciones y la aprobación final por parte de la Superintendencia de Seguros de la Nación”. Para Indalo se trata de su segunda compra en el sector financiero, tras la adquisición del banco Finansur. (La Nación, Economía, Qué pasa)

 

La industria siderúrgica prevé devaluación y teme más importaciones de China

Berardi, titular de Ternium Siderar, admitió el atraso en el tipo de cambio y alertó sobre las condiciones que impone China para ofrecer financiamiento a la región. La industria siderúrgica espera una devaluación de la moneda “en algún momento” y mayor apertura de la economía a partir del cambio de gobierno el próximo 10 de diciembre, afirmó ayer el director General de Ternium Siderar, Martín Berardi. El directivo, quien a su vez es titular de la Asociación Latinoamericana del Acero (Alacero) encabezó una conferencia de prensa en el marco del congreso que la organización regional lleva a cabo en Buenos Aires. (El Cronista – Pág. 5; Buenos Aires Económico- Sección: Economía – Pág. 3; Tiempo Argentino – Pág. 7)

 

TITULOS DESTACADOS

 

Cristina impulsa leyes y nombramientos para condicionar a su sucesor

Prorrogó las sesiones ordinarias del Congreso hasta el 9 de diciembre. Quiere que se aprueben sus dos candidatos a la Corte, jueces, cargos diplomáticos y ascensos militares. También busca crear puestos para militantes en nuevas estructuras y en el Congreso. (Clarín, La Nación)

 

El Gobierno dejó para 2016 subas de gas de hasta 676%

Los recibirán los usuarios que no mantengan un ahorro del 20%; podrían afectar a más de 3 millones de hogares. (La Nación)

 

Scioli y Macri ya se preparan para un debate que prevén tenso

Coinciden en que el encuentro de este domingo marcará el tramo final de la campaña; el candidato del kirchnerismo buscará “desenmascarar” a su rival de Cambiemos, preocupado por no cometer errores. (La Nación)

 

Por el dólar, limitan pagos en cuotas para viajes al exterior

Es para la reserva de hoteles y excursiones. Las cuotas siguen en los pasajes, que ya subieron fuerte. Pasa ante una posible suba de la divisa.(Clarín)

 

Tevez brilló en la gran noche del deporte argentino

Carlitos ganó dos estatuillas en la entrega de los Premios Clarín: al mejor jugador de fútbol local y al mejor deportista argentino de 2015. También se distinguió a Los Pumas, River y Boca. (Clarín)

 

Cataluña se rebela e inicia la secesión

El Parlamento empezó el proceso de independencia; ordenó desobedecer a Madrid. (La Nación)

 

 

 

 

NOTAS SECTORIALES

 

Efecto balotaje: cayó el blue y la brecha con el oficial es 50%

Es la mayor baja en 20 meses. Cerró en $14,45 por fuertes ventas de operadores y de pequeños ahorristas. Con la expectativa de la unificación cambiaria la brecha cambiaria entre el oficial y el blue se achicó al 50,5%, un objetivo que Axel Kicillof no consiguió ni siquiera con las medidas que obligaban a los Fondos Comunes de Inversión y a las aseguradoras a vender sus bonos en dólares. Las reservas cayeron en US$ 268 millones y quedaron en US$ 26.433 millones según la información oficial, por el pago de US$ 250 millones de intereses del Bonar 2014. (Clarín – Pág. 20; Ambito Financiero – Pág. 3; Buenos Aires Económico – Pág. 2; La Nación – Sección: Economía – Pág. 12;Tiempo Argentino – Pág. 19; Página/12 – Pág. 13; El Cronista- Suplemento: Finanzas & Mercados – Pág. 1)

 

Apuestan al campo en la Bolsa: acciones suben 66% en 15 días

Las acciones de las empresas vinculadas al campo viven días alcistas en la Bolsa de Comercio porteña: las cinco más representativas del sector subieron desde el 26 de octubre hasta ayer entre un 18,6% y un 65,7%. (Ambito Financiero – Pág. 5)

 

Economía en stand by: el campo y la industria frenaron a la espera del cambio de gobierno

El polo oleaginoso liquida pocos dólares, a la espera de cambios en retenciones y tipo de cambio. El complejo agroexportador realizó la semana pasada la menor liquidación de divisas del año: u$s 131,9 millones, menos que el promedio diario de junio (u$s 134 millones).Los autos se entregan a 90 días. Faltan insumos en las fábricas por el cepo. (El Cronista – Pág. 2-3)

 

Alarma a las ART el fuerte crecimiento de la industria del juicio

Las aseguradoras de riesgos de trabajo están en crisis. Y es que la industria del juicio, que hasta 2012 azotaba a las empresas empleadoras, se volcó ahora hacia las compañías aseguradoras. Sólo en la Capital Federal, la jurisdicción de mayor conflictividad laboral, 38 de cada 100 accidentes de trabajo están terminando en juicio y, en lo que va del año, la litigiosidad aumentó 34 por ciento. (La Nación – Economía – 10/11/15 – http://www.lanacion.com.ar/1844020-alarma-a-las-art-el-fuerte-crecimiento-de-la-industria-del-juicio)

 

Moody’s criticó una reciente medida del Gobierno y resaltó la alta inflación

La reciente resolución del Ministerio de Economía que obliga a las compañías de seguros a desprenderse de los dólares que tengan en su cartera no fue mal vista sólo por las empresas afectadas. La calificadora de riesgo Moody’s publicó un informe en el que calificó a la norma como “negativa” y aseguró que “refleja la volatilidad del ambiente operativo”. (Apertura – 09/11/15 – http://www.apertura.com/economia/Moodys-critico-una-reciente-medida-del-Gobierno-y-resalto-la-alta-inflacion-20151109-0003.html)

 

Empresarios analizan las medidas económicas para el año que viene

Empresarios tienen en mente las necesidades económicas que requiere el país para reactivar la actividad económica desde la asunción del próximo gobierno. Las recetas sin embargo no son similares aunque todos coinciden que “inevitablemente habrá devaluación” del peso. Mientras que algunas grandes empresas reclaman “ajuste” en las cuentas públicas, las pymes piden “correcciones moderadas” para “proteger la actividad local”. (Buenos Aires Económico – Pág. 5)

Mayor poder de compra

Un informe del Centro de Estudios Scalabrini Ortiz (CESO) afirma que el poder adquisitivo de salarios y jubilaciones es el más elevado desde la salida de la convertibilidad. El guarismo correspondiente al mes de septiembre supera en más de 9 puntos el salario promedio de aquel período. (Página/12 – Pág. 10; Tiempo Argentino – Pág. 20)

 

Confirmado: Cristina quiere sesionar hasta 9-D

Cristina de Kirchner confirmó ayer que el Congreso podrá seguir sesionando hasta el último día de su mandato. Técnicamente, las cámaras con su actual configuración, es decir antes de las elecciones, y sus autoridades podrán votar proyectos hasta 8 horas antes que asuma el nuevo presidente. (Ambito Financiero – Pág. 11; La Nación – Sección: Política – Pág. 8)

 

“Un cambio sin los riesgos del pasado”

Hoy comienza la campaña publicitaria para el ballottage. “Yo sé que algunos están enojados. Pero no creo que estén enojados con la asignación universal para sus hijos ni con las casas de Pro.Cre.Ar, ni con muchos otros logros”, dice Scioli en el aviso que se conoció ayer. (Página/12 – Pág. 7; El Cronista – Pág. 8)

 

El PJ bonaerense llamó a “profundizar la campaña” para ganar la segunda vuelta

El presidente del Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires e intendente de La Matanza, Femando Espinoza, afirmó que en “los próximos 15 días se juega el futuro de los argentinos”, al encabezar una reunión que ese espacio llevó a cabo con el propósito de analizar la campaña con miras al balotaje del 22 de noviembre y respaldar al candidato presidencial del Frente para la Victoria, Daniel Scioli. (Buenos Aires Económico – Pág. 12)

 

Scioli: “Macri está rodeado de gerentes de empresas internacionales”

El candidato del FPV recorrió el partido de Lomas de Zamora y apuntó al armado de su rival de Cambiemos. “Lo único que da miedo es cuando da su propuesta”, puntualizó.

También marcó diferencias con las posiciones en materia energética y agrícola. (Tiempo Argentino – Pág. 3-4)

 

En Santa Fe, Macri encolumnó a toda la UCR y pidió redoblar esfuerzos

Mauricio Macri se mostró ayer con sus socios radicales en Santa Fe. Fue durante el cierre del Foro de Intendentes Radicales, que nucleó a 446 intendentes, gobernadores y principales figuras de la UCR. Además de mostrar la foto con mandatarios que tienen votos de cara al ballottage, logró encolumnar al radicalismo detrás de su figura y demostrar así el éxito de la construcción territorial que llevó a cabo su ministro de Gobierno porteño y uno de sus jefes de campaña, Emilio Monzó. (El Cronista – Pág. 9; Tiempo Argentino – Pág. 6; Clarín – Pág. 6; Buenos Aires Económico – Pág. 13; Página/12 – Pág. 4)

 

Massismo presenta un amparo para frenar a nuevos auditores

El Frente Renovador, el partido que lidera Sergio Massa, presentó ayer un reclamo formal ante la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación y hoy elevará a la Justicia una acción de amparo por las designaciones de los neocamporistas Julián Álvarez y Juan Ignacio Forlón en la Auditoría General de la Nación (AGN), que tildó de “irregulares”. (Ambito Financiero – Pág. 14-15)

 

 

 

 

 

EMPRESAS

 

Nueva bodega para Molinos

Molinos Río de la Plata sumó su segunda bodega. La empresa controlada por los hermanos Luis y Jorge Perez Companc informó a la Bolsa de Comercio la adquisición de la bodega Ruca Malen. La operación se cerró en US$ 8,8 millones. “Esta transacción se enmarca en la actual etapa de Molinos de focalización de inversiones en sus negocios estratégicos, en este caso su plataforma de crecimiento de vinos y espumantes iniciada años atrás con la bodega Nieto Senetiner”, explicó la empresa compradora. Ruca Malen nació en 1998 de la mano de Jean Pierre Thibaud (ex presidente de Chandon Argentina) y Jacques Louis de Montalembert (ex accionista de Quilmes). La bodega elabora los vinos Ruca Malen, Kinien y Yauquen y cuenta con una planta en Agrelo, Mendoza. (La Nación, Economía, Qué pasa)

 

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

 

Resolución 3528/2015

 

Bs. As., 09/11/2015

 

VISTO el Expediente N° 92.390/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 24.557, N° 26.773, los Decretos N° 170 de fecha 21 de febrero de 1996, N° 585 de fecha 31 de mayo de 1996, N° 708 de fecha 27 de junio de 1996, N° 719 de fecha 28 de junio de 1996, N° 491 de fecha 29 de mayo de 1997, N° 1.475 de fecha 29 de julio de 2015, las Resoluciones S.R.T. N° 75 de fecha 21 de junio de 1996, N° 39 de fecha 10 de junio de 1997, N° 771 de fecha 24 de abril de 2013, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) N° 24.659 de fecha 18 de junio de 1996 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 3, apartado 2 de la Ley N° 24.557 faculta a los empleadores a optar por el régimen de autoseguro de los riesgos del trabajo, supeditando tal extremo a que se garantice tanto la solvencia económico financiera que permita afrontar las prestaciones dinerarias del sistema, como así también los servicios necesarios para otorgar las prestaciones en especie.

 

Que el Decreto N° 585 de fecha 31 de mayo de 1996 dispuso a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como autoridades de control encargadas de habilitar y revocar la autorización para que los empleadores permanezcan en el régimen de autoseguro.

 

Que el Decreto N° 585/96 establece que la S.R.T. controlará la acreditación de los requisitos estipulados en el artículo 6° de dicho cuerpo normativo.

 

Que mediante el artículo 9° del decreto mencionado en el considerando precedente se exige la contribución que los empleadores privados están obligados a aportar con destino al Fondo de Garantía y al financiamiento de esta S.R.T., estableciendo las pautas para su cálculo.

 

Que la Resolución S.R.T. N° 75 de fecha 21 de junio de 1996 establece los requisitos que deben cumplir aquellos empleadores que opten por el régimen de autoseguro en riesgos del trabajo.

 

Que el artículo 3° del Decreto N° 719 de fecha 28 de junio de 1996 establece que las provincias, sus Organismos descentralizados y autárquicos, sus municipios y la MUNICIPALIDAD de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, en caso de optar por autoasegurarse, deberán adecuarse a los requisitos estipulados para los empleadores privados que opten por el autoaseguro.

 

Que conforme la experiencia adquirida, se considera necesario readecuar los requisitos que deban cumplir los empleadores públicos y privados que pretenden autoasegurarse.

 

Que en tal sentido, a los fines de brindar un servicio eficiente y eficaz a los distintos actores vinculados con el sistema de riesgos del trabajo, se estima procedente regular la atención al público brindada por los Empleadores Autoasegurados (E.A.), y los procedimientos para la gestión de reclamos.

Que asimismo, se considera necesario que las entidades que soliciten ingresar al régimen de autoseguro deban remitir a la S.R.T. las “Normas obre Procedimientos Administrativos” referente de los circuitos de desarrollo operativo de su gestión como autoasegurado.

 

Que, con el fin de lograr la plena participación de empleadores y trabajadores en el tratamiento de toda problemática que se presente en materia de seguridad e higiene en el trabajo, se estima conveniente requerir la conformación de un Comité Mixto de Higiene y Seguridad Laboral tanto a aquellos empleadores públicos o privados que soliciten ingresar al régimen de autoaseguro, como a aquellos que ya se encuentren autoasegurados.

 

Que en función de optimizar la organización del sistema, resulta necesario que el empleador autoasegurado informe a la S.R.T. las modificaciones que realice en relación a cantidad de trabajadores, establecimientos cubiertos, estructura de preventores y/o en lo que respecta a las cantidades de unidades centralizadas, descentralizadas o autárquicas que dependen del autoaseguro.

 

Que a fin de supervisar el sistema de autoaseguro, la S.R.T. podrá disponer la realización de actividades de control al empleador autoasegurado, tendiente a verificar que mantenga el nivel de cumplimiento con las normas de higiene y seguridad que poseía al tiempo de serle otorgada la autorización para operar en el régimen de autoaseguro.

 

Que la constatación de incumplimientos mediante las medidas descriptas en el considerando anterior, podrá determinar la revocación de la autorización para operar en el régimen de autoaseguro.

 

Que la importancia del control que se establece según los considerandos precedentes, determina que la medida de control se realice aún sobre aquellos empleadores que se encuentran autoasegurados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

Que el empleador que solicite la baja del régimen de autoseguro, o sea revocada su autorización para operar como autoasegurado, deberá como condición necesaria, celebrar un contrato con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley N° 24.557.

 

Que todas las consideraciones que anteceden determinan se impulse la abrogación de la Resolución S.R.T. 75/96.

 

Que asimismo, en orden de actualizar el mecanismo que permite hacer efectiva de la primera contribución requerida en los términos del artículo 9° del Decreto N° 585/96, se considera oportuno derogar el artículo 4° de la Resolución SRT N° 39 de fecha 10 de junio de 1997.

 

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le corresponde.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 7° del Decreto N° 585/96 y del artículo 36 de la Ley N° 24.557.

 

Por ello,

 

EL SUPERINTENDENTE

DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Los empleadores privados que pretendan ejercer su opción para funcionar como autoasegurados en el sistema de riesgos del trabajo, deberán efectuar una presentación ante esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) observando los siguientes requisitos:

 

a) Carta de presentación suscripta por la máxima autoridad de la entidad privada que exprese el propósito de acceder al régimen de autoaseguro previsto en la Ley N° 24.557, y copia del acta del órgano directivo que instrumente la decisión de operar como entidad autoasegurada en Riesgos del Trabajo. Cuando se trate de un conjunto de empresas, en el marco de lo normado en el artículo 4° del Decreto N° 585 de fecha 31 de mayo de 1996, la carta de presentación deberá estar firmada por las máximas autoridades de las empresas que integran el conjunto. Se deberá acompañar, asimismo, el instrumento que acredite la personería de quien suscriba la carta de presentación.

 

b) Copia de las boletas mediante las cuales se acredite la primera contribución que se requiere en los términos del artículo 9° del Decreto N° 585/96, a realizarse en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA. El número de cuenta a la que transferir el CUARENTA POR CIENTO (40%) al Fondo de Garantía y el número de la cuenta a la que transferir el SESENTA POR CIENTO (60%) al Fondo Presupuestario de esta SRT serán establecidos por la Subgerencia de Administración de este Organismo.

 

c) Copia autenticada de la Declaración Jurada presentada ante la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) con el detalle de las remuneraciones sujetas a cotización de los últimos DOCE (12) meses e indicación de la actividad principal, según lo dispuesto en el artículo 1°, punto b) de la Resolución S.S.N. N° 24.659 de fecha 18 de junio de 1996. Deberá presentar, asimismo, Declaración Jurada de la cantidad de trabajadores empleados. En caso de tratarse de un conjunto de empresas, esta información deberá suministrarse en forma detallada por cada una de ellas.

 

ARTICULO 2° — Los empleadores públicos que estén incluidos en el artículo 3° del Decreto N° 719 de fecha 28 de junio de 1996, que pretendan ejercer su opción para operar como autoasegurados en el sistema de riesgos del trabajo, deberán efectuar una presentación ante esta S.R.T. observando los siguientes requisitos:

 

a) Carta de presentación suscripta por la máxima autoridad del Organismo que exprese el propósito de acceder al régimen de autoaseguro previsto en la Ley N° 24.557. Se deberá acompañar, asimismo, copia del instrumento que acredite la personería del firmante.

 

b) Copia certificada del acto administrativo emitido por la máxima autoridad del Organismo aspirante, mediante el cual se haya dispuesto la gestión de la solicitud de autoseguro y del acto administrativo mediante el cual se haya resuelto la creación de una Unidad Ejecutora de Riesgos del Trabajo (UERT) o bien la designación de una Unidad Orgánica como responsable del autoseguro, con facultades competentes para ejercer la administración. Dicho acto deberá hacer mención de la total autonomía o descentralización de la UERT o Unidad Orgánica Responsable para el pago de prestaciones.

 

c) Copia certificada del acto administrativo mediante el cual se habiliten anualmente las partidas presupuestarias específicas para atender las prestaciones de la Ley N° 24.557 y sus normas complementarias. Dichas partidas no podrán ser inferiores a las sumas establecidas para las reservas especiales normadas por el artículo 3° del Decreto N° 585/96. Las partidas presupuestarias deberán estar desagregadas especificando aquellas destinadas a:

 

1) Prevención

 

2) Pago de prestaciones en especie

 

3) Pago de prestaciones dinerarias

 

En el caso de conjunto de dependencias, deberán considerarse los aspectos establecidos en el artículo 4°, punto 6, del Decreto N° 585/96.

 

d) Detalle de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y denominación de las Unidades Centralizadas que dependen del autoaseguro, como así también, las reparticiones descentralizadas o autárquicas que dependerán del mismo, en caso de corresponder.

 

e) Copia certificada del acto administrativo mediante el cual se manifieste que el proceso de liquidación, autorización y pago de las prestaciones dinerarias de la Ley N° 24.557 no será enmarcado dentro del proceso normal y habitual de las contrataciones de la Administración Pública.

 

f) Copia certificada de la Declaración Jurada presentada ante la S.S.N. con el detalle de las remuneraciones sujetas a cotización de los últimos DOCE (12) meses e indicación de la actividad principal, según lo dispuesto en el artículo 1°, punto b) de la Resolución S.S.N. N° 24.659/96. Deberá presentar, asimismo, Declaración Jurada de la cantidad de trabajadores empleados por el Organismo. En caso de tratarse de un conjunto de dependencias, esta información deberá suministrarse en forma detallada por cada una de ellas, identificando cada C.U.I.T.

 

g) Declaración Jurada asumiendo el deber de informar mensualmente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.) las remuneraciones de los trabajadores que prestan servicios para el Organismo, conforme al artículo 18 del Decreto N° 491 de fecha 29 de mayo de 1997 y sus resoluciones complementarias.

 

h) Declaración Jurada asumiendo la aplicación de las obligaciones que impone la Ley N° 24.557 y normas complementarias por sobre normas y procedimientos propios del Organismo público que solicita el autoseguro. A tales efectos, los dictámenes y homologaciones previstas en el artículo 21 de la mencionada ley serán tramitados únicamente ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales u Organismos habilitados a tal fin; deberá asimismo consentir, en atención a lo dispuesto por el artículo 14 del Decreto N° 1.475 de fecha 29 de julio de 2015, que los recursos que se interpongan se concederán al solo efecto devolutivo.

 

ARTICULO 3° — Establézcanse los siguientes requisitos a ser presentados tanto por los empleadores privados como públicos que soliciten autorización a esta S.R.T. para operar en el régimen de autoseguro de riesgos del trabajo:

 

a) Acreditar el cumplimiento de los requisitos que impone el Anexo I de la presente resolución para cada una de las jurisdicciones en dónde se otorguen prestaciones, acto que tendrá el carácter de Declaración Jurada.

 

b) Presentar la información que acredite la capacidad para cumplir con la promoción y fiscalización de las normas de Higiene y Seguridad, conforme los datos exigidos en el Anexo II de la presente resolución, la que tendrá carácter de Declaración Jurada.

 

c) Manifestar encontrarse en el Tercer Nivel de cumplimiento de la normativa de Higiene y Seguridad, de conformidad con lo establecido el Decreto N° 170 de fecha 21 de febrero de 1996. La Gerencia de Prevención de esta S.R.T. verificará la adecuación al nivel manifestado.

 

d) En el caso de no encontrarse en el nivel de cumplimiento establecido en el apartado anterior, el solicitante deberá acreditar ante esta S.R.T. estar calificado como mínimo en el Segundo Nivel de cumplimiento de la normativa de Higiene y Seguridad y haber acordado un Plan de Mejoramiento de dichas condiciones con su Aseguradora de Riesgos del Trabajo, en los términos de los artículos 1° y 2° del Decreto N° 708 de fecha 27 de junio de 1996, tendiente a alcanzar el Tercer Nivel. El plazo máximo de ejecución de un Plan de Mejoramiento podrá ser de hasta VEINTICUATRO (24) meses. Al tiempo de ser acordado, la aseguradora deberá consignar el plazo estimado de acuerdo a las obligaciones legales en materia de higiene y seguridad a cumplir. La Gerencia de Prevención de esta S.R.T. efectuará el seguimiento del Plan de Mejoramiento celebrado en estas condiciones.

 

La verificación del incumplimiento del Plan de Mejoramiento acordado determinará la revocación del autoseguro. El empleador alcanzado con dicha medida no podrá solicitar una nueva autorización para operar en el régimen de autoaseguro hasta transcurrido UN (1) año de producida la revocación.

 

Transcurrido el plazo señalado, la acreditación del cumplimiento del plan acordado constituirá un requisito condicionante de la admisión del nuevo trámite de solicitud de autoaseguro que pretenda iniciarse.

 

e) Constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales nacionales de la Capital Federal.

 

ARTICULO 4° — La constatación de que el empleador solicitante integra uno de los Programas de Focalización definidos por esta S.R.T. al inicio del trámite, determinará el rechazo de la solicitud.

 

ARTICULO 5° — Los empleadores que soliciten ingresar al régimen de autoseguro, deberán designar a un Responsable de Atención al Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Resolución S.R.T. N° 2.553 del 19 de diciembre de 2013 y lo expuesto en la Resolución S.R.T. N° 733 de fecha 26 de junio de 2008. Aquellos empleadores que cuenten en su nómina con menos de MIL (1.000) empleados, deberán contar con DOS (2) líneas telefónicas directas de contacto, un número de celular y una dirección de correo electrónico mediante las cuales los trabajadores podrán efectuar las consultas y reclamos. No se requerirá a los empleadores enmarcados en dicha característica, el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1°, inciso a) de la Resolución S.R.T. N° 2.553/13.

 

ARTICULO 6° — Los empleadores que soliciten ingresar al régimen de autoseguro deberán presentar con su solicitud, las “Normas sobre Procedimientos Administrativos” relativos a los procedimientos mínimos obligatorios de los puntos 4.1., 4.2., 4.3., 4.4. y 4.5., reglamentados en el Anexo III de la presente resolución. Dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos posteriores a la fecha de la autorización para operar dentro del régimen de autoseguro, deberán remitir las “Normas sobre Procedimientos Administrativos” relativos a los procedimientos mínimos 4.6., 4.7. y 4.8.

 

ARTICULO 7° — Los empleadores que gestionen su ingreso al régimen de autoseguro deberán conformar un Comité Mixto de Higiene y Seguridad Laboral, constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, en los términos del Anexo IV de la presente, de manera tal de lograr la plena participación en el tratamiento de toda problemática que se presente en materia de seguridad e higiene en el trabajo, contribuyendo a evitar riesgos y enfermedades profesionales.

 

ARTICULO 8° — La S.R.T. llevará a cabo un procedimiento de análisis y evaluación de la documentación presentada. En el supuesto que surjan observaciones que formular o que la información aportada resultara insuficiente, se requerirá al empleador en tal sentido. Transcurrido el plazo de NOVENTA (90) días de formulado dicho requerimiento sin que el empleador integre la totalidad de la información solicitada, se procederá a resolver el trámite con los elementos aportados.

 

ARTICULO 9° — Una vez finalizada la gestión de análisis de los requisitos estipulados en los artículos precedentes, y en caso de no haberse recibido copia certificada de aprobación de los requisitos solicitados por la S.S.N., esta S.R.T. procederá a remitir las actuaciones a dicho Organismo a fin de continuar la tramitación.

 

ARTICULO 10. — Establécese que las siguientes circunstancias deberán ser notificadas a esta S.R.T. por el empleador autoasegurado dentro de un plazo de QUINCE (15) días de antelación a que se produzcan:

 

a) Incremento del número de trabajadores cubiertos en más de un TRES POR CIENTO (3%).

 

b) Incremento de establecimientos cubiertos.

 

c) Altas y/o bajas en las unidades centralizadas, descentralizadas o autárquicas que dependen del autoaseguro.

 

d) Reducción de estructura de médicos o prestadores para la gestión de las Prestaciones Médicas o de preventores para la gestión de las normas de Higiene y Seguridad derivadas de la ley.

 

En caso de fuerza mayor, dicha comunicación no deberá exceder de los QUINCE (15) días corridos posteriores a su ocurrencia.

 

La S.R.T. analizará dichas circunstancias a fin de evaluar los riesgos respecto al cumplimiento de sus obligaciones. Si de dicho análisis surgiera que la nueva situación no cumple con los requisitos bajo los cuales se otorgó la autorización para operar como autoasegurada, la S.R.T. se encontrará facultada para aplicar las sanciones correspondientes, pudiendo alcanzar, inclusive, la revocación de la autorización para operar como empleador autoasegurado.

 

ARTICULO 11. — La S.R.T. podrá disponer la realización de actividades de control al empleador autoasegurado, tendiente a verificar el cumplimiento de normas básicas en higiene, seguridad y prevención en riesgos del trabajo.

 

La comprobación de incumplimiento a las normas básicas podrá determinar la revocación de la autorización para operar en el régimen de autoaseguro.

 

Dichas actividades de control podrán disponerse aún sobre aquellos empleadores que se encuentren autoasegurados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

ARTICULO 12. — Sin perjuicio de las causales consignadas en la presente resolución, la autorización para operar en el Régimen de Autoseguro será asimismo revocada cuando sean verificadas las causales que establecen los Decretos N° 585/96 y N° 708/96.

 

ARTICULO 13. — Aquellos empleadores que soliciten la disolución del autoseguro deberán remitir a esta S.R.T., dentro de los DIEZ (10) días hábiles de tomada su decisión, la siguiente documentación:

 

a) Copia certificada del acta de asamblea o del acto administrativo, según corresponda, que refleje la decisión de solicitar la baja del régimen de autoseguro, y de contratar una A.R.T. para asegurar los riesgos establecidos por la Ley N° 24.557 y modificatorias.

 

b) Copia de la presentación realizada ante la S.S.N. solicitando la baja al régimen del autoseguro.

 

c) Copia debidamente firmada y certificada por Contador Público o Estudio de Contadores de los últimos DOS (2) Estados Contables cerrados, debiendo agregar:

 

1) Detalle de las deudas pendientes derivadas del cumplimiento de las prestaciones establecidas por la Ley N° 24.557 y sus modificatorias, especificando su vencimiento.

 

2) Documentación que acredite el saldo a la fecha de presentación de requisitos en concepto de Fideicomiso y Reserva Especial, en cumplimiento de la Resolución S.S.N. N° 24.659/96.

 

3) Último resumen mensual de movimientos de la cuenta bancaria destinada a la Reserva Especial, a la cual hace referencia el artículo 3°, punto 4 de la Resolución SSN N° 24.659/96.

 

4) Detalle con apertura mensual de las remuneraciones sujetas a cotización de los últimos DOS (2) trimestres, con indicación de la actividad principal, conforme lo indicado en el artículo 3, punto 2 del Decreto N° 585/96.

 

d) Copia certificada de la solicitud de afiliación suscripta con una A.R.T. por el cual esta última asegurará el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley N° 24.557 y sus modificatorias.

 

ARTICULO 14. — Establécese que se considerará como fecha de disolución del autoseguro, el último día del mes de la publicación en el Boletín Oficial del acto que la otorga. A partir de dicha fecha el empleador deberá contar con un contrato de afiliación a una A.R.T., sin perjuicio de la presentación de la solicitud de afiliación suscripta oportunamente. En ningún caso la entidad que solicita la disolución de autoseguro queda exenta de su responsabilidad como autoasegurada por las obligaciones contraídas con anterioridad a la fecha de disolución.

 

ARTICULO 15. — El empleador que solicite la disolución del autoseguro, será responsable por las obligaciones emergentes de las contingencias sufridas por los trabajadores cuyas Primera Manifestación Invalidante (P.M.I.) tuvieron lugar con anterioridad a la fecha de disolución del autoseguro, tanto por accidentes laborales como por enfermedades profesionales.

 

ARTICULO 16. — Establécese que será responsabilidad del empleador que solicite la disolución del autoseguro, la cancelación de toda deuda pendiente de pago ante la S.R.T. que pudiera haberse originado, entre otros, por, aportes o contribuciones, reintegros de gastos antes las Comisiones Médicas, o cualquier otro concepto; como así también, el pago de las sanciones pecuniarias que pudieran imponerse en razón de la instrucción de sumarios por incumplimientos a la normativa de riesgos del trabajo durante la vigencia del autoseguro, aun cuando a la fecha de la disolución, no se hubiera emitido resolución imponiendo multa.

 

ARTICULO 17. — El empleador privado que obtenga la baja al régimen de autoseguro deberá realizar la contribución establecida en el artículo 9° del Decreto N° 585/96 en proporción al tiempo transcurrido entre la fecha de solicitud de baja, y la del acto administrativo que la otorgue. La contribución deberá efectivizarse dentro de los TREINTA (30) días posteriores a ser notificado de la baja.

 

ARTICULO 18. — Las siguientes disposiciones serán aplicables a aquellos empleadores que ya posean autorización para operar en el régimen de autoseguro al momento de entrada en vigencia de la presente resolución, los que deberán:

 

a) Constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES dentro de los SESENTA (60) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

b) Cumplir con las disposiciones del artículo 6° de la presente resolución en un plazo máximo de DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

c) Remitir a esta S.R.T. las “Normas sobre Procedimientos Administrativos” relativos a los procedimientos mínimos de los puntos 4.1., 4.2., 4.3., 4.4. y 4.5., reglamentados en el Anexo III de la presente resolución, dentro de los NOVENTA (90) días corridos posteriores a la entrada en vigencia, en tanto que los procedimientos mínimos de los puntos 4.6., 4.7. y 4.8. del Anexo III deberán ser remitidos dentro de los CIENTO CUARENTA (140) días corridos de la puesta en vigencia de la presente resolución.

 

d) Conformar un Comité Mixto de Higiene y Seguridad Laboral en los términos del Anexo IV de la presente, dentro de los SESENTA (60) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente normativa.

 

ARTICULO 19. — Apruébanse los Anexos I, II, III y IV como parte integrante de la presente resolución.

 

ARTICULO 20. — Facúltase a la Gerencia de Prevención a modificar plazos, condiciones y requisitos establecidos en el Anexo IV, así como dictar normas complementarias.

 

ARTICULO 21. — Facúltase a la Gerencia de Sistemas a determinar formatos y medios para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 10 y 13, así como dictar normas complementarias.

 

ARTICULO 22. — Deróguese el artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 39 de fecha 10 de junio de 1997.

 

ARTICULO 23. — Abróguese la Resolución S.R.T. N° 75 de fecha 21 de junio de 1996.

 

ARTICULO 24. — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTICULO 25. — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

 

ANEXO I

 

1) ORGANIZACIÓN

 

1.1. El empleador solicitante deberá remitir la estructura organizativa de las áreas vinculadas al otorgamiento de las prestaciones en especie, detallando las funciones y responsabilidades de los distintos sectores.
1.2. El empleador deberá informar los responsables de las distintas áreas vinculadas a la gestión y otorgamiento de las prestaciones en especie con nombre y apellido y datos de contacto laboral, especificando su profesión y título habilitante en los casos en que corresponda. Como mínimo deberá contar con responsables para cada una de las siguientes funciones, de acuerdo a la normativa vigente:

a) Responsable Médico a cargo de la gestión integral de prestaciones en especie quien deberá contar con un teléfono celular de contacto para casos de emergencia.

 

b) Responsable de Recalificación Profesional.

c) Responsable de seguimiento de Casos Crónicos.

d) Responsable de coordinación de traslados.

e) Responsable Médico de supervisión de Ventanilla Electrónica para requerimiento de prestaciones en especie.

 

Asimismo, deberá comunicar inmediatamente cualquier variación sobre la declaración realizada.

 

1.3. El empleador deberá especificar los recursos humanos propios, tanto administrativos como médicos y otros profesionales, afectados a la gestión y control de las prestaciones en especie, teniendo que indicar su distribución dentro de las distintas áreas de la estructura organizativa.

 

1.4. El empleador deberá disponer de auditores en terreno en todas las jurisdicciones en las que opere a fin de realizar auditorías en sede de los prestadores en forma programada y periódica registrando cada una de sus intervenciones. En atención a ello, deberá remitir el listado de los auditores que efectuarán el control de los casos por jurisdicción. Asimismo, deberá comunicar semestralmente cualquier variación sobre la declaración realizada.

 

1.5. El empleador deberá contar con un plan de capacitación, de frecuencia mínima anual, para todo el personal de las áreas vinculadas al otorgamiento de las prestaciones en especie, cuyo contenido, duración y constancia de asistencia deberá ser informado a este Organismo.

 

2) PROCEDIMIENTOS

 

2.1. El empleador solicitante deberá contar con un manual de procedimientos para la gestión integral de las prestaciones en especie que defina:

 

a) Responsabilidades en los procesos;

 

b) Funciones y plazos para las tareas a realizar;

 

c) Controles internos específicos.

 

2.2. Asimismo, el empleador deberá contar con procedimientos específicos para la gestión y seguimiento de las temáticas que se detallan a continuación, en conformidad con la normativa vigente sobre la materia:

 

a) Recepción de denuncia de una contingencia, y posterior derivación para el comienzo del otorgamiento de las prestaciones en especie, contemplando la evaluación sobre el carácter laboral de la contingencia denunciada para los supuestos en que amerite;

 

b) Rehabilitación;

 

c) Provisión de fármacos y materiales de osteosíntesis, prótesis y ortesis;

 

d) Recalificación Profesional;

e) Servicios Funerarios;

 

f) Casos Crónicos;

 

g) Coordinación de traslados;

 

h) Registro Operativo de Auditoría Médica (R.O.A.M.)

 

i) Centro Coordinador de Atención Permanente (CeCAP);

j) Entrega de credenciales.

 

2.3. Los manuales de procedimiento deberán ser aprobados y rubricados por las máximas autoridades del empleador.

 

3) SISTEMAS INFORMÁTICOS

 

3.1. El empleador solicitante deberá contar con los recursos informáticos para asegurar la debida gestión y control de las prestaciones en especie, que permitan:

 

a) La registración de la gestión integral de las prestaciones en especie debiendo arbitrar los medios que aseguren la preservación de la integridad y autenticidad de la información;

 

b) La gestión oportuna de las prestaciones en especie mediante la implementación de alarmas específicas;

 

c) La generación de estadísticas;

 

d) El intercambio de información con prestadores;

 

e) La respuesta ágil y eficiente a los requerimientos de Ventanilla Electrónica en materia de prestaciones en especie.

 

4) PRESTADORES

 

4.1. El empleador solicitante deberá informar la distribución de trabajadores cubiertos al momento de iniciar la actividad en función de los establecimientos con que cuente y las distintas jurisdicciones donde brindará cobertura.

 

4.2. El empleador deberá informar para cada jurisdicción donde se brinde cobertura, nómina completa de los siguientes prestadores detallando en todos los casos razón social y domicilio de cada uno de los establecimientos, distinguiendo además los prestadores propios de los contratados:

 

a) Establecimientos de asistencia médico y/o quirúrgica con internación por niveles de complejidad;

 

b) Establecimientos de internación psiquiátrica;

 

c) Establecimientos de asistencia médica ambulatoria (incluyendo asistencia psiquiátrica y psicológica);

 

d) Establecimientos de asistencia odontológica;

 

e) Establecimientos de atención para Quemados.

 

f) Establecimientos de atención de Oftalmología.

 

g) Establecimientos de atención de Otorrinolaringología.

 

h) Establecimientos de internación para rehabilitación;

 

i) Prestadores de rehabilitación ambulatoria y domiciliaria (incluyendo Terapia Ocupacional y Foniatría);

 

j) Prestadores de enfermería domiciliaria;

 

k) Prestadores de internación domiciliaria;

 

l) Farmacias;

 

m) Ortopedias;

 

n) Laboratorios de análisis clínicos;

 

o) Prestadores de diagnóstico por imágenes;

 

p) Prestadores de traslados médicos (terrestres y aéreos);

 

q) Prestadores de traslados no médicos (taxis y remises);

 

r) Prestadores de Recalificación;

 

s) Prestadores de Servicios Funerarios.

 

4.3. Los contratos que el empleador solicitante celebre con los prestadores deberán especificar:

 

a) En cuanto a los establecimientos médico asistenciales, el tipo de prestación o servicio que no requieren autorización previa y cuáles sí la requieren, definiendo además el circuito a emplear entre la organización y el prestador contratado a fin de asegurar una gestión ágil para su autorización y posterior provisión del servicio al damnificado.

 

b) En cuanto a los prestadores de asistencia quirúrgica, el circuito para la autorización y gestión de cirugías, como así también para la provisión de los materiales quirúrgicos para las mismas.

 

c) En cuanto a los prestadores de Rehabilitación, el protocolo de evaluación y evolución fisiokinésica que deberán llevar a cabo los prestadores durante el tratamiento de los damnificados.

 

d) En cuanto a los prestadores de los Servicios Funerarios, el detalle del servicio contratado y los requisitos mínimos que debe cumplir el prestador a fin de acreditar la calidad en el servicio, de acuerdo a la normativa vigente.

4.4. El empleador deberá contar con un plan de capacitación, de frecuencia mínima anual, para los establecimientos médico asistenciales contratados, cuyo contenido, duración y constancia de realización deberá ser informado a este Organismo.

 

ANEXO II

 

Apartado A – Organización y Estructura

 

 
Apartado B – Sucursales en el país

Apartado C – Recursos Humanos Aplicados a la Prevención y Recursos Técnicos

Apartado D – Otros aspectos
1. Manuales, procedimientos, instructivos, registros, y todo tipo de documentos aplicados en la implementación del Sistema de Gestión en Seguridad e Higiene de la empresa. Los mismos deberán estar debidamente identificados, aprobados y rubricados por las máximas autoridades de la empresa.

 

2. Capacitación:

 

2.1. Plan Anual de Capacitación, incluyendo riesgos generales y específicos de todas las tareas desarrolladas. Discriminado por niveles de responsabilidad y tareas a ejecutar.

2.2. Manuales, folletos, videos y todo otro material utilizado para realizar las mismas.

 

3. Relevamiento General de Riesgos Laborales de todos los establecimientos (Modelo de planilla según Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 463/09)

 

3.1. Incluir Plan de Adecuación a la Legislación (P.A.L.) por cada establecimiento declarado.

 

3.2. Establecer un Programa de Reducción de Siniestralidad (P.R.S.) por cada establecimiento declarado.

 

3.3. Determinar fechas de cumplimiento y seguimiento.

 

3.4. Análisis estadístico de accidentes laborales/enfermedades profesionales (Datos del trabajador; fecha de accidente; N° establecimiento, forma; lesión; ubicación; recomendaciones); investigaciones de accidentes graves y/o mortales, e investigación de enfermedades de origen laboral.

 

4. Análisis de riesgos laborales de todos los puestos de trabajo, discriminados por establecimiento.

 

5. Presentar Relevamiento de Agentes de Riesgos (R.A.R.) y Nómina de Personal Expuesto con identificación de tareas. Discriminado por establecimiento.

 

6. Plan de contingencias establecido para la empresa y por establecimiento.

 

ANEXO III

 

PAUTAS MINIMAS Y OBLIGATORIAS PARA EL DESARROLLO DE LAS “NORMAS SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS”

 

1) REQUISITOS A CUMPLIR

 

1.1. Deben estar redactados en idioma castellano.

 

1.2. Serán elaborados internamente por las áreas que designe el directorio u órgano de administración o autoridad equivalente en los casos de empleadores privados, admitiéndose también su confección por personas ajenas a su estructura.

 

1.3. Deberán contemplar lo establecido por la Ley N° 24.557 y sus modificatorias, normas reglamentarias dictadas por esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) u otro Organismo, que resulten aplicables en lo referente a Ley de Riesgos del Trabajo.

 

1.4. Podrán agruparse en manuales o instrucciones, con la única condición que los mismos describan los procesos a seguir en sus rutinas administrativas, con especial énfasis en los controles que contengan. Deberán observar, en cuanto corresponda, disposiciones legales y las reglamentarias dictadas por esta S.R.T.

 

1.5. En todos los casos, se identificará a los responsables de las tareas y decisiones asumidas en los procesos que describan, a quienes se notificará especialmente por los medios habituales de comunicación interna.

 

2) APROBACIÓN

2.1. El empleador autoasegurado, aprobará bajo la responsabilidad y por intermedio del Directorio las “Normas sobre Procedimientos Administrativos”.

 

2.2. Las mismas entrarán en vigencia en forma inmediata luego de su aprobación.

 

2.3. Los contenidos básicos o lineamientos generales de los procedimientos que se aprueben en función de las presentes disposiciones serán transcriptos en el Acta de Directorio correspondiente.

 

2.4. El texto completo de los documentos aprobados se conservará en legajos habilitados a tal efecto con la firma del titular del directorio.

 

2.5. A opción de los empleadores autoasegurados, el texto de dichos documentos podrá conservarse en registros informáticos inalterables, que se asimilarán al concepto de legajos indicado en la presente norma.

 

2.6. Los legajos indicados permanecerán a disposición de esta S.R.T. Ante el caso de resguardarse bajo las cualidades del apartado precedente, los legajos podrán ser requeridos en su estado original o impresos con firma del titular del directorio.

 

3) MODIFICACIONES

 

3.1. Las modificaciones que se produzcan sólo tendrán vigencia a partir de su aprobación por el Directorio, de lo cual se dejará constancia en el respectivo Libro de Actas.

 

3.2. La norma modificatoria, y el texto ordenado resultante, se incorporarán al legajo indicado en los puntos

 

2.5 ó 2.6 de este Anexo, guardando similares formalidades.

 

4) PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS

 

Los circuitos operativos sobre los que se desarrollarán procedimientos mínimos obligatorios serán los siguientes:

 

4.1. Prevención de Riesgos del Trabajo: operatoria, gestión y control.

 

4.2. Prestaciones Dinerarias: liquidación y pago.

 

4.3. Prestaciones en Especie: contratación, prestación, liquidación y pago.

 

4.4. Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales: denuncias, investigación, gestión, registro y notificación.

 

4.5. Determinación de Incapacidades: operatoria, gestión, homologación y notificación.

 

4.6. Sistemas: Plan de continuidad del negocio; seguridad física y lógica; resguardos de Información; y administración de contratos con proveedores externos.

 

4.7. Recepción y registro de mediaciones y demandas judiciales referentes a Accidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales, prevención, afiliaciones u otros aspectos referidos a obligaciones de riesgos del trabajo.

 

4.8. Atención al público: operatoria, gestión y control.

 

Los aspectos indicados en cada uno de los circuitos operativos precedentes son de carácter mínimo y orientativo y deben ser ampliados en la medida que la naturaleza del proceso así lo requiera.

 

5) OBSERVACIONES A PROCEDIMIENTOS

 

Esta S.R.T. podrá observar los procedimientos aprobados, aun los no obligatorios, cuando considere que contengan exigencias o incluyan requisitos que puedan dificultar ostensiblemente el adecuado ejercicio de los derechos de los trabajadores del empleador autoasegurado.

 

6) SANCIONES

 

6.1. El contenido de las “Normas sobre Procedimientos Administrativos” que se aprueben conforme la presente reglamentación será de cumplimiento obligatorio en los procesos llevados a cabo en los Empleadores Autoasegurados.

 

6.2. La inobservancia de las “Normas sobre Procedimientos Administrativos” por parte del Empleador Autoasegurado, podrá implicar una situación susceptible de encuadrarse en los artículos 32 y 36 de la Ley N° 24.557.

 

ANEXO IV

 

Conformación de Comités Mixtos en el ámbito de Autoseguro

 

Objeto del Comité

 

Es un órgano de carácter paritario, colegiado e interno de cada empleador autoasegurado, especializado en materia de higiene y seguridad en el trabajo.

 

Tiene por misión prioritaria velar y promover la protección de la vida y la salud de los/as trabajadores/as, cualquiera fuera la modalidad o plazo de su contratación o vínculo laboral, y el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo.

 

Su función también está destinada a supervisar, con carácter autónomo y accesorio del Estado, el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de control y prevención de riesgos laborales.

 

1) RESPONSABILIDADES

 

1.1. Preservar la vida y la salud integral de los trabajadores en el medio ambiente laboral.

 

1.2. Vigilar el cumplimiento de la Ley de Riesgos del Trabajo, y normas aplicables y relacionadas con los aspectos de seguridad e higiene del medio ambiente del trabajo.

 

1.3. Proponer medidas preventivas de seguridad y establecer los plazos en los cuales serán implementadas.

 

1.4. Investigar las causas de cada uno de los accidentes y enfermedades de trabajo, de acuerdo a los elementos que les proporcione el empleador y otros que estimen necesarios.

 

1.5. Los empleadores autoasegurados deberán establecer un procedimiento con el propósito de conformar un ambiente de control conducente para combatir el fraude en el sistema de riesgos del trabajo, que se corresponda con la naturaleza de sus actividades, propios parámetros y prácticas.

 

2) FUNCIONES

 

2.1. Fomentar clima de cooperación en la entidad autoasegurada; y la colaboración entre trabajadores y empleadores, a fin de promover la salud, prevenir los riesgos laborales y crear las mejores condiciones y medio ambientales del trabajo.

 

2.2. Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos, en los establecimientos, Organismos o unidades de gestión.

 

2.3. Realizar periódicamente relevamientos destinados a la detección y eliminación de riesgos, cuando esto último no fuese posible, corresponderá su evaluación y puesta bajo control.

 

2.4. Colaborar, promover, programar y realizar actividades de difusión, información y formación en materia de salud y seguridad en el trabajo, con especial atención a los grupos vulnerables en razón de género, capacidades diferentes y edad.

 

2.5. Participar en la investigación de accidentes graves y/o mortales; y enfermedades profesionales.

 

2.6. Conocer y analizar las causas de todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que ocurran en la organización, proponiendo posibles soluciones técnicas.

 

2.7. Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de accidentes mortales o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo con base en la información proporcionada por el empleador o a solicitud de los trabajadores cuando reporten condiciones peligrosas o que, a juicio de la propia comisión, así lo amerite.

 

2.8. Evaluar y analizar la evolución de los índices estadísticos de siniestralidad y enfermedades profesionales, proponiendo programas de reducción de esos índices.

 

2.9. Analizar, evaluar, y de corresponder, sugerir modificaciones al Relevamiento de Agentes de Riesgo (o su equivalente ante futuras modificaciones normativas).

 

2.10. Informarse permanentemente sobre las condiciones de los ambientes de trabajo, el funcionamiento y conservación de la maquinaria, equipo e implementos de protección personal y otros referentes a la higiene, seguridad laboral y bienestar en el trabajo.

 

2.11. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas.

2.12. Proponer y participar en actividades de capacitación en materia de prevención de accidentes y salud ocupacional.

 

2.13. Conocer y tener acceso a la información y resultado de toda inspección, investigación o estudio llevado a cabo por los profesionales y/o técnicos de la entidad autoasegurada, y las realizadas por la autoridad de aplicación en materia de salud y seguridad ocupacional.

 

2.14. Controlar y evaluar el registro de incapacidades y la presentación de denuncias de los accidentes y enfermedades profesionales ante la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).

 

2.15. Los integrantes del comité deben estar en constante preparación técnica en materia de seguridad e higiene laboral. Tienen el derecho y el deber de capacitarse adecuadamente para el cumplimiento de sus funciones, debiendo el empleador prestar la colaboración necesaria a tales efectos.

 

2.16. Podrán solicitar la asistencia técnica de los Servicios de Medicina del Trabajo e Higiene y Seguridad del Trabajo de la Entidad Autoasegurada o externos a ella; y/o de los Organismos Oficiales competentes en la materia.

 

2.17. Los integrantes del comité deberán analizar las sugerencias de los trabajadores en materia de salud e higiene en el trabajo y atender los reclamos que estos efectúen respecto al cumplimiento de las normativas vigentes en la prevención y otorgamiento de prestaciones.

 

2.18. Informar periódicamente a las máximas autoridades del Organismo o empresa autoasegurada sobre sus actuaciones y resultado de las mismas.

 

2.19. Podrán acompañar a la inspección del trabajo en ocasión de fiscalizaciones de establecimientos y tomar conocimiento del acta que labrase.

 

2.20. Analizar, verificar y evaluar actividades laborales a cargo de terceros o empresas subcontratistas, respecto al impacto que estas pudiesen generar en las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, tanto para trabajadores de la propia entidad autoasegurada como de las mencionadas empresas subcontratistas.

 

2.21. Establecer un plan anual de verificaciones y actividades a desarrollar, asignando prioridades de acuerdo a las incidencias, accidentes, enfermedades, y áreas con mayores condiciones peligrosas y presencia de agentes de riesgos.

 

2.22. Dicho plan deberá conformarse dentro de los QUINCE (15) días hábiles de conformarse como empleador autoasegurado.

 

2.23. A más tardar, los primeros QUINCE (15) días hábiles de cada año calendario deberá actualizarse el plan anual, independientemente de la fecha de conformación como entidad autoasegurada.

 

2.24. Deberán mantener reuniones periódicas a fin de tratar como mínimo:

 

2.24.1. El avance del plan anual estipulado y tramitaciones emergentes que hayan surgido durante el periodo de funcionamiento.

 

2.24.2. Los resultados de las investigaciones de cada uno de los Accidentes de Trabajo, y las investigaciones de los motivos que causaron Enfermedades Profesionales detectadas en ese bimestre.

 

2.24.3. Detalle pormenorizado de la cantidad y temáticas observadas y comunicadas a través de Actas de inspección, Notas Correctivas u otra comunicación de incumplimientos en materia de Higiene y Seguridad que les fueran notificados por los distintos Organismos de Control.

 

2.25. Deberán dejar expuestos los temas tratados en las reuniones en un libro de actas, que quedará bajo la guarda del comité y el cual deberá estar a disposición de la S.R.T.

 

2.26. Deberán desarrollar procedimientos orientados a garantizar la difusión de medidas antifraude hacia los beneficiarios o damnificados, con especial énfasis en alertas para evitar que voluntaria o involuntariamente contribuyan a perpetrar una maniobra fraudulenta.

 

2.27. Los procedimientos deberán estar dirigidos a establecer un ambiente de trabajo fundamentado en valores de ética, idoneidad y probidad claros, en instancias de la contratación de su personal, y/o de servicios tercerizados, y en el monitoreo de su comportamiento, incluyendo una política específica y mecanismo de resolución de conflictos de intereses.

 

2.28. Deberán elaborar una memoria de los casos investigados por sospecha de fraude, en la que se registre con periodicidad trimestral un resumen o síntesis que describa brevemente los principales contenidos del caso:

 

2.28.1. Fecha y lugar de la ocurrencia del Accidente o detección de la Enfermedad.

 

2.28.2. Fecha de la denuncia.

 

2.28.3. Hechos denunciados con indicación precisa del reclamo.

 

2.28.4. Datos de la Comisaría y/o de los funcionarios de Gendarmería y/o Prefectura y/o Bomberos y/o Defensa Civil, que eventualmente hayan tomado intervención en el caso.

 

2.28.5. Elementos de prueba recabados.

 

2.28.6. Hechos descubiertos de manera clara y concisa.

 

2.28.7. Datos del/los tomador/es, asegurado/s, beneficiario/s, damnificado/s.

 

2.28.8. Datos del/los presunto/s involucrado/s.

 

2.28.9. Datos del profesional (abogado, médico, etc.) que eventualmente hubiera intervenido.

 

2.28.10. Datos de los testigos.

 

2.28.11. Datos de los abogados de las partes (asegurado/tomador/beneficiario y —de corresponder— del tercero damnificado).

 

2.28.12. Conclusión del caso con la siguiente parametrización mínima:

 

2.28.12.1. Acuerdo / Desistimiento / Reticencia / Rechazo del caso / Prescripción

 

2.28.12.2. Caducidad de instancia / Sentencia que rechaza la demanda / Condena en juicio.

 

2.28.12.3. Montos involucrados.

 

2.28.13. Indicar si se hizo denuncia penal y seguimiento, o alguna presentación ante Asociación, Colegio o Consejo profesional de corresponder.

 

3) DEPENDENCIA

 

3.1. El Comité Mixto reportará al Directorio u Órgano de Administración o autoridad equivalente en los casos de Empleadores Privados, y reportará a la U.E.R.T. o Unidad Orgánica Responsable designada en los casos de Organismos Públicos, conforme el artículo 2°, inciso f) de la presente resolución.

 

3.2. La designación del Comité Mixto deberá quedar reflejada en el Acta de Directorio u Órgano de Administración en caso de Empleadores Privados. En caso de Organismos Públicos, la misma deberá ser determinada a través de un acto administrativo de la máxima autoridad del Organismo autoasegurado.

 

4) CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ

 

4.1. Todo comité mixto, debe estar constituido paritariamente por representantes de los empleadores y trabajadores, de manera equivalente. Se deberá designar un Presidente y un Secretario.

 

4.2. Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa.

 

La duración mínima de los mandatos, tanto de los representantes del empleador como de los trabajadores será de DOS (2) años.

 

4.3. El Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo aprobará su reglamento de funcionamiento interno y la memoria anual de sus actividades.

 

4.4. Los Responsables de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina en el Trabajo (o representante de los mencionados Servicios) deben participar en forma obligatoria de las reuniones del Comité Mixto en carácter de asesores, con voz pero sin voto; salvo que sean designados como miembros del Comité Mixto por parte del empleador.

 

4.5. Solo los miembros que integran el Comité Mixto tendrán voz y voto en sus deliberaciones.

 

5) DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DEL COMITÉ

 

5.1. El empleador designará a sus representantes, que deberá contar entre sus miembros a un integrante o representante de sus máximos niveles de dirección o al responsable de la entidad con facultad de decisión.

 

5.2. Las organizaciones gremiales designarán a su representante, debiendo ser estos trabajadores de la entidad autoasegurada.

5.3. En el caso que en la empresa, Organismo o entidad no exista representación gremial a que se refiere el punto 5.2, la representación de los trabajadores será elegida mediante elección libre y democrática.

 

6) CANTIDAD DE INTEGRANTES DEL COMITÉ

 

6.1. El comité mixto deberá conformarse en cantidad de representantes acuerdo a la siguiente distribución:

 

Número de trabajadores autoasegurados

Número de representantes totales por comité
De 10 hasta 100 trabajadores 2 representantes
De 101 a 500 trabajadores 3 representantes
De 501 a 1000 trabajadores 4 representantes
De 1001 trabajadores en adelante Se agrega 1 representante cada 2000 trabajadores

 

6.2. Cuando exista más de UNA (1) representación sindical, la elección de los miembros de los delegados de Salud y Seguridad en el Trabajo que integran el Comité, se hará en forma proporcional al número de afiliados de cada organización gremial.

 

Cuando existan diferencias de proporcionalidad del número de afiliados que le corresponde a cada organización sindical, para la conformación del Comité Mixto, será esta S.R.T. la que dirima dicha situación.

 

7) FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

 

7.1. Las reuniones del Comité Mixto se llevaran a cabo en establecimientos de la entidad autoasegurada y en horario de trabajo, sin desmedro de las remuneraciones de sus miembros.

 

7.2. El Comité Mixto se reunirá mensualmente en forma ordinaria; pudiéndose reunir en forma extraordinaria ante la solicitud de alguna de las partes en relación a situaciones que así lo ameriten.

 

7.3. El empleador deberá facilitar la labor del Comité Mixto para el cumplimiento de sus funciones, proveyendo los elementos, recursos, información o personal que a tal fin le solicite.

 

7.4. Los miembros del comité tienen derecho a acceder en tiempo útil a la información que necesiten para el cumplimiento de sus funciones y libre acceso a todos los sectores donde se realicen tareas.

 

7.5. Los miembros del Comité Mixto tienen el deber de participar en todas sus reuniones, debiendo justificar las ausencias en que incurrieren.

 

7.6. Deben guardar discreción acerca de la información a la que accedan en ejercicio de sus funciones y secreto profesional respecto a los procesos de producción empleados, siempre que los mismos no afecten la salud de los trabajadores o las condiciones de seguridad en el trabajo.

 

7.7. El empleador deberá informar y capacitar al Comité Mixto, con adecuada antelación, acerca de los cambios que proyecte o disponga introducir en procesos productivos, en las instalaciones de los establecimientos, en la organización del trabajo, en la utilización de materias primas, fabricación o elaboración de nuevos productos, y de todo otro cambio que pudiera tener incidencia directa o indirecta en la salud y seguridad de los trabajadores.

7.8. El Comité Mixto no sustituye ni reemplaza la tarea de control de los Organismos de Aplicación, ni de las obligaciones del empleador respecto a contar con los Servicios de Higiene y Seguridad, y Medicina del Trabajo de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

 

7.9. La entidad autoasegurada deberá notificar a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) sobre la conformación del Comité Mixto, lista de integrantes y representación, dentro de los CINCO (5) días hábiles de haberse conformado.

 

7.10. La S.R.T. llevará un registro de la conformación de los Comité Mixto, integrantes, y toda novedad que surja en el seno de los mismos.

 

7.11. La entidad autoasegurada deberá remitir a esta S.R.T., copia de las actas de reuniones ordinarias y extraordinarias, celebradas en el seno del Comité Mixto, dentro de los CINCO (5) días hábiles posteriores de haberse realizado. La S.R.T. definirá los mecanismos de envío y recepción de la información requerida.

 

8) COMITÉ EN CONJUNTO DE ORGANIZACIONES

 

8.1. Ante el caso de Empleadores Autoasegurados conformados por un conjunto de organizaciones (sean estas correspondientes a empleadores Privados o Públicos), deberán conformar como mínimo un comité por cada organización autoasegurada.

 

9) COMITÉ MIXTO CENTRAL

 

9.1. Cuando se hayan conformado más de TRES (3) comités, deberá conformarse un comité mixto central coordinador de los restantes comités conformados.

 

9.2. El comité central integrara invariablemente un coordinador designado por el empleador, un secretario designado por los trabajadores y DOS (2) vocales, uno de la parte empleadora y otro representando a los trabajadores.

 

9.3 Ante suplencia, ausencia o impedimento temporal de cumplir funciones por parte del coordinador o secretario, los vocales de cada parte actuarán en su representación.

 

10) CAMBIOS EN LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ MIXTO

 

10.1. Los cambios que se produzcan sobre los integrantes del comité mixto, deberán ser notificados a la Gerencia de Prevención de esta S.R.T. dentro de los DIEZ (10) días corridos de haberse producido.

 

10.2. Deberán remitir en dicha comunicación, copia del acta con la designación de los miembros que conformarán el nuevo comité.

 

11) DISPOSICIONES GENERALES

 

11.1. En caso que las ADMINISTRADORAS DE TRABAJO LOCAL (A.T.L.), o en los Convenios Sectoriales vigentes en las empresas autoaseguradas, que hayan regulado procedimientos para la conformación, designación de representantes y funcionamiento de los Comité Mixtos o similares, y que pudiesen plasmar un espíritu contrario a la presente norma, los empleadores deberán notificarlo formalmente a esta S.R.T., debiendo generar una propuesta a efectos de equiparar tales procedimientos.

 

11.2. La S.R.T. será quién emita opinión respecto a la validez e implementación de dicha equiparación.