ARTICULO 5°. – Recargo por incumplimientos.
 

1. Si el accidente de trabajo o la enfermedad profesional se hubiere producido como consecuencia de incumplimientos por parte del empleador de la normativa de higiene y seguridad en el trabajo, este deberá pagar al Fondo de Garantía, instituido por el artículo 33 de la presente ley, una suma de dinero cuya cuantía se graduará en función de la gravedad del incumplimiento y cuyo tope máximo será de treinta mil pesos ($ 30.000).
 

2. La SRT es el órgano encargado de constatar y determinar la gravedad de los incumplimientos, fijar el monto del recargo y gestionar el pago de la cantidad resultante.

Normativa reglamentaria y/o complementaria:

 

Ley N° 18694

Ley N° 18695

Res. SRT N° 25/1997

Res. SRT Nº 519/2002

Res. SRT Nº 759/2003

ARTICULO 4º. – Obligaciones de las partes

1. Los empleadores y los trabajadores comprendidos en el ámbito de la LRT, así como las ART están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo.

A tal fin y sin perjuicio de otras actuaciones establecidas legalmente, dichas partes deberán asumir compromisos concretos de cumplir con las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo. Estos compromisos podrán adoptarse en forma unilateral, formar parte de la negociación colectiva, o incluirse dentro del contrato entre la ART y el empleador.

2. Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo deberán establecer exclusivamente para cada una de las empresas o establecimientos considerados críticos, de conformidad a lo que determine la autoridad de aplicación, un plan de acción que contemple el cumplimiento de las siguientes medidas:

a) La evaluación periódica de los riesgos existentes y su evolución;
b) Visitas periódicas de control de cumplimiento de las normas de prevención de riesgos del trabajo y del plan de acción elaborado en cumplimiento de este artículo;
c) Definición de las medidas correctivas que deberán ejecutar las empresas para reducir los riesgos identificados y la siniestralidad registrada;
d) Una propuesta de capacitación para el empleador y los trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo.

Las ART y los empleadores estarán obligados a informar a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo o a las Administraciones de Trabajo provinciales, según corresponda, la formulación y el desarrollo del plan de acción establecido en el presente artículo, conforme lo disponga la reglamentación.

3. A los efectos de la determinación del concepto de empresa crítica, la autoridad de aplicación deberá considerar especialmente, entre otros parámetros, el grado de cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad en el trabajo, así como el índice de siniestralidad de la empresa.

4. La ART controlará la ejecución del plan de acción y estará obligada a denunciar los incumplimientos a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

5. Las discrepancias acerca de la ejecución del plan de acción serán resueltas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.”

Normativa reglamentaria y/o complementaria:

Ley N° 19587
Dec. N° 351/1979
Dec. N° 170/1996
Dec. N° 708/1996   
Dec. N° 590/1997
Res. SRT N° 2/1996  
Res. SRT N° 38/1996  
Res. SRT N° 42/1996
Res. Conj. SRT N° 65/1996 y SSN N° 24.573
Res. SRT N° 79/1996
Dec. N° 1338/1996
Res. SRT N° 231/1996
Res. SRT N° 239/1996
Res. SRT N° 240/1996
Res. SRT N° 16/1997
Res. SRT N° 23/1997
Res. Conj. SRT N° 31/1997 y SSN N° 25.178
Res. SRT N° 32/1997
Res. SRT N° 43/1997
Res. SRT N° 51/1997
Dec. N° 617/1997
Res. SRT N° 70/1997
Res. SRT N° 79/1997
Res. SRT N° 28/1998
Res. SRT N° 29/1998
Res. SRT N° 35/1998
Res. SRT N° 54/1998
Res. SRT N° 60/1998
Res. SRT N° 77/1998
Res. SRT N° 222/1998
Res. SRT N° 47/1999
Res. SRT N° 48/1999
Res. SRT N° 49/1999
Res. SRT N° 319/1999
Res. SRT N° 320/1999
Res. SRT Nº 153/2000
Res. SRT Nº 387/2000
Res. SRT N° 700/2000
Dec. N° 1278/2000
Res. SRT Nº 123/2001
Res. SRT N° 512/2001
Res. SRT N° 521/2001
Dec. Nº  410/2001
Res. SRT Nº 39/2002
Res. SRT Nº 62/2002
Res. SRT Nº 92/2002
Res. SRT N° 105/2002
Res. SRT Nº 283/2002
Res. SRT Nº 310/2002
Res. SRT Nº 315/2002
Res. SRT Nº 415/2002
Res. SRT N° 489/2002
Res. SRT Nº 502/2002  
Res. SRT N° 216/2003  
Res. SRT Nº 230/2003  
Res. SRT Nº 307/2003
Res. SRT Nº 310/2003
Res. SRT Nº 311/2003
Res. SRT Nº 490/2003
Res. SRT Nº 497/2003
Res. SRT Nº 743/2003
Res. SRT Nº 869/2003
Res. SSN N° 29323/2003
Res. SRT N° 326/2004
Res. SRT Nº 401/2004 
Res. SRT Nº 592/2004   
Res. SRT Nº 693/2004
Res. SRT Nº 1139/2004
Res. SRT Nº 1141/2004
Res. SRT N° 1300/2004
Res. SRT Nº 1721/2004

Res. SRT Nº 1/2005
Res. SRT Nº 103/2005
Res. SRT Nº 445/2005
Res. SRT Nº 627/2005
Res. SRT Nº 840/2005
Res. SRT Nº 1270/2005
Res. SRT Nº 1392/2005
Res. SRT Nº 1579/2005
Res. SRT N° 89/2006  
Res. SRT N° 97/2006
Res. SRT N° 441/2006   
Res. SRT N° 446/2006  
Res. SRT N° 1343/2006   
Res. SRT N° 51/2007  
Res. SRT N° 130/2007  
Res. SRT N° 316/2007   
Res. SRT N° 523/2007  
Res. SRT N° 1601/2007   
Res. SRT N° 1604/2007    
Res. SRT N° 1629/2007  
Res. SRT N° 1904/2007   

ARTICULO 3º. – Seguro obligatorio y autoseguro.

1. Esta LRT rige para todos aquellos que contraten a trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación.

2. Los empleadores podrán autoasegurar los riesgos del trabajo definidos en esta ley, siempre y cuando acrediten con la periodicidad que fije la reglamentación:

a) Solvencia económico-financiera para afrontar las prestaciones de esta ley; y

b) Garanticen los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencia médica y las demás previstas en el artículo 20 de la presente ley.

3. Quienes no acrediten ambos extremos deberán asegurarse obligatoriamente en una “Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)” de su libre elección.

4. El Estado nacional, las provincias y sus municipios y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires podrán igualmente autoasegurarse.

Normativa reglamentaria y/o complementaria:

Ley Nº 18694   
Ley N° 25212 

Dec. N° 334/1996 
Dec. N° 585/1996
Dec. N° 772/1996
Dec. N° 2239/2002 
Res. SSN N° 24659/1996
Res. MTySS  N° 1029/1996
Res. SRT N° 75/1996 
MT N° 465/1996
Res. MTySS  N° 391/1997
Res. SRT N° 39/1997  
Res. SRT N° 31/1997
Res. Cjta. SSS N° 6/1999, Sec. Trab. N° 20/1999 y AFIP N° 1/1999
Res. SRT N° 426/2002
Res. SRT N° 513/2002
Res. SRT N° 103/2003
Res. SRT N° 212/2003  
Res. SRT N° 216/2003
Res. SRT N° 1300/2004   
Res. SRT N° 824/2005
Res. SRT N° 2285/2005
Res. SRT N° 1215/2006

ARTICULO 2º. – Ámbito de aplicación.

1. Están obligatoriamente incluidos en el ámbito de la LRT:
a) Los funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipios y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
b) Los trabajadores en relación de dependencia del sector privado;
c) Las personas obligadas a prestar un servicio de carga pública.

2. El Poder Ejecutivo nacional podrá incluir en el ámbito de la LRT a:
a) Los trabajadores domésticos;
b) Los trabajadores autónomos;
c) Los trabajadores vinculados por relaciones no laborales; y
d) Los bomberos voluntarios.

 

 

Normativa reglamentaria y/o complementaria:

 

Ley N° 25013 (art. 2)
Ley N° 25165
Ley N° 25239 (Títilo XVIII)
Dec.N° 326/1956
Dec.N° 7979/1956
Dec.N° 340/1992

Dec. N° 491/1997

Dec. N° 1250/1998

Res. SRT N° 77/1998
Dec.N° 1227/2001
Res. Cjta. AFIP N° 1208/2002 e Inst.Nac. de Seg. N° 1/2002
Res. Secretaría de Empleo N° 35/2003
Res. Secretaría de Empleo N° 54/2003
Res. MTEy SS N° 1306/2007
Res. MTEy SS N° 1355/2007

ARTICULO 1º. – Normativa aplicable y objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo

(LRT).1. La Prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo se regirán por esta LRT y sus normas reglamentarias.2. Son objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT):

a) Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo;
b) Reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado;
c) Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados;
d) Promover la negociación colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.

Normativa reglamentaria y/o complementaria:

 

Res. SRT N° 700/2000
Res. SRT Nº 552/2001

Res. SRT Nº 415/2002

Res. SRT Nº 489/2002

Res. SRT Nº 307/2003

Res. SRT Nº 310/2003

Res. SRT Nº 743/2003

Res. SRT Nº 326/2004
Res. SRT Nº 401/2004
Res. SRT Nº 1139/2004
Res. SRT Nº 103/2005

Res. SRT Nº 1/2005
Res. SRT Nº 1270/2005
Res. SRT Nº 1579/2005
Res. SRT Nº 244/2006

Res. SRT Nº 730/2006
Disp. SRT Nº 2/2006
Res. Cjta. AFIP Nº 2097/2006 y MTEySS Nº 716/2006
Res. SRT Nº 523/2007
Res. SRT Nº 583/2007
Res. SRT Nº 1629/2007
Res. SRT Nº 1904/2007

TITULOS DESTACADOS    

 

“El uruguayo” fue el que contrató el viaje de Echegaray a Río

El titular de la AFIP dijo que lo había hecho su esposa. Pero un informe de Canal 13 reveló que fue el empresario ligado a la Aduana el encargado de reservar el hotel y los traslados. También descubrió que participó del viaje otro hombre de negocios del mundo aduanero. (Clarín)

 

Cristina fortaleció a Kicillof para cerrar las internas

Tras la polémica, la Presidenta mantuvo una serie de reuniones con sus ministros; Capitanich admitió que el titular de Economía es el portador de la palabra oficial (La Nación)

 

Cristina pidió que se importen tomates de Brasil

La medida podría extenderse a otros productos frescos. Fuerte rechazo de productores. (Clarín)

 

Capitanich se queja de que los ministros no le dan datos

El jefe de Gabinete admite que no cuenta con la información completa sobre algunos anuncios. La Presidenta le pidió que baje un poco el perfil. El chaqueño tuvo cruces con Berni, De Vido y Kicillof. (Clarín)

 

Para la AFA, el cable debe pagar por el fútbol

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) pretende que el Gobierno nacional les cobre a los cableoperadores $ 10 por cada cliente para permitirles incluir el Fútbol para Todos en sus grillas. Si la iniciativa prospera, esas empresas trasladarían el costo al abono. (La Nación)

 

La Fragata navegará otra vez, pero menos

Partirá el 1° de febrero rumbo al puerto brasileño de Itajaí, primera etapa de un itinerario más acotado. Visitará “países amigos” y no saldrá del continente, para no exponerse a escándalos, como el embargo judicial trabado por fondos buitre en Ghana, en octubre de 2012, y por el cual la Fragata permaneció varada durante 77 días, hasta que fue liberada por un fallo del Tribunal Internacional del Mar. (La Nación)                                                                                                            

                                                                            

NOTAS SECTORIALES                                                                                                                 

El Gobierno intervino para frenar la escalada del dólar paralelo, que bajó a $ 10,77

La cotización de venta del dólar paralelo retrocedió ayer 1,5%, al caer de $ 10,93 a 10,77; se interrumpió así una carrera alcista que no había mostrado pausas en 10 jornadas de negocios (y se había acelerado en los últimos días, con saltos superiores al 3% diario en su precio), al cabo de una jornada en la que el Gobierno recurrió a “viejos” métodos para tratar de enfriar el mercado. (La Nación – Pág. 11/Sección: Economía; El Cronista – Pág. 1/Finanzas & Mercados)

 

“El mercado blue es un mercado marginal”, aseguró Capitanich

El jefe de Gabinete de Ministros, Jorge Capitanich, explicó que el aumento que sufrió el martes el dólar ilegal hasta alcanzar los $ 10,95 corresponde a un mercado “ilegal” y “marginal” y que “no puede ser tomado como variable indicativa del resto de las variables macroeconómicas”.  Sin embargo, ayer el mercado ilegal sufrió una caída significativa de 15 centavo y mostró la volatitilidad que lo caracteriza. (Tiempo Argentino – Pág. 14)                                                                                                               

Sin ayuda de las cerealeras, el BCRA pierde u$s 70 M por día

Aferrado a la expectativa de la liquidación que le habían prometido a mitad de diciembre, por un total de u$s 1.500 millones en pequeñas cuotas, el Banco Central sufre ahora el desamparo de las cerealeras y empieza a ser víctima de una inesperada caída de reservas en el inicio de 2014. (Ambito Financiero – Pág. 3)

 

Debería subir a $ 600 la asignación por hijo para compensar la inflación

Se estima que el monto actual del beneficio de $ 460 por chico debería aumentar un 30% -lo que implicaría llevarlo a 600 pesos- para recuperar el poder de compra que tuvo cuando se lanzó la AUH a fines de 2009. Y luego debería ser actualizado en forma más periódica por la aceleración inflacionaria. (Clarín – Pág. 13)

 

El gobierno anunció que importará alimentos para controlar los precios

Capitanich anticipó que importarán productos para garantizar el acuerdo de precios y puso como ejemplo al tomate, pero comerciantes advierten que en Brasil también lo compran en Argentina (El Cronista – Pág. 2; Tiempo Argentino – Pág. 6; Buenos Aires Económico – Pág. 17/Sección: Argentina; Clarín – Pág. 8)

 

Inquieta a la Casa Rosada y al gobierno de Scioli la posible quiebra de Codere

La multinacional española Codere empezó 2014 amenazada por la quiebra y la crisis tiene en alerta al mundo político de la provincia de Buenos Aires, donde la empresa lidera el negocio de los juegos de azar. Tiene deudas que no puede pagar por el cepo (La Nación – Pág. 13/Sección: Economía)                                                                                                               

Más ventas y más crecimiento

El Banco Central trazó sus proyecciones para 2014: prevé mayores ventas al exterior, una expansión económica del 6,2 por ciento y una recuperación internacional. También dice que seguirá con la política de flotación administrada. (Página/12 – Pág. 4)

 

Elevan piso de impuesto interno para motos y alcanzará a menos del 5% de las unidades

La norma fijó la exención del gravamen para operaciones con precio de venta, sin considerar impuestos, igual o inferior a $ 28 mil. Entre esa suma y $ 50 mil, la alícuota será de 30% y los montos superiores estarán gravados con una tasa de 50%. Hasta ahora, la exención tenía un piso de $22 mil y se fijaban alícuotas de 30% para valores que llegaran hasta $ 40 mil, y de 50% para sumas superiores. (Buenos Aires Económico – Pág. 15; Página/12 – Pág. 2)

 

Pese a las presiones internas, Echegaray negó que piense renunciar a su cargo

El jefe de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, aseguró ayer que no piensa renunciar a su cargo y les dijo a sus colaboradores que se prepara para mantener su gestión activa, frente a la presión del ministro Axel Kicillof, entre otros, para que renuncie. (La Nación – Pág. 7/Sección: Política)

 

Por la crisis eléctrica, la oposición apuntó a De vido y el PRO pidió su renuncia

El Frente UNEN anunció que le iniciará acciones penales. Tanto desde el PRO como desde el Frente UNEN alertaron sobre el “alarmante” escenario energético. Los macristas dicen que falta invertir u$s 800 millones en 4 años (El Cronista – Pág. 5)

 

Berni acusó a Macri de promover el diálogo “para afuera” pero luego trabarlo

El secretario de Seguridad de la Nación, Sergio Berni, señaló al jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, como el responsable de las dificultades para resolver el corte que interrumpió durante 8 días el tránsito en la autopista Illia y lo acusó de mantener un doble discurso. (Buenos Aires Económico – Pág. 18/Sección: Argentina; Tiempo Argentino – Pág. 4-5)

 

Cristina demora su vuelta a escena en busca de una medida de impacto político

La última vez que habló en público fue el pasado 10 de diciembre en la Rosada. Con la cancelación de su presencia en un acto de Desarrollo Social, la Presidenta se mantuvo recluida en la Quinta de Olivos. Recibió a Bossio, Galuccio y, por tercera vez en un día, a Kicillof (El Cronista – Pág. 7; Buenos Aires Económico – Pág. 18/Sección: Argentina; Ambito Financiero – Pág. 9)

 

Con más denuncias, Pino y Carrió presentaron la conducción de UNEN

Diez días después de que Hermes Binner recibiera a Ernesto Sanz, Margarita Stolbizer y otros dirigentes en Rosario, Elisa Carrió y Pino Solanas encabezaron ayer en territorio porteño una cumbre del espacio de UNEN: para diferenciarse la presentaron como una “reunión de trabajo” y anunciaron denuncias vinculadas a la crisis energética, los cortes de luz y la distribución arbitraria de los planes federales para viviendas. (Clarín – Pág. 17; Página/12 – Pág. 9; Tiempo Argentino – Pág. 12)                                                                                                                

Domínguez sueña con llevar la Capital al norte

Julián Domínguez reiteró su propuesta para trasladar la Capital Federal al norte del país. Ya había deslizado esa idea en noviembre del año pasado, en La Rioja, en un acto por el 150 aniversario de la muerte del general Ángel Vicente Peñaloza “El Chacho”, cuando opinó que “los países que crecieron no tienen su capital en el puerto, como las grandes potencias del mundo”  (Ambito Financiero – Pág. 11; Página/12 – Pág. 8)

 

EMPRESAS

 

Centro comercial con contenedores

La empresa Ecosan invertirá US$ 2,5 millones en el desarrollo de Quo Container Center, el primer centro comercial diseñado mediante el reacondicionamiento de 57 contenedores marítimos de 12 metros de largo, en la localidad de Ingeniero Maschwitz, en el km 44 de la ruta Panamericana. El proyecto incorpora, además de la recuperación de los contenedores, la utilización de techos verdes, paneles fotovoltaicos para iluminación de áreas comunes y el uso de artefactos de LED para generar menor consumo energético. (La Nación, Economía, Qué pasa)