Resolución MT Nro. 633 / 1998

Delégase en el citado organismo, todo lo atinente a la administración y gobierno del Fondo de Garantía creado por Ley N° 9688, a partir del 19 de Enero de 1999.  

Bs. As., 16/11/98

VISTO  el  Expediente  N°  001  -00073895-047/98  del  registro   del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:
Que  por el expediente referido en el Visto se tramita el traspaso de las  funciones del Fondo de Garantía creada por la Ley N° 9688, modificada por las Leyes Nros. 23.643 y 24.028.
Que de acuerdo a lo establecido por el  artículo  14  de  la  ley  N° 24.028, la administración del fondo de Garantía se encuentra a  cargo  del MINISTERIO DE TRABAJO y SEGURIDAD SOCIAL.
Que  mediante  las  Resoluciones de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nros. 49 y 50, ambas de fecha 19 de agosto de 1998, fueron transferidas  a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO las funciones vinculadas  a  la representación del citado Fondo de Garantía.
Que  las  mismas  razones  invocadas  en  oportunidad de transferirse dichas funciones a la SUPERINTENDENCIA  DE  RIESGOS  DEL  TRABAJO,  tienen suficiente  entidad  para  considerar  el  traspaso de la totalidad de las funciones relacionadas con la administración del mismo Fondo de Garantía.
Que procedería modificar antes del 30 de octubre  del  corriente  año las propuestas de modificaciones presupuestarias entre  la  ADMINISTRACION CENTRAL  y  la  SUPERINTENDENCIA  DE  RIESGOS  DEL  TRABAJO,  AMBAS  DE LA JURISDICCION  75 -MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, con referencia al Proyecto de Presupuesto para el ejercicio 1999 elevado oportunamente  a la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda.
Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO es un organismo creado por la  Ley  N°  24.557  corno  entidad  autárquica  en  jurisdicción  del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, por lo que procede la delegación de  funciones  conforme  a  lo  dispuesto  en  el artículo 14 de la Ley N° 22.520.
Que  ha  intervenido  la  Dirección  General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

Artículo  1º  – Delegar en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO todo lo atinente a la administración y  gobierno  del  Fondo  de  Garantía creado por la Ley N° 9688, modificada por la Ley N° 23.643 y por la Ley N° 24.028.

Art.  2º  –  Lo dispuesto en el artículo precedente tendrá vigencia a partir del 1º de Enero de 1999.

Art. 3º – Procédase antes del 30  de  octubre  del  corriente  año  a modificar el Proyecto de Presupuesto para  el  ejercicio  1999,  entre  la ADMINISTRACION CENTRAL y la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO de  la JURISDICCION 75 – MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art.  4º  – Autorizar a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL para dictar las  disposiciones  complementarias  a  efectos  de  dar cumplimiento a la delegación dispuesta en el artículo anterior.

Art. 5º – Por la Subsecretaria de Administración de este  Ministerio, se  llevarán  cabo  las  gestiones  y  trámites  que permitan facilitar el proceso de transición entre los Organismos citados en la presente.

Art. 6º – Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección  Nacional  del Registro Oficial para su publicación y archívese.
– Antonio E. González.