Resolución MTEYSS Nro. 207/2021

Designación de miembros del Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 207/2021

RESOL-2021-207-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2021

VISTO el Expediente EX-2021-12259208-APN-DGD#MT, la Ley N°. 24.557 y sus respectivas normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, el Decreto Nº 590 del 30 de junio de 1997 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 115 de fecha 9 de marzo de 2021, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 115 de fecha 9 de marzo de 2021, se dispuso la convocatoria del COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (CCP), creado por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557 y presidido por el MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a los efectos de constituirse como COMITÉ DE SEGUIMIENTO del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (FFEP) de conformidad con lo previsto en el artículo 8º del Decreto Nº 590 de fecha 30 de junio de 1997.

Que en tal sentido, se estableció que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) presentará al Comité de Seguimiento, un informe trimestral de evolución de la aplicación de los recursos del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES con el objeto de monitorear el adecuado cumplimiento de los objetivos de este último.

Que asimismo, se dispuso que oportunamente debían designarse los representantes de los tres estamentos que integrarán el Comité a los fines de dicha convocatoria.

Que en efecto, el Comité está conformado por CUATRO (4) representantes del Gobierno, CUATRO (4) representantes de la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO y CUATRO (4) representantes de las organizaciones de empleadores, DOS (2) de los cuales serán designados por el sector de la pequeña y mediana empresa, conforme lo dispuesto en el mencionado artículo 40 de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias.

Que por tal motivo, resulta pertinente completar la designación de los miembros titulares y alternos que integrarán el Comité por el Gobierno y por los sectores trabajadores y empleadores; como así también fijar el ORDEN DEL DÍA.

Que en ese orden y con específicamente con relación al Comité de Seguimiento previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 115/2021 – MTEySS, corresponde asimismo invitar a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION en su carácter de autoridad de aplicación de los aspectos relativos a la administración de los recursos del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES, conferido por el artículo 7° del Decreto N° 590/1997.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557 sus modificatorias y complementarias y lo dispuesto en el art. 8º del Decreto Nº Nº 590 del 30 de junio de 1997.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase en representación del GOBIERNO NACIONAL, como miembros titulares del COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE, a los señores Secretario de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Luis Guillermo BULIT GOÑI (DNI N° 11.451.766), Superintendente de Riesgos del Trabajo, Enrique Alberto COSSIO (DNI N° 13.735.831), Gerente General de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Marcelo Néstor DOMINGUEZ (DNI N° 16.130.626) y Gerente de Control Prestacional de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Marcelo Ángel CAINZOS (DNI N° 20.410.134).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase en representación del GOBIERNO NACIONAL, como miembros alternos del COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE, al Director de Coordinación de Regímenes de Seguridad Social de la Secretaría de Seguridad Social, Dr. Eduardo LEPORE (DNI N° 25.276.664) por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a la Subgerente de Control de Entidades de la Gerencia de Control Prestacional, Lic. Julieta BRAVO (DNI N° 30.642.12) por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

ARTÍCULO 3°.- Invítase a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION en su carácter de autoridad de aplicación de los aspectos relativos a la administración de los recursos del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES, conferido por el artículo 7° del Decreto 590/1997, a participar de las reuniones del Comité de Seguimiento previsto en el artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 115/2021.

ARTÍCULO 4°.- Solicítase a la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO de la REPÚBLICA ARGENTINA la designación de CUATRO (4) representantes titulares y CUATRO (4) alternos para integrar en su representación el COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE convocado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 115/2021.

ARTÍCULO 5°.- Solicitar a las organizaciones empresariales más representativas la designación de CUATRO (4) representantes titulares, de los cuales DOS (2) serán del sector PYMES y CUATRO (4) alternos, de los cuales DOS (2) serán también del aludido sector, para integrar el COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE convocado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 115/2021.

ARTÍCULO 6°.- Invítase a la CENTRAL DE TRABAJADORES DE LA ARGENTINA (C.T.A.) a participar del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE.

ARTÍCULO 7°.- Desígnase a Luis J. C. LEFEVRE (DNI 10.520.311) en el cargo de Secretario Técnico del COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO.

ARTÍCULO 8°.- Desígnase a Sol M. PÉREZ LOZANO Y ROSÓN (DNI 25.896.156) en el cargo de Secretaria Técnica Alterna del COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO.

ARTÍCULO 9°.- Hácese saber que la Secretaría Técnica del Comité fijará y notificará el día y el horario en que se llevarán a cabo las reuniones y el lugar o la plataforma de videoconferencia que se utilizará al efecto.

ARTÍCULO 10.- Establecer, para la primera sesión ordinaria, el siguiente ORDEN DEL DÍA:

1. Constitución del COMITÉ DE SEGUIMIENTO del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (FFEP).

2. Informe trimestral sobre la evolución y aplicación de los recursos del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES en cumplimiento de lo establecido por el artículo 8º del Decreto Nº Nº 590 del 30 de junio de 1997.

ARTÍCULO 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGÍSTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 27/04/2021 N° 26673/21 v. 27/04/2021

Fecha de publicación 27/04/2021