Bs. As., 19/3/2013
VISTO el Expediente Nº 59.070/11 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, los Decretos Nros. 491 de fecha 4 de junio de 1997, 75 de fecha 25 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la promoción de la Cultura de la Prevención se enlaza directamente con el cumplimiento de uno de los objetivos de la Ley de Riesgos del Trabajo y con la misión de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), conforme lo establece el artículo 1° de la Ley Nº 24.557.
Que a fin de desarrollar instrumentos que contribuyan a implementar acciones basadas en el concepto de trabajo decente y de la prevención de los riesgos del trabajo, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.), a través de esta S.R.T., elaboró la “LA ESTRATEGIA ARGENTINA DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 2011-2015”.
Que mediante el Decreto Nº 75 de fecha 25 de enero de 2011, se declaró al año 2011 como “Año del Trabajo Decente, la Salud y la Seguridad de los trabajadores”.
Que en este contexto, el M.T.E. y S.S. y la S.R.T. priorizaron la promoción de actividades en el cumplimiento de ese objetivo.
Que el diseño e implementación de políticas que vinculen las nociones de Trabajo Decente, Salud y Seguridad de los trabajadores con los valores que se transmiten en los ámbitos educativos contribuye a la consolidación y desarrollo de sociedades más justas, solidarias y equitativas mediante la incorporación de este modo de comprender el ambiente laboral.
Que siendo el ámbito educativo el espacio en el que se forman quienes serán los futuros ciudadanos y actores del mundo del trabajo, es allí donde se desarrolla el proceso de socialización secundaria y que las acciones dirigidas a este grupo etario trascienden el presente, resulta estratégica la participación activa del Estado en la promoción del Concepto de Trabajo Decente y en el afianzamiento de la cultura de la prevención de riesgos del trabajo para avanzar hacia la universalización de condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables.
Que esta S.R.T. junto al M.T.E. y S.S. y la ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.), lleva adelante en la Provincia de SAN JUAN, el proyecto “JORNADA PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” alineándose con la normativa y compromisos mencionados, con el fin de promover el concepto de Trabajo Decente y la cultura de la Prevención en Salud y Seguridad en el Trabajo en los jóvenes que asisten a las escuelas de enseñanza media de jurisdicción provincial, en todas sus modalidades.
Que en el marco de este proyecto se consideró propicio realizar el “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” a fin de estimular la reflexión, la concientización y la creatividad de la comunidad educativa en las temáticas de referencia y contribuir a la concreción de acciones orientadas a mejorar las condiciones de higiene y seguridad en los establecimientos educativos galardonados.
Que lo anterior se enmarca en un nuevo paradigma de vinculación del Estado con las esferas económica y social que se desarrolla en la República Argentina desde el año 2003.
Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad (D.P. y C.) indicó que los excedentes del Fondo de Garantía cuentan con recursos suficientes para afrontar el gasto propuesto en concepto de premios, por la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000).
Que en ese sentido, la afectación a los excedentes del Fondo de Garantía se realizará en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 33 de la Ley Nº 24.557 y del punto II del inciso a) del artículo 11 del Decreto Nº 491 de fecha 4 de junio de 1997.
Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T. ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la realización del “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” a realizarse en el marco del proyecto “JORNADA PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” que desarrollan conjuntamente la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E y S.S.), la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) y el Gobierno de la Provincia de SAN JUAN.
ARTICULO 2° — Apruébense las Bases y Condiciones para la realización del “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3° — Determínese como premio para los establecimientos educativos galardonados en el “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” la entrega de una suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000) como Primer Premio, PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) como Segundo Premio, PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) como Tercer Premio y PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) como Cuarto Premio.
ARTICULO 4° — Establécese que las sumas de dinero a entregar en concepto de premios se mantendrán en los montos mencionados en el artículo precedente, en tanto participen del concurso el SETENTA POR CIENTO (70%) de las escuelas medias de jurisdicción de la Provincia de SAN JUAN, en todas sus modalidades. Si no se alcanza el porcentaje indicado, los montos disminuirán en forma proporcional al porcentaje de participación de establecimientos educativos. La S.R.T. requerirá al Ministerio de Educación Provincial esa información QUINCE (15) días antes del cierre del concurso.
ARTICULO 5° — Aféctense los Excedentes del Fondo de Garantía de esta S.R.T. por la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000).
ARTICULO 6° — Dispónese que las sumas de dinero entregadas a los establecimientos educativos galardonados deberán ser destinadas a mejoras en las condiciones de higiene y seguridad de dichos establecimientos, a criterio de las autoridades o representantes legales.
ARTICULO 7° — Deléguese a la Unidad de Planificación Estratégica y de Gestión Interna (U.P.E.G.I.) la organización del “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”.
ARTICULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.
BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”.
1. Organismo Convocante
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
2. Participantes:
Pueden participar las Escuelas de Educación Secundaria en todas sus orientaciones/modalidades, de gestión estatal y privada, en jurisdicción de la Provincia de San Juan que hayan elaborado Proyectos, generado productos y celebrado con sus alumnos/as, pertenecientes a los últimos dos años, la “Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo”.
Cada establecimiento educativo presentará UN (1) Proyecto y su producto final. En caso de existir más de UN (1), la institución escolar enviará aquel que resultara elegido por su comunidad educativa en la Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo.
No pueden participar:
a. Escuelas de Educación Secundaria para Adultos.
Es responsabilidad de los participantes:
a. Presentar proyectos y productos de creación exclusiva.
b. La S.R.T. declina toda responsabilidad relacionada con eventuales reclamos de terceros acerca de la autoría de los proyectos y productos presentados en el concurso mencionado.
2. Proyectos:
a. Debe referirse a los conceptos de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo.
b. Puede vincularse con el Proyecto Institucional de cada escuela o con las necesidades detectadas en esa comunidad educativa en particular.
c. Puede proponer el trabajo con alumnos/as de una o varias divisiones y docentes de una o varias asignaturas.
d. Debe prever la generación de un producto final.
e. Debe presentar conformidad con la ficha que figura en el Anexo II.
3. Producto Final:
a. Debe ser pertinente a la temática.
b. Debe ser concreto, visible y mostrable.
c. Debe trascender la propia comunidad educativa.
4. Plazos:
Marzo 2013: Lanzamiento del Concurso.
Abril 2013:
1° semana: Remitir las fichas completas de los Proyectos según Anexo II. Cada escuela deberá enviar al Ministerio de Educación (Secretaría de Educación) tantas fichas como proyectos se encuentre desarrollando, por correo electrónico (secretariadeeducacion@sanjuan.edu.ar) y en formato papel en un sobre cerrado en el que figurarán los datos del establecimiento educativo y responsables, a Avenida Libertador General San Martín Nº 750, 2° piso, Ciudad de San Juan. A través de este envío la escuela se compromete al desarrollo de estos proyectos, de los cuales, sólo uno por escuela podrá participar del concurso. La elección del proyecto y producto que va a representarla será decisión de cada escuela y la misma se llevará a cabo durante la Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo que se realizará en el transcurso de la segunda semana de abril de 2013.
3° Semana: Informar y remitir el Proyecto y Producto Final que va a representar a cada escuela en formato papel en un sobre cerrado en el que figurarán los datos del establecimiento educativo y responsables a Avenida Libertador General San Martín Nº 750, 2° piso, Ciudad de San Juan. Plazo máximo: dos (2) días hábiles luego de la realización de la Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo. Este proyecto y producto final será el que resulte seleccionado por cada escuela durante la Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo en la segunda semana de abril de 2013.
4° semana: Exposición de los Proyectos de cada escuela, evaluación de los mismos y entrega de premios. Lugar a designar por las autoridades del Ministerio de Educación de la Provincia de SAN JUAN.
No se aceptarán fichas, proyectos y productos finales presentados fuera de los plazos señalados.
5. Evaluación:
Los productos finales serán evaluados en la instancia de exposición por una Comisión Evaluadora. La exposición de los productos y proyectos finales se realizará simultáneamente, en los plazos señalados en el presente Anexo y en el lugar a designar por las autoridades del Ministerio de Educación de San Juan.
Los criterios de evaluación son:
a. Pertinencia con el tema y manifiesta el tratamiento de los conceptos de Trabajo Decente y Salud y Seguridad en el Trabajo.
b. Evidencia de un trabajo con sentido y relevancia para la comunidad educativa.
c. Expresión de una mirada crítica o sensible de los/as alumnos/as sobre el mundo del trabajo.
d. Trascendencia del espacio curricular generando nuevas situaciones para pensar y aprender.
e. Aporte a otros sectores de la comunidad.
6. Jurado:
Composición:
a. Estará presidido por la Profesora María Cristina Díaz (Ministra de Educación de la Provincia de SAN JUAN) y el Doctor Juan Horacio González Gaviola (Superintendente de Riesgos del Trabajo).
b. Estará integrado por DIEZ (10) miembros referentes en la materia, seleccionados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y el Ministerio de Educación de la provincia.
Tomará sus decisiones por mayoría simple. Las decisiones son inapelables.
Deberes y atribuciones del Jurado:
a. Estudiar, aceptar y respetar las bases del concurso.
b. Declarar fuera del concurso los proyectos y productos finales que no hayan respetado las condiciones de las bases.
c. Material sobre el material y la información del concurso.
d. Fundamentar los premios que se otorguen.
e. Labrar un acta en la que se deje constancia del resultado del concurso.
f. Resolver todo planteo que se presente en el ámbito del concurso. Lo resuelto será inapelable.
g. Comunicar por correo electrónico, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de realizada la exposición y evaluación de los proyectos y productos finales, los resultados del concurso a las escuelas participantes y, las indicaciones para la entrega de premios a las escuelas ganadoras.
7. Premios:
Se elegirán CUATRO (4) ganadores.
Los premios se entregarán según Resolución S.R.T. PESOS SETENTA MIL ($ 70.000) en el caso del Primer Premio, PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) en el caso del Segundo Premio, PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) en el caso del Tercer Premio y PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) en el caso del Cuarto Premio.
Ante proyectos/productos que no logren cumplir las Bases y Condiciones, podrán declararse desiertos todos o algunos de los premios previstos.
ANEXO II
INDICACIONES PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO (FICHA)
1. Descripción del proyecto
1.1. Nombre
1.2. Resumen (máximo 200 palabras)
1.3. Fundamentos de la elección del tema
1.4. Objetivo/s
1.5. Marco teórico conceptual
1.6. Metodología de trabajo: dinámica, materiales, recursos
1.7. Cronograma de actividades a desarrollar con los alumnos
1.8. Descripción del producto a generar
1.9. Trascendencia en el ámbito local y social.
1.10. Participan del proyecto
1.10.1. Docente/s:
1.10.2. Espacio/s curricular/es
1.10.3. Cursos
1.10.4. Alumnos – cantidad
2. Datos de la escuela
2.1. Nombre completo
2.2. Domicilio
2.3. Autoridades
2.4. Alumnos —cantidad—