Resolución SRT Nro. 1750 / 2009

Autorización para operar de ART Liderar SA  

Bs. As., 28/12/2009

VISTO el Expediente Nº 15.404/09 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 20.091 y Nº 24.557, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) Nº 34.424 de fecha 20 de octubre de 2009 y Nº 34.506 de fecha 18 de noviembre de 2009, las Resoluciones S.R.T. Nº 2 de fecha 14 de marzo de 1996 y Nº 66 de fecha 28 de mayo de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que la ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO LIDERAR S.A. (A.R.T. LIDERAR S.A.) ha formalizado su solicitud para funcionar como Aseguradora de Riesgos del Trabajo en el sistema instituido por la Ley Nº 24.557 y sus decretos reglamentarios.

 

 

Que, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) a través de la Resolución Nº 34.424 de fecha 20 de octubre de 2009, autorizó a operar en seguros de riesgos del trabajo a A.R.T. LIDERAR S.A., instruyendo a la requirente para que en forma previa al inicio de las operaciones cuente con la aprobación de esta S.R.T. y con el régimen de alícuotas autorizado por la citada S.S.N.

 

 

Que por Resolución S.S.N. Nº 34.506 de fecha 18 de noviembre de 2009 se autorizó el régimen de alícuotas presentado ante el citado Organismo por A.R.T. LIDERAR S.A.

 

 

Que corresponde la intervención de esta S.R.T. para conferir autorización en el ámbito de su competencia.

 

 

Que la Resolución S.R.T. Nº 2 de fechó 14 de marzo de 1996, estableció los requisitos técnicos para el otorgamiento de las prestaciones en especie y para la promoción y fiscalización de las normas de higiene y seguridad en el trabajo.

 

 

Que la Resolución S.R.T. Nº 66 de fecha 28 de mayo de 1996, determinó los requisitos a

 

cumplimentar por las Aseguradoras, ampliando las exigencias contempladas por la Resolución citada en el considerando anterior.

 

 

Que analizada la documentación por la Gerencia Médica (G.M.), la Gerencia de Prevención

 

(G.P.) y la Gerencia de Control de Entidades (G.C.E.) de esta S.R.T., las mismas se expidieron en forma satisfactoria, sin perjuicio de las posteriores acciones de fiscalización

 

que pudieren llevarse a cabo.

 

 

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado intervención en el orden de su competencia.

 

 

Que la presente Resolución se dicta de conformidad a las facultades que a esta S.R.T. otorga el apartado 1º del artículo 26 y el apartado 1º, inciso b) del artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

 

 

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE

DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

 

 

ARTICULO 1º — Autorízase a ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO LIDERAR S.A. (A.R.T. LIDERAR S.A.), a comenzar a operar dentro del sistema de la Ley Nº 24.557 y sus decretos reglamentarios.

 

 

ARTICULO 2º — Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial

 

para su publicación, remítase copia autenticada a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

 

 

e. 30/12/2009 Nº 127117/09 v. 30/12/2009