Resolución SRT Nro. 38 / 1999

Cesión de cartera de ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SA a BERKLEY INTERNATIONAL ART S.  

BUENOS AIRES, 12 DE FEBRERO DE 1999

VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 0631/98, las Resoluciones S.R.T. N° 037 de fecha 1º de abril de 1996, S.R.T. N° 140 de fecha 1º de julio de 1996, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) N° 26.208 de fecha 30 de septiembre de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A., a fs. 1, manifiesta haber celebrado un contrato con ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., por el cual ésta cede su cartera de contratos de la rama Riesgos del Trabajo a la primera, según contrato obrante a fs. 4/9.

Que la Subgerencia de Prevención a fs. 12 y la Médica a fs. 15, ambas de esta S.R.T., manifiestan que la cesionaria cuenta con la capacidad técnica suficiente para brindar las prestaciones exigidas por la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO (L.R.T.) Nº 24.557, a la totalidad de los beneficiarios incluidos en la cartera ampliada con los afiliados que incorpora.

Que la Subgerencia de Administración, de esta S.R.T., puesta en conocimiento de la cesión, a fs. 20 expresa que no existen en los temas de su competencia objeciones para la realización de la operación mencionada.

Que a fs. 22/23 consta la Resolución S.S.N. N° 26.208, aprobando la cesión de la cartera de “ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.” a “BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A.” y revocando la autorización de la primera para operar en el ramo Riesgos del Trabajo.

Que la Subgerencia de Operaciones, de esta S.R.T., a fs. 28 se expide en el sentido que la Aseguradora cedente ha realizado los depósitos correspondientes a la parte proporcional de las cuotas omitidas y se han resguardado los intereses de los asegurados, garantizando la continuidad de la cobertura normada por la Ley N° 24.557, al reconocer “BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A.” la totalidad de los empleadores y condiciones de los contratos que le cede “ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.”.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 26 de la Ley N° 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.– Autorízase la cesión de la cartera de “ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.” a “BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A.”, a partir del día 1º de enero de 1998.

ARTICULO 2°.– Déjese sin efecto la autorización para operar como ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO, a “ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.”, otorgada por las Resoluciones S.R.T. N° 037/96 y S.R.T. N° 140/96.

ARTICULO 3°.– Apruébase la transferencia de los afiliados inscriptos, al 1º de noviembre de 1997, en el “Registro de Contratos”, con “ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.” a “BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A.”

ARTICULO 4°.– Apruébase la baja en el “Registro de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo” de “ESPAÑA Y RIO DE LA PLATA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.”.

ARTICULO 5°.– Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese.

 

RESOLUCION S.R.T. Nº: 038/99

Dr. JORGE HECTOR LORENZO

A/C SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO