Resolución SRT Nro. 47 / 1996

Agilización del proceso de afiliación de los empleadores a las ART.  

BUENOS AIRES, 24 DE ABRIL DE 1996
VISTO: La Resolución S.R.T Nº 39 de fecha 3 de abril de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario implementar un mecanismo que permita agilizar el proceso de afiliación de los Empleadores a las Aseguradoras, con un sistema que no ocasione problemas de instrumentación, ni afecte la seguridad de las partes en el proceso de contratación.

Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º La solicitud de afiliación firmada por el empleador y que contenga las condiciones mínimas exigidas en el contrato de afiliación, podrá formar parte de este último, considerándosela como manifestación de conformidad del empleador con dicho contrato.

ARTICULO 2º La Aseguradora podrá dejar constancia en el contrato de afiliación que la nómina del personal obra en su poder, no siendo necesario, en ese caso, incluir dicha nómina en el contrato.

ARTICULO 3º El Registro de contratos de afiliación de la S.R.T. asentará la declaración jurada que deberá remitir la Aseguradora a la S.R.T. con copia en medio magnético y que contendrá los siguientes datos: código de Aseguradora ; razón social; domicilio; localidad;
Provincia (cod. DGI); datos correspondientes al C.U.I.T. y CIIU del empleador afiliado.; número del contrato; fecha del del contrato; cápita ($); cuota variable (%); bonificación; tiempo de vigencia del contrato; nivel de cumplimiento de normas de Higiene y Seguridad; planta total de empleados;y monto total de las remuneraciones.

ARTICULO 4º En oportunidad de celebrarse el contrato de afiliación el empleador y la aseguradora, podrán acordar la modificación de la C.I.I.U. declarada en el Formulario Nº 560 de la Dirección General Impositiva, respetando los criterios establecidos por dicha Dirección a los fines de la clasificación.

ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.

RESOLUCION S.R.T. Nº 047/96

DR. ROBERTO JOSE DOMINGUEZ
SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO