Resolución SRT Nro. 627/2005

Oficina de Homologación y Visado de Mendoza, Pcia. de Mendoza. Rectificación de su domicilio.  

BUENOS AIRES, 11 DE ABRIL DE 2005

VISTO el Expediente N° 1407/03 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, la Resolución S.R.T. Nº 445 de fecha 21 de marzo de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución S.R.T. Nº 445/05 se habilitó la apertura de OFICINAS DE HOMOLOGACIÓN Y VISADO en la ciudad de MENDOZA, Provincia homónima, a partir del día 22 de marzo de 2005, las cuales estarán adscriptas a la Comisión Médica Jurisdiccional Nº 4.

Que asimismo se dispuso que dichas oficinas, funcionarán en el local ubicado en la calle Pedro Molina Nº 546 de dicha ciudad, de lunes a viernes, de 8 a 18.

Que habiéndose constatado un error en el artículo 2° de la Resolución de marras, en cuanto a la dirección de las citadas oficinas, corresponde rectificar el texto de la misma, debiéndose declarar como correcta la dirección de Pedro Molina Nº 561, a fin de proceder a realizar el ajuste de la irregularidad detectada.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 36 inciso c) de la Ley Nº 24.557.

Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1°.– Rectifícar en su parte pertinente -dirección donde funcionarán las OFICINAS DE HOMOLOGACIÓN Y VISADO de la ciudad de MENDOZA- el artículo 2° de la Resolución S.R.T. Nº 445/05, consignándose que en donde dice: “…Pedro Molina 546…”, debe decir: “…Pedro Molina 561…”.

ARTICULO 2°.– Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

RESOLUCION S.R.T. N°: 627/05
DR. HECTOR OSCAR VERON
SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO