Bs. As., 13/12/2002
VISTO el Expediente N° 43.345 del Registro de esta Superintendencia de Seguros de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que con posterioridad al dictado de la Resolución N° 28906, que reemplazó el punto 39 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, se recibieron en este Organismo consultas por interpretaciones de diversos aspectos contenidos en el mismo;
Que, en consecuencia, se estima pertinente emitir un nuevo texto ordenado de la norma de referencia, con una redacción que incluya las consultas efectuadas sobre el particular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67º de la Ley Nº 20.091;
Por ello;
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Reemplazar el punto 39 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, por las disposiciones que se adjuntan a la presente como Anexo Nº 1 y sus complementarios.
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. – Claudio O. Moroni