Cicrular G.P. y C. Nro. 02/2005

BUENOS AIRES, 17 DE FEBRERO DE 2005

VISTO el Expediente N° 2442/04 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, el Decreto N° 1167 de fecha 01 de diciembre de 2003, la Resolución S.R.T. N° 310 de fecha 22 de mayo de 2003, la Resolución S.R.T. N° 660 de fecha 16 de octubre de 2003 –modificada por la Resolución S.R.T. N° 1140 de fecha 18 de octubre de 2004-, la Disposición G.G. N° 073 de fecha 06 de agosto de 2004, la Circular S.M. N° 06 de fecha 31 de marzo de 1999, y

CONSIDERANDO

Que mediante el dictado de la Disposición G.G. N° 073/04 se dejó sin efecto, entre otras, la Circular S.M. N° 06/99.

Que el Anexo III de la citada Circular S.M. N° 06/99 detalla un “Listado de Códigos de Agentes de Riesgo”, que es utilizado tanto por esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO como por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y Empleadores Autoasegurados, siendo este de gran utilidad operativa.

Que teniendo en cuenta la vigencia de la Resolución SRT N° 310/03 que en su Anexo I establece un “Listado de Agentes, Mezclas y Circunstancias de Exposición a Agentes Cancerígenos” con sus respectivos números de código, que guardan relación con los del Anexo III de la Circular S.M. N° 06/99, como asimismo con el Decreto N° 1167/03 que incorpora al “Listado de Enfermedades Profesionales” a los agentes de riesgo Hantavirus y Trypanosoma Cruzi, se considera necesario disponer de un digesto que reúna de manera ordenada, códigos para los agentes de riesgo previstos en la legislación vigente.

Que la Subgerencia de Asuntos Legales se ha expedido en orden a su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución S.R.T. N° 660/03 –modificada por la resolución S.R.T. N° 1140/04-.

Por ello,
EL GERENTE DE PREVENCION Y CONTROL 
DISPONE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el “Listado de Códigos de Agentes de Riesgos” que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTICULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del 01 de marzo de 2005.

ARTICULO 3°.- Regístrese, notifíquese, y oportunamente archívese.

DISPOSICION G.P.yC. N°: 002/05
ING. RUBEN DELFINO
GERENTE DE PREVENCIÓN Y CONTROL

Descargar anexo