BUENOS AIRES, 20 DE AGOSTO DE 1999
VISTO la Ley sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) Nº 24557, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 136 de fecha 10 de setiembre de 1998, S.R.T. Nº 137 de fecha 11 de setiembre de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION como organismo de regulación y supervisión de la L.R.T..
Que por Resolución S.R.T. Nº 136/98 se aprobó la actual estructura orgánico funcional de esta S.R.T..
Que por Resolución S.R.T. Nº 137/98 se aprobó el actual ordenamiento de la apertura departamental y unidades operativas correspondientes a la estructura aprobada por Resolución S.R.T. Nº 136/98.
Que oportunamente y en base a lo dispuesto en la referida estructura organizativa, se reordenaron las funciones, misiones, procedimientos y actividades del Organismo.
Que la experiencia de trabajo cumplida en TRES (3) años de labor y el proceso de elaboración del plan estratégico han evidenciado la necesidad de revisar las responsabilidades y funciones de distintos agrupamientos orgánicos, a los efectos de posibilitar el desenvolvimiento armónico y eficiente de las acciones que realiza esta S.R.T..
Que resulta necesario que esta S.R.T. adecue su estructura orgánico funcional a las características propias de las etapas de desarrollo del sistema, así como a la dinámica del mismo.
Que ciertos regímenes previstos en la Ley han alcanzado las fechas de su entrada en vigencia, con lo que el nivel de actividad del Organismo ha registrado un crecimiento significativo.
Que acorde a la difusión del Sistema en al ámbito nacional, resulta imprescindible asegurar el desarrollo de acciones y programas dirigidos a fomentar la mejora permanente en las condiciones de medio ambiente, salud y seguridad laboral y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones exigidas en dicho ámbito.
Que las acciones de promoción institucional del Organismo, así como la implantación del control de otorgamiento a los trabajadores de las prestaciones reparadoras, el cumplimiento de las obligaciones impuestas a empleadores y la supervisión de la gestión de organismos jurisdiccionales de control, generan una demanda en continuo crecimiento, al conocerse y comprobarse las bondades del Sistema.
Que atento a la intervención del Organismo en una mayor cantidad y diversidad de ámbitos y situaciones laborales, resulta necesario reforzar las áreas que intervienen en la evaluación, desarrollo y aplicación de instrumentos jurídicos y técnicos tendientes a optimizar el Sistema, mediante la formulación de normas y disposiciones técnico jurídicas, en materia de higiene, seguridad y condiciones ambientales del trabajo.
Que para atender la demanda creciente de servicios, y asegurar el logro de los objetivos, resulta adecuado modificar la estructura vigente.
Que conforme lo manifestado oportunamente por la Dirección Nacional de Organización de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su Informe Nº 171/98, esta S.R.T. encuentra entre sus facultades, plena autonomía para determinar su estructura organizativa.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 36, apartado 1., inciso e) de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.– Apruébase la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION, de acuerdo con el organigrama que figura en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTICULO 2º.– Apruébase los Objetivos, Responsabilidades Primarias y Acciones indicados en el ANEXO II que se agrega a la presente.
ARTICULO 3º.– Apruébase el ordenamiento de la apertura de planta de áreas gerenciales, departamentales y unidades operativas correspondientes a la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION que se aprueba en artículo 1º, conforme al ANEXO III, que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 4º.– La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 1º de enero del año 2000.
ARTICULO 5º.– Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese.
RESOLUCION S.R.T. Nº: 286/99
Dr. JORGE HECTOR LORENZO
A/C SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO